C-289 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva
✓Claimant Aleyda Murillo Granados Y Otro·Respondent Ley 1607 De 2012, Articulos 24 Y 25 Parciales
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Características esenciales
- Definición
- No implica una alteración del estatuto orgánico del presupuesto al mantener su naturaleza y destinación
- Condiciones para exoneración de aportes parafiscales
- Exención parcial de aportes parafiscales
- Característica especial
- Característica especial
- Sujeción a trámite previsto para modificación
- Rasgos y requisitos especiales
- Excepción
- Características
- Prohibición
- Regla
- Improcedencia sobre nuevo cargo planteado por el Procurador General
- Competencia de la Corte Constitucional para conocer y decidir
- Define las contribuciones parafiscales
- Carácter parafiscal
- Destinación específica a la inversión social y exoneración de aportes parafiscales
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 24 y 25 (parciales) de la Ley 1607 de 2012 “Por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones”.
Los demandantes sostienen que las expresiones normativas acusadas vulneran el artículo 151 de la Constitución Política, porque formando parte de una ley ordinaria modifican el contenido de una ley de carácter orgánico.
En criterio de los demandantes, la norma ordinaria cambió sustancialmente la naturaleza parafiscal de los recursos que recibía el SENA, pues modificó su monto, distribución y fuente, no obstante continuar teniendo una destinación específica.
La Corte recuerda jurisprudencia relativa a la especial jerarquía de las leyes orgánicas y al vicio originado en violación de la reserva de la Ley orgánica.
Igualmente, efectúa un estudio legal acerca de la naturaleza y alcance del referente normativo que los actoras mencionan como norma sujeta a reserva de ley orgánica, esto es, los artículos 25 de la Ley 225 de 1995 y 125 del Decreto 111 de 1996 y, examina el alcance de los preceptos acusados a fin de constatar si involucran una modificación a una norma de naturaleza orgánica.
Al encontrar que las normas acusadas no modifican el Estatuto Orgánico del Presupuesto ni vulneran el artículo 151 de la Constitución, se declara la EXEQUIBILIDAD de los incisos 1 y 3 del artículo 24 y 1 y 2 del artículo 25 de la Ley 1607 de 2012.
What it decided
Holdings on Ley 1607/12. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Declarar EXEQUIBLE, exclusivamente por el cargo analizado, los incisos
- primero. y
- tercero. del articulo 24, y los incisos
- primero. y
- segundo. del articulo 25, de la Ley 1607 de 2012 "Por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones".
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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