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Constitutional review ruling (C)March 2, 2011Full bench

C-127 de 2011

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice María Victoria Calle Correa

✓Claimant Maria Gabriela Rincon Martinez·Respondent Ley 906 De 2004 Articulos 267 Y 287

✓
Topic · hard data
Establecimiento De Facultades De Quien No Es Imputado En El Proceso Penal. No Se Incurrió En Una Omisión Legislativa Relativa
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Control De Constitucionalidad De Omision Legislativa Relativa
  • Elementos esenciales que deben concurrir para su procedencia
Derecho De Defensa En Actuacion Penal
  • Reiteración de jurisprudencia
Derecho De Defensa En El Ambito Penal
  • Reconocimiento en el escenario internacional
Derecho De Defensa
  • Adquiere mayor relevancia en el escenario del proceso penal
  • Importancia en el contexto de las garantías procesales
  • Su ejercicio no tiene límite temporal
Falta De Prevision De Un Termino Especifico Para Que La Fiscalia Formule La Imputacion, Distinto Al De Prescripcion De La Accion Penal
  • No desconoce los derechos de defensa, de acceso a la administración de justicia y a la dignidad humana
Juez De Control De Garantias
  • Funciones constitucionales
Proceso Penal Con Tendencia Acusatoria
  • Etapas
  • Garantías adicionales para el respeto de los derechos fundamentales
  • Aspectos más relevantes de su estructura y desarrollo
Potestad De Configuracion Normativa
  • Corresponde al legislador establecer las formas propias de cada juicio y fijar las reglas y condiciones para acceder a los jueces en búsqueda de la adecuada administración de justicia
Demanda De Inconstitucionalidad Por Omision Legislativa Relativa
  • Requisitos
  • Competencia de la Corte Constitucional
Derecho A La Defensa En La Actuacion Penal
  • Se extiende a la etapa preprocesal de la indagación previa, y a partir de ella, a todos los demás actos procesales hasta la decisión final
Derecho A La Defensa Tecnica
  • Conocido en el modelo de tendencia acusatoria como el principio de igualdad de armas
Derecho A La Defensa
  • Ámbito de aplicación en el proceso penal comprende toda actuación incluida la etapa preprocesal
Establecimiento De Facultades De Quien No Es Imputado En El Proceso Penal
  • No se incurrió en una omisión legislativa relativa
Plazo De Investigacion En Proceso Penal
  • Criterios para determinar razonabilidad
Principio De Igualdad De Armas
  • Hace parte del núcleo esencial de los derechos de defensa y debido proceso
Termino De Prescripcion De La Accion Penal
  • Límite máximo para la formulación de la imputación por parte del fiscal
23 topics · 30 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Ley 906 de 2004, por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal.

Se demandan los artículos 267 y 278 que hacen referencia a: Artículo 267.

Facultades de quien no es imputado.

Artículo 287: Situaciones que determinan la formulación de la imputación.

La demandante considera que el legislador al expedir el primer artículo demandado incurrió en una supuesta omisión legislativa relativa, violatoria de los derechos de defensa, acceso a la justicia y dignidad humana, al atribuir exclusivamente al Fiscal la competencia para solicitar la audiencia preliminar de formulación de imputación, sin prever la oportunidad para que el indiciado pueda solicitar tal audiencia, en procura de la garantía de sus derechos a ser oído desde la iniciación de la investigación.

Por otra parte, considera la actora, que el artículo 287, vulnera los mismos postulados, porque al no prever un término razonable de duración de la indagación preliminar, por parte de la Fiscalía, distinto al de prescripción de la acción penal, somete al indiciado indefinidamente a las molestias propias de este tipo de investigaciones.

En relación con el derecho a la notificación de los cargos, garantía intangible que no puede ser limitada en ninguna situación o estado de excepción, considera la demandante, que el legislador debió prever la posibilidad de que el indiciado pueda acudir ante un juez de garantías, para exigir la determinación de sus derechos, dentro de un sistema judicial en el que no existe discrecionalidad para imputar o acusar porque está sometido al principio de legalidad penal.

La Sala, luego de analizar y verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la jurisprudencia constitucional cuando se trata de un cargo por omisión legislativa relativa, considera que no hay violación a los derechos del indiciado, porque tales derechos surgen desde el momento mismo en que tiene conocimiento, por cualquier medio, de que cursa una investigación en su contra.

De otra parte, considera la Corporación que el término de prescripción de la acción penal, es un lapso que permite al Estado, en su deber de administrar justicia, investigar y reprimir delitos, adelantar de manera eficiente y eficaz la respectiva investigación, permitiendo a su vez que el sindicado también tenga la oportunidad de estructurar adecuadamente su defensa.

Se resuelve declarar EXEQUIBLES los artículos demandados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

Holdings on Ley 906/04. Hard data, verified against the operative part — citable.

Art. 267Ley 906/04UPHELD
Art. 287Ley 906/04UPHELD
2 holdings · source: operative part of the ruling
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE, por el cargo analizado en esta sentencia, el articulo 267 de la Ley 906 de 2004, "por la cual se expide el Codigo de Procedimiento Penal".
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE, por el cargo analizado en esta sentencia, el articulo 287 de la Ley 906 de 2004, "por la cual se expide el Codigo de Procedimiento Penal".
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.