T-119 de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant Villanueva Cortina Yerlis Johana·Respondent Municipio De Santa Catalina De Alejandria Bolivar
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Reglas jurisprudenciales fijadas en sentencia SU.075/18
- Reglas según el marco legal colombiano
- Protección constitucional especial
- Reiteración de jurisprudencia
- Procedencia excepcional
- Es aplicable a todas las trabajadoras sin importar la relación laboral que se tenga o la modalidad del contrato
- Protección a la mujer embarazada y durante el periodo de lactancia
- Situaciones que infieren que el empleador debía conocer el embarazo de la trabajadora
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La actora alega que la entidad accionada vulneró sus derechos fundamentales al despedirla injustamente, a la fecha del cumplimiento del contrato de prestación de servicios que habían suscrito, sin previa autorización del Ministerio de Trabajo, pese a haberle notificado su estado de embarazo, el cual fue diagnosticado como de alto riesgo.
Se reitera jurisprudencia relacionada con: 1º.
La a protección y asistencia especiales a las mujeres en estado de embarazo y lactancia. 2º.
La a garantía de la estabilidad laboral reforzada que les asiste a dichas mujeres. 3º.
Las reglas de las sentencias SU.070/13 y SU.075/18, particularmente, las subreglas aplicables a los contratos de prestación de servicios y la exigencia del conocimiento del contratante o empleador del estado de embarazo.
La Corte consideró que la entidad territorial demandada no vulneró los derechos fundamentales invocados al no mantener vigente el vínculo contractual con la peticionaria, pues, a pesar de que la terminación del contrato de prestación de servicios se produjo cuando ésta estaba en estado de embarazo, no se encontró ninguna prueba que permitiera suponer, ni siquiera indiciariamente, que el municipio fue debidamente informado del estado de gestación.
Se DENEGÓ el amparo invocado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (12 points)
- PRIMERO. REVOCAR, por las razones señaladas en esta providencia, la sentencia del 7 de abril de 2022, proferida por el Juzgado
- Octavo. Penal del Circuito de Cartagena, que confirmó la decisión del Juzgado
- Octavo. Penal Municipal de Cartagena del 2 de marzo de 2022, mediante la cual se declaró improcedente la acción de tutela. En su lugar, NEGAR el amparo de los derechos fundamentales de la señora Yerlis Johana Villanueva Cortina.
- SEGUNDO. LIBRAR, por la Secretaría General de la Corte Constitucional, la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí previstos.
- Comuníquese y cúmplase.
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Magistrada
- JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.