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Unification ruling (SU)May 13, 2003Full bench

SU- de 2003

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alvaro Tafur Galvis

✓Claimant Organización De Pueblos Indigenas De La Amazonia Colombiana Opiac Vs. Presidencia De La Republica Y Otros

✓
Topic · hard data
Derechos A La Diversidad E Integridad Etnica Y Cultural Participacion Y Libre Desarrollo De La Personalidad. Erradicacion De Cultivos Ilicitos. Aplicación De Glifosato. Accion Popular. Proteccion Intereres Colectivos. Medio Ambiente Sano. Salubridad Publi
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Acción De Tutela
  • Orden de suspender la fumigación aérea con glifosato
  • Procedencia por existir conexidad de derechos fundamentales y colectivos
Accion Popular
  • Debe instaurarla la comunidad indígena de la Amazonía contra el programa de erradicación de cultivos ilícitos
  • Protección de condiciones ambientales y salubridad pública de pueblos indígenas
Comunidad Indigena De La Amazonia
  • Consulta debe adelantarse de buena fe
  • Consulta previa sobre erradicación de cultivos ilícitos
  • Tiene las calidades que exige el Convenio 169 de la OIT para su aplicación
  • Consulta debe ponderar los intereses generales en conflicto
  • Procedimiento para realizar la consulta previa sobre erradicación de cultivos ilícitos
Comunidad Indigena
  • Conservación de su integridad étnica y cultural
  • Consulta previa
  • Consulta previa para determinar la importancia de sus plantaciones
  • Consulta previa para ponderar los intereses en conflicto con los intereses colectivos
  • Protección de sus valores es asunto de interés general
  • Protección en el ámbito internacional
Derecho A La Consulta De Comunidad Indigena
  • No garantiza la suspensión de las fumigaciones
Derechos Fundamentales De Comunidad Indígena
  • Suspensión de fumigaciones con glifosato
  • Titularidad
  • Protección
Derecho A La Integridad Cultural De Comunidad Indigena
  • No requiere individualizarse ni escindir su existencia colectiva
Principio In Dubio Pro Natura
  • Suspensión de un producto que afecta la naturaleza
Accion De Tutela Para La Proteccion Del Derecho A La Consulta Previa
  • Único mecanismo judicial eficaz para garantizar que los pueblos indígenas sean consultados
Accion De Tutela Transitoria De Comunidad Indigena
  • Improcedencia por existir el mecanismo de las acciones populares
Derecho A La Integridad Étnica Y Cultural De Comunidad Indígena
  • No requiere individualizarse ni escindir su existencia colectiva
Cultivos Ilicitos
  • Erradicación no debe realizarse mediante fumigación aérea
Derecho A La Consulta Previa De Comunidad Indigena
  • Concertación entre el Estado y la comunidad indígena
Derechos Fundamentales
  • Vulneración por fumigación con glifosato
Derecho De Los Pueblos Indigenas A La Consulta Previa
  • Desarrollo legislativo
  • Desarrollo normativo y jurisprudencial
Principio De Precaucion
  • Debe hacerse efectivo por las autoridades
Territorio Indigena Del Amazonas
  • Delimitación geográfica debe ser objeto de consulta
18 topics · 32 subtopics · source: case-law reporter's topic index
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (9 points)
  1. Primero. REVOCAR PARCIALMENTE los fallos proferidos por el Juzgado Quince Civil del Circuito de Bogota, y por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogota el 3 de agosto y el 12 de septiembre del 2001 respectivamente, en su lugar TUTELAR los derechos fundamentales a la diversidad e integridad etnica y cultural, a la participacion y al libre desarrollo de la personalidad de los pueblos indigenas y tribales de la amazonia colombiana.
  2. Y confirmar las decisiones en el sentido de negar la proteccion de los intereses colectivos a la vida, a la salud y a un ambiente sano, impetrada por la Organizacion de los Pueblos Indigenas y Tribales de la amazonia colombiana contra la Presidencia de la Republica, los Ministerios del Interior y de Ambiente, el Consejo Nacional de Estupefacientes, la Direccion Nacional de Estupefacientes y la Policia Nacional.
  3. Segundo. En consecuencia ORDENAR a la Presidencia de la Republica, a los Ministerios del Interior y la Justicia, y de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, al Consejo Nacional de Estupefacientes y a cada uno de sus integrantes, a la Direccion Nacional de Estupefacientes y a la Policia Nacional, consultar de manera efectiva y eficiente a los pueblos indigenas y tribales de la amazonia colombiana sobre las decisiones atinentes al Programa de Erradicacion de Cultivos Ilicitos que las entidades mencionadas adelantan en sus territorios, en los aspectos que a cada una de dichas entidades compete, "con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas", con plena observancia de los principios y reglas contenidos en el Convenio 169 de la OIT, aprobado por la Ley 21 de 1991.
  4. Tercero. El procedimiento de consulta debera iniciarse y culminar en el plazo de tres (3) meses, contados a partir de la notificacion de esta decision. Las entidades antes nombradas deberan someter a consideracion de las autoridades de los pueblos indigenas y de las organizaciones que los representan, dentro de los treinta dias siguientes a la notificacion de esta providencia, entre otros temas, i) el procedimiento y los terminos en que se adelantaran las consultas, ii) el ambito territorial de las mismas, y iii) la determinacion de los medios adecuados para adelantar en el ambito territorial respectivo la erradicacion de los cultivos ilicitos ya sea mediante la aspersion aerea o por otro metodo alternativo, siempre y cuando que uno y otros garanticen en forma efectiva y eficiente los derechos fundamentales que mediante esta providencia se amparan.
  5. Cuarto. Las autoridades a las que se refiere la presente decision, deberan, en la adopcion de las medidas pertinentes, como resultado de las consultas a los pueblos indigenas y tribales de la amazonia colombiana, considerar y ponderar la efectiva proteccion de los derechos fundamentales amparados, asi como la garantia de los derechos fundamentales de los miembros de los pueblos indigenas y de los demas habitantes de los respectivos territorios -tales como el derecho a la vida e integridad personal, al libre desarrollo de la personalidad, a la seguridad y a la salud-, el interes general de la nacion colombiana y las potestades inherentes al Estado colombiano para definir y aplicar de manera soberana y autonoma la politica criminal y dentro de ella planes y programas de erradicacion de los cultivos ilicitos.
  6. Quinto. Vincular a la Defensoria del Pueblo, para que en ejercicio de las funciones que le asigna el articulo 282 de la Constitucion Politica asesore y acompane a los pueblos indigenas y tribales de la amazonia colombiana, a sus representantes y autoridades en las consultas que les deberan ser formuladas; asesoria y acompanamiento que se prestara a partir de la notificacion de esta providencia, si los pueblos indigenas o sus representantes asi lo solicitan. Oficiese.
  7. Sexto. Vincular a la Procuraduria General de Nacion para que en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales ejerza la vigilancia que le compete, respecto del cumplimiento de esta decision por parte de las entidades accionadas. Oficiese.
  8. Septimo. Ordenar que por Secretaria se de cumplimiento al articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  9. Octavo. Levantar los terminos que se encuentran suspendidos.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 26cited by 214 →SU.383/03SU.039/97 — Debido Proceso. Der. A La Participacion. Integridad Etnica Y Cultural De La Comunidad Uâ´wa. Explotacion De Hidrocarburos. Occidental. Conce · cited 301 timesSU.039/971997T-652/98 — Der. A La Integridad Territorial. Der. Al Minimo Vital. Explotacion De Recursos Naturales En Territorio Indigena. Pueblo Embera-Katio. Urra. · cited 196 timesT-652/981998T-380/93 — Explotacion Ilicita De Maderas. Recursos Naturales. Diversidad Etnica Y Cultural. Agencia Oficiosa. Concedida Parcialmente. · cited 193 timesT-380/931993C-251/02 — Ley De Seguridad Nacional. Libertad Legislativa. Reserva De Ley Estatutaria. Planeamiento Estrategico. Entidades Territoriales. Teatro De Op · cited 179 timesC-251/022002C-169/01 — Participacion En Camara De Representantes De Residentes En El Exterior. Requisitos De Candidatos · cited 179 timesC-169/012001SU.510/98 — Libertad De Cultos. Der. A La Identidad E Integridad Cultural. Minorias Evangelicas En La Comunidad Arhuaca. Negada · cited 163 timesSU.510/981998C-606/92 — Ley 70/79. Arts. 2 Parcial 4 8 Parcial 9 10 Y 11. Profesion De Topografo. Derecho Al Trabajo. Libertad De Escoger Oficio. Exequibles. Sa · cited 148 timesC-606/921992T-349/96 — Diversidad Cultural. Der. A La Vida. Debido Proceso. Principio De Legalidad De La Pena. Indigena Embera Chami. Concedida Parcialmente. · cited 129 timesT-349/961996C-175/09 — Consulta Previa De Comunidades Y Grupos Etnicos. Incumplimiento Respecto De Las Normas Que Integran El Estatuto De Desarrollo Rural · cited 253 timesC-175/092009C-030/08 — Inexequibilidad Por Omision Del Deber De Consulta Y No Por Contenido Material De La Ley. Configuración Por Vulneración Del Derecho Fundament · cited 234 timesC-030/082008T-778/05 · cited 191 timesT-778/052005C-461/08 — Determinacion De Proyectos O Programas Incluidos En Ley De Plan Nacional De Desarrollo Que Deben Someterse A Consulta Previa De Comunidades · cited 173 timesC-461/082008T-129/11 · cited 163 timesT-129/112011C-208/07 — Derecho De Las Comunidades Indigenas A La Identidad Educativa. Derecho A Recibir Educación Especial · cited 147 timesC-208/072007T-376/12 · cited 138 timesT-376/122012C-463/14 — Autonomia Jurisdiccional De Pueblos Indigenas Para Resolver Conflictos Por Autoridades Propias Y Segun Normas Y Procedimiento Establecido Po · cited 134 timesC-463/142014
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.