C-404 de 2013
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva
✓Claimant Fredy Alfonso Arevalo Y Otros·Respondent Codigo Civil Articulos 288 Y 289
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Necesidad de un mínimo de argumentación
- Requisitos
- Existencia
- Pronunciamiento ante vigencia dudosa por incertidumbre de derogatoria tácita
- Concepto
- Derechos y facultades que otorga no en favor de padres sino en interés de hijos no emancipados
- Desarrollo normativo
- Inexequibilidad de expresión “legítimos” contenida en el inciso 2 del artículo 288 del código civil
- Aplicación del principio pro actione
- Jurisprudencia constitucional sobre oportunidad procesal para definir la aptitud de la demanda
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Constitución
- Iguales derechos y deberes
- Prohibición de discriminación por el origen familiar
- Inhibición para decidir de fondo
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 288 y 289 (parciales) del Código Civil.
Los demandantes consideran que las disposiciones acusadas vulneran los artículos 1, 2, 5, 13, 15 y 16 de la Constitución Política.
Aducen que el término “legítimos” es discriminatorio y resulta contrario a los nuevos valores en que se inspira la Constitución y establece un parámetro injusto de comparación entre los hijos concebidos dentro y fuera del matrimonio.
Indican además, que desconoce por completo la protección de patria potestad respecto de aquellos hijos concebidos en el marco de uniones maritales de hecho.
La Corte determinó que la legitimación del ejercicio conjunto de la patria potestad sobre los hijos “legítimos” configura un trato discriminatorio prohibido por la Constitución, que impone la igualdad entre todos los hijos independientemente del origen del lazo filial.
La Sala Plena decide declarar INEXEQUIBLE la expresión “legítimos” contenida en el inciso 2º del artículo 288 del Código Civil e INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo contra el artículo 289 del C.C., porque el cargo propuesto no reunió los requisitos establecidos en el Decreto 2067 de 1991 y la jurisprudencia constitucional.
What it decided
Holdings on Ley 84/73. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. Declarar INEXEQUIBLE la expresion "legitimos" contenida en el inciso 2deg del articulo 288 del Codigo Civil, por las razones expuestas en la parte considerativa de este proveido.
- Segundo. INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo contra el articulo 289 del Codigo Civil, porque el cargo propuesto en esta oportunidad por los demandantes, no reunio los requisitos que establece el Decreto 2067 de 1991 y la jurisprudencia constitucional.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.