C-461 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant Jesus Enrique Piñacue Achicue
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Requisitos de tiempo, modo y lugar
- Secuencia y requisitos para su realización
- Reglas jurisprudenciales
- Reiteración de doctrina constitucional
- Fijó como obligatoria la consulta de las comunidades indígenas y tribales que pudieran afectarse con medidas legislativas
- Prevé una manifestación del derecho de participación de las comunidades indígenas en el trámite de adopción de medidas legislativas o administrativas que las puedan afectar
- Responsabilidad del gobierno Nacional
- Naturaleza especial por su contenido de generalidad y especificidad
- Representación en órgano encargado de preparar el proyecto de plan nacional de desarrollo no suple el deber de consulta previa de proyectos concretos incluidos en el mismo
- Impone la verificación de un procedimiento cuya ausencia se proyecta sobre la materialidad de la misma ley
- Consecuencias jurídicas
- Impide que se hagan efectivas las medias adoptadas
- Diferencias
- Mecanismos del régimen democrático para expresar y hacer valer posiciones y puntos de vista
- Procedencia de la tutela para la protección de derechos fundamentales colectivos de los pueblos indígenas y de sus miembros individualmente considerados
- Carácter de etnia
- Obligación impuesta al Estado cada vez que se vayan a adoptar medidas susceptibles de afectarles directamente
- Hace parte del bloque de constitucionalidad
- Constituye un vicio de inconstitucionalidad que afecta la validez de la ley
- Inconstitucionalidad se resuelve excluyendo a tales comunidades del ámbito de aplicación de la ley o adoptando medidas para subsanar la omisión
- Aplicación
- Constitucionalidad condicionada
- Contempla ejecución de proyectos que inciden en comunidades indígenas o afrodescendientes, por lo que existe la obligación de realizar su consulta previa
- Razones por las que no resulta procedente declarar inexequible la ley al evidenciarse la falta de consulta previa a las comunidades indígenas y afrodescendientes
- Omisión del deber estatal de consulta previa a comunidades y grupos étnicos que pueden resultar afectados por normas del plan
- Protección especial al derecho de participación en decisiones que los afectan
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Ley 1151 de 2007.
Se expide el plan nacional de desarrollo 2006-2010.<br>el demandante señala que la preceptiva en su integridad desconoce el convenio 169 de la oit, habida cuenta que no se sometio el proyecto de ley del plan nacional de desarrollo a consulta previa con los pueblos indigenas.<br>el deber de realizar consulta previa a los pueblos indigenas respecto de las medidas que les puedan afectar directamente.
La especial naturaleza de la ley del plan nacional de desarrollo y de su proceso de formacion frente al deber de realizacion de consulta previa.
Los requisitos de la consulta previa a cada comunidad etnica afectada directa y especificamente por un proyecto determinado.<br>una lectura detallada de las distintas disposiciones contenidas en la ley 1151 de 2007 revela que estas preven varios proyectos susceptibles de incidir de manera directa y especifica sobre pueblos indigenas o comunidades afrodescendientes que residen en las zonas donde estos habran de ser ejecutados, por lo que resulta diafano advertir que, respecto de cada uno de estos proyectos individuales, si existe una obligacion estatal especifica de realizar consulta previa, en su integridad y con pleno cumplimiento de los requisitos constitucionales precisados por la jurisprudencia constitucional.
No obstante lo anterior, no resulta procedente declarar inexequible como un todo la ley 1151, por cuanto esta contiene numerosas disposiciones en relacion con las cuales no existe el deber estatal de adelantar consulta previa con los grupos indigenas, por lo que la decision adoptada en el presente proceso se circunscribira a las disposiciones especificas contenidas en la ley del plan nacional de desarrollo que puedan afectar en forma directa y especifica a dichos grupos o comunidades de las zonas donde se habran de implementar.<br>exequible la ley 1151 de 2007, en el entendido de que se suspendera la ejecucion de cada uno de los proyectos, programas o presupuestos plurianuales incluidos en la misma que tengan la potencialidad de incidir directa y especificamente sobre pueblos indigenas o comunidades etnicas afrodescendientes, hasta tanto se realice en forma integral y completa la consulta previa especifica exigida por el bloque de constitucionalidad, de conformidad con las pautas trazadas para ello por la jurisprudencia constitucional.
What it decided
Holdings on Ley 1151/07. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLE la Ley 1151 de 2007, en el entendido de que se suspendera la ejecucion de cada uno de los proyectos, programas o presupuestos plurianuales incluidos en la misma que tengan la potencialidad de incidir directa y especificamente sobre pueblos indigenas o comunidades etnicas afrodescendientes, hasta tanto se realice en forma integral y completa la consulta previa especifica exigida por el bloque de constitucionalidad, de conformidad con las pautas trazadas para ello por la jurisprudencia constitucional
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.