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Tutela ruling (T)October 31, 2014

T-800 de 2014

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

✓Claimant Zully Amparo Archibold·Respondent Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo Y Otros

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Comunidad Negra
  • Reconocimiento como grupo étnico
Consulta Previa
  • Derecho fundamental del cual son titulares las comunidades indígenas, negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y gitanas
  • Criterios utilizados para identificar en qué casos procede por existir una afectación directa de los grupos étnicos
Derecho A La Consulta Previa De Comunidad Raizal
  • Orden de suspender obras adelantadas del proyecto “Spa providencia” hasta que se efectúe consulta previa con la comunidad raizal que habita en la isla
  • Vulneración por construcción de proyecto “Spa-Providencia” sin hacer el respectivo proceso de consulta a los raizales que habitan en la isla
Proceso De Consulta Previa De Comunidades Y Grupos Etnicos
  • Información oportuna y completa sobre los proyectos que pueden afectar a la comunidad
  • Medidas que deben ser objeto de consulta
Consulta Previa De Comunidades Indigenas Y Grupos Etnicos
  • Obligación impuesta al Estado cada vez que se vayan a adoptar medidas susceptibles de afectarles directamente
Consulta Previa De Comunidades Y Grupos Etnicos
  • Materias en que dicha consulta tiene carácter obligatorio
Derecho A La Consulta Previa
  • Jurisprudencia constitucional
Raizales
  • Protección cultural
13 topics · 16 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Se aduce que las entidades accionadas vulneraron los derechos fundamentales de la accionante a la participación en las decisiones que la afectan, en particular su derecho a la consulta previa, por omitir el proceso de consulta antes de empezar la construcción de un proyecto denominado Spa Providencia, que, a juicio de la demandante, afecta el territorio y los usos y costumbres del pueblo nativo raizal en la Isla de Providencia.

Para resolver el asunto planteado la Corte analiza temática relacionada con los contornos del derecho fundamental a la consulta previa a la luz de la jurisprudencia constitucional vigente y, la protección de los derechos fundamentales de los grupos tribales, afrocolombianos y raizales en la jurisprudencia constitucional.

Se CONCEDE la protección de los derechos a la consulta previa y al debido proceso.

Se imparten una serie de disposiciones conducentes a hacer efectivo el goce de los derechos amparados.

Entre estas órdenes se destacan la de suspensión inmediata de las obras adelantadas del proyecto “Spa Providencia” y la de adelantar un proceso de consulta con las autoridades raizales de la Isla de Providencia y Santa Catalina.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (10 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia dictada el 23 de mayo de 2014 por la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia en cuanto nego el amparo de los derechos fundamentales de la comunidad raizal de Providencia a la consulta previa y al debido proceso; para, en su lugar, conceder la proteccion solicitada.
  2. Segundo. ORDENAR la suspension inmediata de las obras adelantadas del proyecto "Spa providencia" hasta tanto la Sala Unica del Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Andres, Providencia y Santa Catalina en su calidad de juez constitucional de primera instancia, disponga su reanudacion.
  3. Tercero. ORDENAR a la Alcaldia del Municipio de Providencia y Santa Catalina y al Ministerio de Comercio Industria y Turismo con la participacion de la Direccion de Etnias del Ministerio del Interior, adelantar un proceso de consulta con las autoridades raizales de la Isla de Providencia y Santa Catalina mediante un procedimiento apropiado, previamente consultado con dichas autoridades, en orden a establecer la afectacion que el proyecto Spa Providencia puede causar en la integridad cultural, social y economica de dichas comunidades.
  4. Este proceso debera completarse en un periodo de sesenta (60) dias habiles contados a partir de la notificacion de esta providencia, prorrogable, por solicitud de las partes, por una sola vez, por un periodo de treinta (30) dias adicionales. Dentro del termino de la consulta el Municipio debera proferir una resolucion en la que se consignen los resultados de la misma. De no ser posible una decision concertada, correspondera al Municipio definir la cuestion unilateralmente, sin desconocer las inquietudes y expectativas de las autoridades raizales consultadas, con el fin de mitigar, corregir o restaurar los efectos de las medidas que pudieren tomarse sin su participacion, sobre las riquezas culturales y naturales de la Nacion.
  5. De la anterior actuacion se informara a la Sala Unica del Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Andres, Providencia y Santa Catalina para que en el termino de diez (10) dias evalue el proceso de consulta adelantado y disponga, segun sea el caso, de acuerdo con las conclusiones que le sean presentadas, el levantamiento de la suspension decretada en el numeral
  6. segundo. de esta providencia, en las condiciones fijadas por el Ministerio o el caracter definitivo de la medida, si asi se solicita por el Ministerio como resultado de la consulta adelantada.
  7. Cuarto. PREVENIR al Municipio de Providencia para que, en el futuro, se abstenga de permitir cualquier medida administrativa que intervenga sobre los territorios habitados por comunidades raizales, sin agotar el requisito de consulta previa en las condiciones precisadas en esta providencia.
  8. Quinto. EXHORTAR a la Defensoria del Pueblo y a la Procuraduria General de la Nacion que brinden su apoyo y acompanamiento al proceso de consulta dispuesto en esta providencia y que vigilen el pleno cumplimiento del presente fallo, con el fin de garantizar de manera efectiva los derechos aqui protegidos. Para el anterior efecto, por las Secretaria General de esta Corporacion oficiese a las entidades referenciadas.
  9. Sexto. EXHORTAR al Ministerio del Interior para que en el termino de treinta dias antes de llevar a cabo la consulta, realice una capacitacion a los integrantes de la comunidad nativa raizal de Providencia y Santa Catalina sobre el impacto del proyecto "Spa Providencia" y la incidencia en sus usos y costumbres.
  10. Septimo. LIBRESE, por la Secretaria General de esta Corporacion, la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 24cited by 37 →T-800/14SU.039/97 — Debido Proceso. Der. A La Participacion. Integridad Etnica Y Cultural De La Comunidad Uâ´wa. Explotacion De Hidrocarburos. Occidental. Conce · cited 301 timesSU.039/971997C-175/09 — Consulta Previa De Comunidades Y Grupos Etnicos. Incumplimiento Respecto De Las Normas Que Integran El Estatuto De Desarrollo Rural · cited 253 timesC-175/092009C-030/08 — Inexequibilidad Por Omision Del Deber De Consulta Y No Por Contenido Material De La Ley. Configuración Por Vulneración Del Derecho Fundament · cited 234 timesC-030/082008SU.383/03 — Derechos A La Diversidad E Integridad Etnica Y Cultural Participacion Y Libre Desarrollo De La Personalidad. Erradicacion De Cultivos Ilicit · cited 214 timesSU.383/032003C-530/93 — Dec. 2762/91. Densidad Poblacional En San Andres Providencia Y Santa Catalina. Exequible. · cited 209 timesC-530/931993C-169/01 — Participacion En Camara De Representantes De Residentes En El Exterior. Requisitos De Candidatos · cited 179 timesC-169/012001C-461/08 — Determinacion De Proyectos O Programas Incluidos En Ley De Plan Nacional De Desarrollo Que Deben Someterse A Consulta Previa De Comunidades · cited 173 timesC-461/082008T-129/11 · cited 163 timesT-129/112011T-436/16 — Derecho A La Consulta Previa. Alcance De La Certificacion De Presencia De Comunidades Indigenas Expedida Por El Ministerio Del Interior. · cited 58 timesT-436/162016T-733/17 — Consulta Previa Y Principio De Precaucion En Materia Ambiental. Afectacion A La Salud Y Al Medio Ambiente Por Explotacion De Niquel Por Cerr · cited 52 timesT-733/172017T-005/16 — Derechos Fundamentales De Comunidad Indigena Arhuaca. Vulneracion Por Instalacion De Base Militar Y Antenas De Telecomunicaciones En Cerro E · cited 47 timesT-005/162016T-197/16 — Consulta Previa. Subreglas. · cited 44 timesT-197/162016T-236/17 — Derecho A La Consulta Previa De Indigenas Sobre Erradicacion De Cultivos Ilicitos Con Glifosato. · cited 32 timesT-236/172017SU.097/17 — Derecho A La Consulta Previa De Comunidad Raizal De La Isla De Providencia Para Desarrollar Proyecto En Torno A La Musica. · cited 31 timesSU.097/172017T-298/17 — Derecho A La Consulta Previa De Comunidad Indigena En La Explotacion Y Exploracion De Hidrocarburos. · cited 22 timesT-298/172017T-416/21 — Accion De Tutela Para La Proteccion Del Derecho A La Consulta Previa-Improcedencia Por Cuanto Medidas Adoptadas Por Autoridad Municipal Son · cited 20 timesT-416/212021
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.