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Constitutional review ruling (C)February 1, 2017Full bench

C-042 de 2017

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Aquiles Arrieta Gómez

✓Claimant Carlos Alberto Parra Dussan·Respondent Ley 1306 De 2009

✓
Topic · hard data
Discapacidad Mental. Se Cuestiona La Constitucionalidad De Calificar Esta Situación O Condición Como Un Sufrimiento O Padecimiento.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Concepto De Discapacidad
  • Jurisprudencia constitucional
Control Constitucional De Expresiones Lingüisticas
  • Implica analizar la manera como son usadas por el legislador
Control De Constitucionalidad Del Lenguaje
  • Alcance
  • Corte debe distinguir cuando amerita o no la intervención del juez constitucional en la revisión de palabras usadas por quienes hacen las normas
  • Exige del legislador sensibilidad con la dignidad humana
Constitucion De 1991
  • Reconoce la diversidad y pluralidad de la sociedad
  • Modelo pluralista
Constitucion Politica De 1991
  • Derechos de las personas en situación de discapacidad
Convencion Sobre Derechos De Las Personas Con Discapacidad
  • Interpretación del contenido material de la Constitución Política
Convencion Sobre Los Derechos De Las Personas Con Discapacidad
  • Distinción entre diversidad funcional y discapacidad
  • Relevancia internacional
Criterios De Discriminacion
  • Exclusión o marginación
Derechos Humanos A Nivel Internacional Y Regional
  • Cumplimiento del principio pro persona
  • Doble carácter
Diferencias Funcionales
  • Discriminación histórica y estructural fundada en la discapacidad
Discapacidad Mental Absoluta
  • Regulación normativa
  • Alcance
Diversidad Funcional
  • Riqueza de la especie, frente a la cual el Estado debe responder con un enfoque diferencial para que la protección a la dignidad, libertades y derechos sea efectiva
  • Modelo de barreras sociales
Estado
  • Adopción de medidas para la inclusión de las personas en situación de discapacidad en la sociedad
  • Trato especial a favor de las personas con diversidades funcionales
Inconstitucionalidad De Enunciados Juridicos Por Vulneracion De La Dignidad Humana
  • Procedencia cuando expresiones sean despectivas y peyorativas
Lenguaje
  • Determinada expresión puede tener relevancia constitucional por afectar la dignidad de las personas
  • Carga simbólica
  • Impacto sobre la constitucionalidad de ciertos textos legales
Lenguaje Jurídico
  • Exclusión de expresiones contrarias a la Constitución
  • Intervención del juez constitucional cuando se constituye en un acto discriminatorio
  • Papel transformador e importancia
  • Poder instrumental y simbólico
Normas Para La Proteccion De Personas Con Discapacidad Mental
  • Diferencias funcionales u orgánicas de los individuos hacen parte de la diversidad humana y deben ser asumidas en el marco de la dignidad humana
  • Exequibilidad de la expresión “afectado” frente a la medida de inhabilitación para contratar por buscar proteger su patrimonio
  • Expresión “afectado” referencia la persona sobre la que recaerá la inhabilidad para contratar como sujeto activo de la medida para la protección de su patrimonio
  • Expresiones “padece, padezcan, sufre, sufran” frente a la diversidad funcional u orgánica referencian sobre quienes recaen las medidas de protección
  • Expresiones “padece, padezcan, sufre, sufran” no califican negativamente la diversidad funcional u orgánica ya que se pretende contrarrestar los efectos de la discriminación
  • Jurisprudencia constitucional
  • No es admisible la utilización de palabras que descalifiquen la diversidad funcional u orgánica de las personas
  • Control de constitucionalidad del lenguaje
  • Determina categorización para adelantar procedimientos que protejan a la población vulnerable frente a la expresión “discapacidad absoluta”
  • Exclusiones y marginaciones de la sociedad y el Estado hacen las diferencias humanas
  • Exequibilidad de la expresión “discapacidad absoluta” por no contener una carga peyorativa
  • Expresión “afectado” frente a la medida de inhabilitación para contratar es neutral y no tiene carga peyorativa que implique contenido denigrante
  • Expresión “afectado” no atenta contra la dignidad humana sino busca dar mayores garantías y protección de los derechos de las personas en situación de discapacidad
  • Expresión “incapacidad mental absoluta” implica una clasificación de individuos para quienes la ley prevé una serie de medidas de protección
  • Expresiones “padece, padezcan, sufre, sufran” anteceden las condiciones inherentes a la persona y hacen parte de la diversidad funcional del individuo
  • Expresiones “padece, padezcan, sufre, sufran” frente a la discapacidad están dirigidas a proteger los derechos partiendo del respeto por la dignidad y la no discriminación
  • Expresiones “padece, padezcan, sufre, sufran” frente a la discapacidad referencian sobre quienes recaen las medidas de protección
  • Expresiones “padece, padezcan, sufre, sufran” indican que los sujetos referidos tienen una característica funcional u orgánica señalada
  • Función no agraviante de la expresión “incapacidad absoluta”
  • Función no agraviante, discriminatoria o atentatoria de la dignidad humana de la expresión “afectado”
  • La función de las expresiones “padece, padezcan, sufre, sufran” frente a la discapacidad resulta admisible pues como barrera a los derechos impuesta por la sociedad tiene una connotación negati
  • Legislador debe adoptar un enfoque sensible de la dignidad humana para evitar que las leyes contengan expresiones que puedan reforzar los estereotipos y paradigmas que fomentan la discriminació
  • Medida de inhabilitación para contratar no se limita a la calidad de la persona sino a que ponga en riesgo su patrimonio
  • No era necesario condicionar la exequibilidad de expresiones demandadas que a pesar de admitir diversas interpretaciones, no todas son peyorativas o negativas
  • Objetivo
  • Verbo “afectar” frente a la medida de inhabilitación para contratar significa “incumbir a alguien”/
  • Criterios de la sentencia C-042/17 no son determinantes para identificar si expresión utilizada por el legislador tienen carga peyorativa o no
Principio De Conservacion Del Derecho
  • Juez constitucional no debe declarar inconstitucional ni condicionar el contenido de expresión acusada en casos de polisemia en el lenguaje
Tratados Internacionales Sobre Derechos Humanos Ratificados Por Colombia
  • Deben utilizarse para interpretar derechos reconocidos en la Constitución
  • Hacen parte del Bloque de Constitucionalidad y constituyen criterio vinculante con la Constitución Política
Discapacidad
  • Enfoque diferencial
  • Bloque de constitucionalidad
  • Como fenómeno que limita y restringe el acceso a los derechos, proviene de la sociedad más no de las diversidades funcionales de las personas
Convención Sobre Derechos De Las Personas Con Discapacidad
  • Adopción del modelo social de discapacidad
Control Constitucional Del Lenguaje
  • Debe centrarse en el análisis del significado específico que expresión demandada tiene y la función que cumple
  • Metodología para evaluar expresiones demandadas
Control Constitucional
  • Si se evidencia que norma demandada vista como un todo resulta contraria a la Constitución, debe declararse la inconstitucionalidad total y no solo de la o las palabras que hacen parte de ella
Autonomia Del Individuo Y Libre Desarrollo De La Personalidad
  • Protección del Estado con enfoque diferencial
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Aplicación del principio pro actione
  • Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
  • Objeto y concepto de la violación
Discapacidad En La Normatividad Nacional E Internacional
  • No es igual a la diversidad orgánica o funcional sino que tiene relación con las barreras sociales al goce efectivo de derechos y a la participación en la sociedad
Discriminacion Frente A Las Personas Con Diversidad Funcional U Organica
  • Resulta artificial y peligrosa porque parte de suposiciones erradas sobre la naturaleza humana
Discriminacion
  • El problema no radica en la funcionalidad de los órganos de cada ser humano sino en las barreras que la sociedad y el Estado ponen a ciertas personas
Igualdad
  • Dimensión sustancial
Lenguaje Incluyente Y No Discriminatorio
  • Jurisprudencia constitucional
Norma
  • Función, contexto y objetivo
  • Tejido normativo en el que se inscribe y se usa una frase
Normas Para La Proteccion De Personas Con Discapacidad Mental Y Regimen De La Representacion Legal De Incapaces Emancipados
  • Vocablos empleados en la ley 1306 de 2009 deben ser entendidos en el contexto de la protección de derechos de personas en situación
Normas
  • No deben coexistir objetivos anti discriminatorios con lenguajes excluyentes ni estereotipos de discriminación y exclusión
Sociedad
  • No puede imponer limitaciones que impidan a las personas desarrollar sus capacidades y su proyecto de vida
57 topics · 106 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 2º, 8º, 10, 12, 14, 15, 16 y 32 (todos parciales) y el artículo 17 en su totalidad, de la Ley 1306 de 2009, por la cual se dictan normas para la protección de personas con discapacidad mental y se establece el régimen de la representación legal de incapaces emancipados.

El demandante considera que los apartes objeto de acusación contravienen el pluralismo como principio característico del Estado Social de Derecho, el derecho fundamental a la igualdad ante la ley, el derecho social, económico y cultural a que se diseñe y ejecute una política dirigida a promover la integración de las personas con discapacidad, el derecho al respeto a la identidad en materia educativa, el derecho a la promoción y fomento del acceso a la cultura por parte del Estado y, el deber de interpretar los derechos contenidos en los artículos 1, 13, 47, 68 y 70 de la Carta.

La Corte determinó que los vocablos empleados en varias disposiciones de la ley 1306 de 2009 deben ser entendidos en el contexto de protección de los derechos de las personas en situación de discapacidad mental que se busca en la misma, con una función meramente referencial y desprovistos de un significado negativo o discriminatorio.

Se declara EXEQUIBLE el artículo 17 demandado, al igual que las expresiones “afectado”, “padece”, “sufre”, “sufriendo”, “sufran”. “sufren”, “sufre” y “padezcan”, igualmente acusados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

Holdings on Ley 1306/09. Hard data, verified against the operative part — citable.

Art. 1Ley 1306/09UPHELD
Art. 10Ley 1306/09UPHELD
Art. 12Ley 1306/09UPHELD
Art. 14Ley 1306/09UPHELD
Art. 15Ley 1306/09UPHELD
Art. 16Ley 1306/09UPHELD
Art. 17Ley 1306/09UPHELD
Art. 2Ley 1306/09UPHELD
Art. 32Ley 1306/09 «“ afectado ”»UPHELD
Art. 8Ley 1306/09UPHELD
10 holdings · source: operative part of the ruling
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. PRIMERO. DECLARAR EXEQUIBLE, por los cargos analizados en esta sentencia, el articulo 17 de la Ley 1306 de 2009.
  2. SEGUNDO. DECLARAR EXEQUIBLE, por los cargos analizados en esta sentencia, la expresion: "afectado" contenida en el articulo 32 de la Ley 1306 de 2009.
  3. TERCERO. DECLARAR EXEQUIBLES, por los cargos analizados en esta sentencia, las expresiones: "padece", "sufre", "sufriendo", "sufran", "sufren" "sufre" y "padezcan"; contenidas en los articulos 2, 8, 10, 12, 14, 15, 16, 17 y 32 de la Ley 1306 de 2009, respectivamente, en los terminos indicados en las consideraciones de esta sentencia.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
ConcurrenceAlejandro Linares Cantillo
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 123cited by 51 →C-042/17C-1052/01 — Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De Demanda De Inconstitucionalidad Contra Norma De La Ley 617 De 2000 · cited 1,475 timesC-1052/012001C-426/02 — Accion De Nulidad Contra Acto De Contenido Particular Y Concreto. No Revive Posibilidad De Reclamar Restablecimiento Del Derecho · cited 363 timesC-426/022002C-371/00 — Proyecto De Ley Estatutaria Sobre Ejercicio Del Derecho Fundamental A La Igualdad-Mayor Representación De La Mujer En Los Más Altos Niveles · cited 342 timesC-371/002000C-320/97 — Ley 181/95. Arts. 34 Parcial Y 61 Lit 8. Ders. Deportivos Sobre Los Jugadores. Libertad Economica. Regulacion Estatal Del Deporte. Exeq. E I · cited 288 timesC-320/971997C-397/95 — Varios Arts. De Los Decs. 0653/93 831/80. Ley 32/79. Mercado Publico De Valores. Exequible E Inexequible. · cited 254 timesC-397/951995C-225/95 — Protocolo Adicional A Los Convenios De Ginebra Relativo A La Proteccion De Las Victimas De Los Conflictos Armados. Exequible. · cited 239 timesC-225/951995T-288/95 — Der. A La Igualdad. Proteccion De Los Disminuidos Fisicos. Reubicacion En El Estadio Pascual Guerrero. Concedida. · cited 228 timesT-288/951995C-112/00 — Igualdad De Sexos En Matrimonio Civil. Preferencia Del Domicilio De La Mujer Para Fijar Competencia Del Funcionario Que Debe Celebrarlo · cited 208 timesC-112/002000T-468/18 — Principio Del Interes Superior Del Niño Y Derecho A Tener Una Familia Y No Ser Separada De Ella. · cited 48 timesT-468/182018C-149/18 — Pprotección Menores En Situación De Discapacidad. Cuidados Especiales En Salud Y Educación. Integración Social De Las Personas Con Limitacio · cited 47 timesC-149/182018C-234/19 — Patentes De Invención. No Se Puede Conceder Estas Patentes Cuando Atente Contra Las Buenas Costumbres. · cited 38 timesC-234/192019T-217/18 — Prevalencia De Derechos Fundamentales De Personas En Situacion De Discapacidad, En Conjunto Residencial. · cited 38 timesT-217/182018C-147/17 — Sistema Nacional De Discapacidad. Se Acusa El Vocablo “discapacitado” Por Considerarlo Peyorativo Y Discriminatorio. · cited 36 timesC-147/172017SU.096/18 — Derecho Fundamental A La Ive Por Grave Malformacion Del Feto · cited 35 timesSU.096/182018C-064/18 — Ejercicio Del Derecho Al Voto. Beneficio De Descuento En Valor De Matrícula Para Estudiantes De Institución Oficial De Educación Superior. · cited 33 timesC-064/182018C-095/19 — Nulidad De Matrimonio. Cuando Para Celebrarlo Haya Faltado El Consentimiento De Alguno De Los Contrayentes. Los Sordomudos, Sí Pueden Expres · cited 27 timesC-095/192019
constitutional review unification tutela

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