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Constitutional review ruling (C)June 6, 2019Full bench

C-252 de 2019

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Carlos Libardo Bernal Pulido

✓
Topic · hard data
Control De Constitucionalidad De Tratado Internacional Y De Ley Aprobatoria Del Mismo.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Control De Constitucionalidad De Tratado Internacional Y Ley Aprobatoria
  • Efectos de cosa juzgada absoluta
  • Suscripción del tratado y aprobación presidencial
  • Características
  • Negociación, celebración y aprobación ejecutiva
Control De Constitucionalidad De Tratados Internacionales Y Leyes Aprobatorias De Tratados
  • Verificación de la realización de la consulta previa a las comunidades étnicas
Corte Constitucional En Tratado Internacional Y Ley Aprobatoria
  • Recomendaciones con valor doctrinal y no fuerza vinculante
Acuerdo Entre El Gobierno De La Republica De Colombia Y El Gobierno De La Republica Francesa Sobre El Fomento Y Proteccion Reciprocos De Inversiones
  • Cláusula de arreglo de diferencias entre un inversionista y una parte contratante
  • Constitucionalidad condicionada
  • Se ajusta a la Constitución Política
Juicio De Razonabilidad
  • Aplicación
  • Aplicación injustificada
Presidente De La Republica
  • Encargado de las relaciones internacionales
Principio De Igualdad En Acuerdo Sobre Inversion Extranjera
  • Igual trato al inversionista y a las inversiones extranjeras
Consulta Previa
  • Criterios utilizados para identificar en qué casos procede por existir una afectación directa de los grupos étnicos
Sentencia Condicionada
  • Improcedencia por interpretación única
Juez Constitucional
  • Prudencia y auto control (self-restraint) en el ejercicio de sus competencias
Tratado Internacional
  • Declaraciones interpretativas
  • Efectos de la declaratoria de exequibilidad o inexequibilidad
  • Finalidades de control constitucional previo a ratificación del instrumento
  • Guarda armonía con la Constitución
Tratado Internacional Y Ley Aprobatoria
  • Cumplimiento de requisitos constitucionales y legales en su trámite legislativo
  • Control material
17 topics · 28 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Control de constitucionalidad del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Francesa sobre el Fomento y Protección Recíprocos de Inversiones, suscrito en la ciudad de Bogotá el 10 de julio de 2014 y, de la Ley 1840 del 12 de julio de 2017, por medio de la cual se aprobó este tratado internacional.

La Corte entró a analizar si el Acuerdo precitado así como su ley aprobatoria, satisficieron los requisitos previstos por la Constitución Política y por la Ley 5ª de 1992.

Así mismo, si los mismos son compatibles con la Carta Política.

La Corte declaró la EXEQUIBILIDAD del Acuerdo y de su Ley Aprobatoria, bajo el entendido de que ninguna de las disposiciones que se refieren a derechos sustantivos dará lugar a tratos más favorables o injustificados hacia los inversionistas extranjeros con respecto a los nacionales.

Frente a algunas expresiones contenidas en los artículos 4, 5 y 6 del Acuerdo, se declaró la exequibilidad condicionada.

La Sala Plena de la Corporación advirtió al Presidente de la República que, si en ejercicio de su competencia constitucional de dirección de las relaciones internacionales decide ratificar este tratado, en el marco del artículo 31 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, deberá adelantar las gestiones necesarias para propiciar la adopción de una declaración interpretativa conjunta con el representante de la República Francesa respecto de los condicionamientos señalados en los resolutivos primero a séptimo de la presente decisión.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

Holdings on Ley 1840/17. Hard data, verified against the operative part — citable.

1 holding · source: operative part of the ruling
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (10 points)
  1. Primero. Declarar EXEQUIBLES el Acuerdo entre el Gobierno de la Republica de Colombia y el Gobierno de la Republica Francesa sobre el Fomento y Proteccion Reciprocos de Inversiones, suscrito en la ciudad de Bogota, el 10 de julio de 2014, y la Ley 1840 de 12 de julio de 2017, por medio de la cual se aprobo dicho tratado, bajo el entendido de que ninguna de las disposiciones que se refieran a derechos sustantivos dara lugar a tratos mas favorables injustificados hacia los inversionistas extranjeros con respecto a los nacionales.
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE la expresion "inter alia" prevista por el primer inciso del articulo 4 del tratado, bajo el entendido de que esta debera interpretarse de manera restrictiva, en un sentido analogico, y no aditivo.
  3. Tercero. Declarar EXEQUIBLE la expresion "de conformidad con el derecho internacional aplicable a los inversionistas de la otra Parte Contratante y a sus inversiones, en su territorio" prevista por el articulo 4 del tratado, a condicion de que las Partes Contratantes definan su contenido, de forma que resulte compatible con el principio de seguridad juridica.
  4. Cuarto. Declarar EXEQUIBLE la expresion "expectativas legitimas" prevista por los articulos 4 y 6 del tratado, a condicion de que las Partes Contratantes definan que debe entenderse por expectativas legitimas, teniendo en cuenta que solo habra lugar a estas siempre que se deriven de actos especificos y reiterados llevados a cabo por la Parte Contratante que induzcan al inversionista de buena fe a realizar o mantener la inversion y que se trate de cambios abruptos e inesperados efectuados por las autoridades publicas y que afecten su inversion.
  5. Quinto. Declarar EXEQUIBLE la expresion "situaciones similares" prevista por el articulo 5 del tratado, a condicion de que las partes definan su contenido, de forma que resulte compatible con el principio de seguridad juridica.
  6. Sexto. Declarar EXEQUIBLE la expresion "trato" prevista por el articulo 5 del tratado, bajo el entendido de que se interprete en el contexto del preambulo del APPRI, de tal manera que preserve la competencia del Presidente de la Republica relativa a la direccion de las relaciones internacionales y la celebracion de tratados, prevista por el articulo 189.2 de la Constitucion Politica.
  7. Septimo. Declarar EXEQUIBLE la expresion "necesarias y proporcionales" prevista por el numeral 3 del articulo 5 y el numeral 2 del articulo 6, bajo el entendido de que se interprete en el contexto del preambulo del APPRI, de tal manera que respete la libertad de configuracion y la autonomia de las autoridades nacionales para efectos de, respectivamente, garantizar el orden publico y proteger los objetivos legitimos de politica publica.
  8. Octavo. ADVERTIR al Presidente de la Republica que, si en ejercicio de su competencia constitucional de direccion de las relaciones internacionales, decide ratificar este tratado, en el marco del articulo 31 de la Convencion de Viena sobre el Derecho de los Tratados, debera adelantar las gestiones necesarias para propiciar la adopcion de una declaracion interpretativa conjunta con el representante de la Republica Francesa respecto de los condicionamientos senalados en los resolutivos
  9. primero. a
  10. septimo. de la presente decision.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available2
ConcurrenceCarlos Libardo Bernal PulidoPartial dissentDiana Constanza Fajardo Rivera
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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constitutional review unification tutela

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