C-044 de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice María Victoria Calle Correa
✓Claimant Ivan David Marquez Castelblanco·Respondent Ley 1698 De 2013
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Contenido y alcance
- Desarrollo jurisprudencial de la prohibición
- Constitucionalidad de normas acusadas debió ser examinada teniendo en cuenta los límites establecidos en la jurisprudencia constitucional y no contrarí
- Contenido
- Aplicación del principio pro actione
- Reglas que condicionan su admisibilidad
- Contenido y alcance
- Inexistencia de “mico legislativo"
- Reglas aplicables
- Requisitos
- Jurisprudencia constitucional
- Criterios jurisprudenciales para la identificación de un contenido estatutario
- Criterios para determinar asuntos de contenido estatutario
- Etapa de votación sólo procede bajo el supuesto de la suficiente ilustración
- Examen de la norma, desconoció la prohibición constitucional de conceder auxilios o subvenciones
- Reproche a la cláusula de exclusión del servicio de “defensa técnica especializada” de ciertas conductas, toda vez que se muestra insuficiente respecto de otras conductas lesi
- Se desconoce la Constitución al autorizar transferencia de recursos públicos para financiar una prestación en favor de miembros activos o retirados a título gratuito en instan
- Creación de fondo especial en favor de un grupo concreto establece un trato discriminatorio, de exclusión social para los demás servidores públicos que están en condiciones si
- Parámetro de desigualdad injustificado entre los servidores públicos y en favor de la Fuerza Pública que es inconstitucional al gozar de un sistema adecuado e idóneo con los p
- Exigencias argumentativas
- Competencia para aprobación en primer debate
- Conformación
- Apertura formal
- Autorización de transferencia de recursos públicos
- Desconocimiento de la jurisprudencia constitucional en la materia
- Jurisprudencia constitucional
- Contenido y alcance
- Criterios de identificación desarrollados en la jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia constitucional en que se incluyen materias que no están sujetas a dicha categoría especial de ley
- No queda comprendida dentro de las hipótesis de auxilio o donación prohibidas por el artículo 355 de la Constitución Política
- Condiciones para que el auxilio previsto sea constitucional
- Constituye una modalidad de auxilio a personas naturales
- Alcance
- Jurisprudencia constitucional
- Pilar fundamental en el Estado social y democrático de Derecho
- Jurisprudencia constitucional
- Condiciones
- Especialización
- Término de caducidad
- Jurisprudencia constitucional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 1698 de 2013, por la cual se crea y organiza el Sistema de Defensa Técnica y Especializada de los miembros de la Fuerza Pública y se dictan otras disposiciones.
La Corte decidió sobre cinco distintos cargos formulados por el actor contra apartes de la Ley 1698 de 2013.
Los tres primeros cuestionamientos, referidos a vicios de procedimiento, se dirigieron en contra de la totalidad de la norma, alegando que en su trámite se incurrió, supuestamente, en: (i) violación de la reserva de ley estatutaria; (ii) aprobación en primer debate por una comisión distinta a la constitucionalmente correspondiente; (iii) infracción del artículo 157 de la Constitución por elusión del debate democrático, derivada de la infracción del artículo 134 del Reglamento del Congreso, y desconocimiento de los principios de consecutividad e identidad flexible.
Adicionalmente, (iv) se demandaron los artículos 2, 4, 5, 10, 11, 12 y 13 de la Ley, por la supuesta infracción del artículo 355 de la Constitución; y, (v) el artículo 16 de la misma ley, por infracción del principio de unidad de materia.
La Sala declaró EXEQUIBLE la ley 1698 de 2013, en su integridad, por no presentarse ninguno de los vicios formales aducidos y, por no ser su contenido contrario al artículo 355 de la Constitución
What it decided
Holdings on Ley 1698/13. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. Declarar EXEQUIBLE la Ley 1698 de 2013, "Por la cual se crea y organiza el Sistema de Defensa Tecnica y Especializada de los miembros de la Fuerza Publica y se dictan otras disposiciones", por los cargos analizados en esta providencia.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLES los articulos 2, 4, 5, 10, 11, 12 y 13 de la Ley 1698 de 2013, en relacion con el cargo analizado.
- Tercero. Declarar EXEQUIBLE el articulo 16 de la Ley 1698 de 2013, en relacion con el cargo analizado.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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