T-470 de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant Consejo Comunitario Bajo Guapi Del Municipio De Guapi Cauca·Respondent Autoridad Nacional De Licencias Ambientales- Anla
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Afectación directa para determinar su procedencia
- Criterios utilizados para identificar en qué casos procede por existir una afectación directa de los grupos étnicos
- Competencias del Ministerio del Interior
- Niveles de participación
- Reiteración de jurisprudencia
- Contenido y alcance
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La vulneración de derechos por parte de la entidad accionada se atribuyó, de una parte, a la expedición de licencias ambientales del proyecto de construcción de la estación de guardacostas en el Parque Nacional Natural Gorgona, pues no se agotó el trámite de consulta previa y, por la otra, porque se desconoció el “Acuerdo de uso” celebrado entre Parques Nacionales Naturales de Colombia y la Comunidad de Pescadores de Bazán – Consejo Comunitario Bajo Tapaje y del Mar.
Las demandadas y vinculadas manifestaron que no se vulneró garantía alguna debido a que para cada una de las licencias y sus modificaciones, mediante las cuales se autorizó la ejecución del proyecto en mención, se contó con la respectiva certificación y/o resolución del Ministerio del Interior y de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, en las cuales se determinó la improcedencia de la consulta previa, además que el proyecto no generaba ninguna afectación directa a la comunidad accionante.
Se reiteró jurisprudencia constitucional sobre el derecho fundamental a la consulta previa, particularmente, el precedente judicial sobre el requisito de afectación directa.
Luego de no encontrar evidencia razonable y concreta sobre la afectación que se generaría a la comunidad tutelante con la construcción de la obra cuestionada, que la misma no desconoció el Acuerdo de uso, ni supuso afectación a las actividades pesqueras, se confirmó la decisión de instancia que NEGÓ el amparo invocado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. REVOCAR, por las razones señaladas en esta providencia, la sentencia del 9 de abril de 2024, proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, que revocó la decisión del juez de primera instancia. En su lugar, CONFIRMAR la decisión del 29 de febrero de 2024 del Juzgado Cuarenta y Seis Laboral del Circuito de Bogotá, en el sentido de negar el amparo del derecho a la consulta previa solicitado por el Consejo Comunitario Guapi Abajo.
- SEGUNDO. DESVINCULAR del proceso a la Unidad Administrativa Especial Parques Nacionales Naturales de Colombia, a la Procuraduría General de la Nación, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y al Ministerio de Justicia y del Derecho, por carecer de legitimación por pasiva.
- TERCERO. LIBRAR, por la Secretaría General de la Corte Constitucional, la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí previstos.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.