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Constitutional review ruling (C)April 27, 2023Full bench

C-127 de 2023

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Juan Carlos Cortés González

✓Claimant Castiblanco Díaz Jesús Alberto·Respondent Ley 1801 De 2016

✓
Topic · hard data
Dosis Personal De Sustancias Psicoactivas. Prohibición De Porte De Estas Sustancias En El Perímetro De Centros Educativos, Parques, Centros Deportivos Y Zonas Históricas Del Espacio Público O Las Declaradas De Interés Cultural. Multa General Y Destrucción Del Bien Como Medidas Correctivas A Imponer A Quien Incurra En Esta Prohibición.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Cosa Juzgada Constitucional
  • Función negativa y positiva
  • Requisitos para su configuración
  • Inexistencia
Poder De Policia
  • Alcance
  • Naturaleza
  • Regulación territorial
Porte Y Consumo De Dosis Minima De Estupefacientes
  • Jurisprudencia de la Corte Constitucional
Principio Pro Infans
  • Aplicación y alcance
Restriccciones Al Consumo De Sustancias Psicoactivas
  • Facultad de las autoridades territoriales
Integracion De Unidad Normativa
  • Configuración
  • Procedencia excepcional
  • Eventos en que procede
Niños Y Niñas Como Sujetos De Especial Proteccion E Interes Superior Del Menor
  • Protección y prevalencia de sus derechos sobre los derechos de los demás
Consumo De Sustancias Psicoactivas, Incluida La Dosis Personal, En Parques Y Determinadas Zonas Del Espacio Público
  • Prohibición busca proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes
  • Regulación por autoridades territoriales
Control Constitucional
  • Admisión a la luz de normas no invocadas en la demanda si se advierte vicio evidente de inconstitucionalidad
Libre Desarrollo De La Personalidad
  • Restricciones y limitaciones
Prohibicion Amplia Y General
  • Juicio estricto de constitucionalidad
Porte De Sustancias Psicoactivas
  • Prohibición no aplica cuando se trata del porte con fines de consumo propio o de dosis medicada
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Improcedencia de pronunciamiento sobre nuevo cargo presentado por interviniente
26 topics · 35 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Demanda de inconstitucionalidad en contra de los numerales 13 y 14 (parciales) y los numerales 13 y 14 del parágrafo 2° del artículo 140 de la Ley 1801 de 2016 (Por la cual se expide el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana), adicionados por el artículo 3º de la Ley 2000 de 2019 (Por medio de la cual se modifica el Código Nacional de Policía y Convivencia y el Código de la Infancia y la Adolescencia en materia de consumo, porte y distribución de sustancias psicoactivas en lugares con presencia de menores de edad y se dictan otras disposiciones).

En dos demandas formuladas de manera independiente se alegó, en términos generales, que las disposiciones cuestionadas incurrieron en el presunto desconocimiento de los principios de dignidad humana y libre desarrollo de la personalidad, así como del derecho a la salud.

Esto, porque restringen y limitan el consumo y el porte de sustancias psicoactivas, inclusive la dosis personal, en parques, y áreas o zonas del espacio público tales como zonas históricas o declaradas de interés cultural u otras establecidas por motivos de interés público; y sancionan dicha conducta con multa y destrucción del bien.

La Corte mantuvo la restricción del consumo de sustancias psicoactivas, incluso la dosis mínima, en parques y en espacios públicos, para proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes, y conforme a la regulación que expidan las autoridades locales competentes.

También consideró constitucional dicha restricción, en los mencionados lugares, siempre y cuando no esté relacionado con el consumo propio o la dosis medicada.

Con base en lo anterior se decidió, en relación con el artículo 140-13 y 140-14 de la Ley 1801 de 2016, declarar: 1) la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA de la expresión “portar”, en el entendido de que esta restricción no se aplica cuando se trata del porte con fines de consumo propio o de dosis medicada.

Adicionalmente, frente al artículo 140-13 dispuso declarar 2).

La EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA de las expresiones “consumir”, “sustancias psicoactivas, inclusive la dosis personal”, “y en parques” en el entendido de que la restricción aplica, además, en garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, y conforme a la regulación que expidan las autoridades que ejercen poder de policía en todos los niveles, en el ámbito de sus competencias, con base en los principios pro infans, de proporcionalidad, razonabilidad y autonomía territorial, en los términos de la presente providencia.

Frente al artículo 140-14 resolvió, 4).

Declarar EXEQUIBLE CONDICIONADO las expresiones “consumir”, “sustancias psicoactivas, incluso la dosis personal”, “en áreas o zonas del espacio público, tales como zonas históricas o declaradas de interés cultural, u otras establecidas por motivos de interés público, que sean definidas por el alcalde del municipio.

La delimitación de estas áreas o zonas debe obedecer a principios de razonabilidad y proporcionalidad”, en el mismo entendido de la disposición anterior.

Los numerales 13 y 14 del parágrafo 2º del artículo 140 ibidem se declararon EXEQUIBLES.

Así mismo, ordenó al Gobierno Nacional que, si no lo ha hecho, dentro de los 3 meses contados a partir de la notificación de esta decisión, expida un protocolo de aplicación de las normas estudiadas que garantice los derechos fundamentales.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

Holdings on Ley 1801/16. Hard data, verified against the operative part — citable.

Art. 140Ley 1801/16 «Numeral 13 la expresión “portar” en el entendido de que esta restricción no se aplica cuando se trata del porte con fines de consumo propio o de dosis medicada. Adicionalmente, DECLARAR EXEQUIBLES las expresiones “ consumir ”, “ sustancias psicoactivas , inclusive la dosis personal” , “ y en parques ” en el entendido de que la restricción aplica, además, en garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, y conforme a la regulación que expidan las autoridades que ejercen poder de policía en todos los niveles, en el ámbito de sus competencias, con base en los principios pro infans , de proporcionalidad, razonabilidad y autonomía territorial»UPHELD
2 holdings · source: operative part of the ruling
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. PRIMERO. En relación con el artículo 140.13 de la Ley 1801 de 2016, DECLARAR EXEQUIBLE la expresión "portar" en el entendido de que esta restricción no se aplica cuando se trata del porte con fines de consumo propio o de dosis medicada. Adicionalmente, DECLARAR EXEQUIBLES las expresiones "consumir", "sustancias psicoactivas, inclusive la dosis personal", "y en parques" en el entendido de que la restricción aplica, además, en garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, y conforme a la regulación que expidan las autoridades que ejercen poder de policía en todos los niveles, en el ámbito de sus competencias, con base en los principios pro infans, de proporcionalidad, razonabilidad y autonomía territorial, en los términos de la presente providencia.
  2. SEGUNDO. En relación con el artículo 140.14 de la Ley 1801 de 2016, DECLARAR EXEQUIBLE la expresión "portar" en el entendido de que esta restricción no se aplica cuando se trata del porte con fines de consumo propio o de dosis medicada. Adicionalmente, DECLARAR EXEQUIBLES las expresiones "consumir", "sustancias psicoactivas, incluso la dosis personal", "en áreas o zonas del espacio público, tales como zonas históricas o declaradas de interés cultural, u otras establecidas por motivos de interés público, que sean definidas por el alcalde del municipio. La delimitación de estas áreas o zonas debe obedecer a principios de razonabilidad y proporcionalidad", en el entendido de que la restricción aplica, además, en garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, y conforme a la regulación que expidan las autoridades que ejercen poder de policía en todos los niveles, en el ámbito de sus competencias, con base en los principios pro infans, de proporcionalidad, razonabilidad y autonomía territorial, en los términos de la presente providencia.
  3. TERCERO. DECLARAR EXEQUIBLES los numerales 13 y 14 del parágrafo 2º del artículo 140 de la Ley 1801 de 2016.
  4. CUARTO. ORDENAR al Gobierno nacional que, si no lo ha hecho, dentro de los 3 meses contados a partir de la notificación de esta decisión, expida un protocolo de aplicación de las normas estudiadas por la Corte. Aquel, deberá enfatizar en: i) la garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes; ii) el respeto por los derechos fundamentales de los consumidores; iii) la razonabilidad y la proporcionalidad de la actuación policiva para sancionar el porte y el consumo propio y con fines médicos de sustancias psicoactivas en los parques o zonas o áreas del espacio público determinadas por los concejos distritales y municipales en los planes o esquemas de ordenamiento territorial; iv) el respeto por la autonomía territorial y el autogobierno; v) la protección del carácter diverso y plural de la nación; y vi) la observancia del debido proceso, la aplicación de los procedimientos sancionatorios y la necesidad y carga de la prueba que siempre recae en el funcionario que impone la sanción. En cualquier caso, dicho documento estará orientado en que la actividad material de policía se gobierna por un absoluto principio de interdicción de la arbitrariedad.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available2
Partial dissentAntonio José Lizarazo OcampoConcurrenceJosé Fernando Reyes Cuartas
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 113cited by 7 →C-127/23C-1052/01 — Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De Demanda De Inconstitucionalidad Contra Norma De La Ley 617 De 2000 · cited 1,475 timesC-1052/012001C-093/01 — Adopcion. Edad · cited 414 timesC-093/012001T-510/03 — Derecho A Tener Una Familia E Intimidad De Menor De Edad Y Padres Biologicos Y Adoptantes. Interes Superior Del Menor. Proceso De Adopcion. · cited 333 timesT-510/032003C-634/11 — Fuerza Vinculante De La Jurisprudencia De La Corte Constitucional Para Las Autoridades Administrativas En El Ejercicio De Sus Competencias. · cited 263 timesC-634/112011C-309/97 — Dec. 1344/70. Art. 178. Obligatoriedad Del Uso De Cinturones De Seguridad Para Vehiculos De Todos Los Modelos. Exeq. E Inexeq. · cited 219 timesC-309/971997C-024/94 — Dec. 1355/70 Varios Arts. Dec. 522/71. Arts. 111 Y 118. Allanamientos Sin Orden Judicial. Exequibles E Inexequibles. · cited 212 timesC-024/941994C-579/01 — Municipio En Area Metropolitana. Condiciones Atendiendo Pertenencia · cited 191 timesC-579/012001C-539/99 — Dec. 2282/89. Art. 1 Nº 198 Parcial. Modificaciones Al C. De P.C. Condena En Costas. Exequible E Inexequible. · cited 188 timesC-539/991999T-004/24 — Derecho A La Educación Y Continuidad En La Formación Académica-Vulneración Del Debido Proceso En Actuación Disciplinaria. Carencia Actual De · cited 2 timesT-004/242024T-233/24 — Acción De Tutela Para Acceder Al Subsidio Del Programa Renta Ciudadana-Procedencia Del Amparo. Madre En Representación De Su Hijo Quien Cump · cited 2 timesT-233/242024C-187/24 — Revisión De Constitucionalidad De Ley Aprobatoria Del Convenio 156 Sobre La Igualdad De Oportunidades Y De Trato Entre Trabajadores Y Trabaj · cited 2 timesC-187/242024T-306/24 — Derechos A La Seguridad Social, Al Trabajo, Al Mínimo Vital Y Libre Desarrollo De La Personalidad-Empleado Consumidor De Marihuana Realiza AT-306/242024C-028/24 — Norma Que Exige Copia De La Sentencia De Adopción Ejecutoriada, Como Requisito Para La Salida Del País De Niños, Niñas Y Adolescentes, Es InC-028/242024T-323/24 — Uso De Herramientas De Inteligencia Artificial Generativas Para La Toma De Decisiones-Garantía De Tratamiento Integral Para Niños, Niñas Y AT-323/242024C-071/24 — Inconsitucionalidad De Norma Que Establece Que La Contraloría General De La República Emita Concepto Obligatorio En El Trámite De AprobaciónC-071/242024
constitutional review unification tutela

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