JurídicoESEN
Unification ruling (SU)February 16, 2017Full bench

SU- de 2017

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice María Victoria Calle Correa

✓Claimant Carmelina Newball Bryan·Respondent Ministerio De Cultura Y Otros

✓
Topic · hard data
Derecho A La Consulta Previa De Comunidad Raizal De La Isla De Providencia Para Desarrollar Proyecto En Torno A La Musica.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Accion De Tutela Para La Proteccion Del Derecho A La Consulta Previa
  • La naturaleza del asunto en debate era meramente técnica y, por esa razón, no incidía ni afectaba directamente los derechos del pueblo raizal
  • Único mecanismo judicial eficaz para garantizar que los pueblos indígenas sean consultados
Consulta Previa
  • Afectación directa para determinar su procedencia
  • Alcance y subreglas
  • Ámbito material de procedencia
Derecho A La Consulta Previa
  • Fundamentos normativos
  • Orden al Ministerio del Interior iniciar proceso de consulta previa con representantes del pueblo raizal de la Isla de Providencia para desarrollar proyectos en torno a la música
Participacion Y Territorio Raizal
  • La comunidad participó activamente e intervino en la defensa de aspectos propios de su identidad
  • Jurisprudencia constitucional
  • No hay relación entre el elemento territorial y el modelo de sostenibilidad de un complejo cultural
Consulta Previa Al Pueblo Raizal
  • Precedente relevante en la Sentencia T-800 de 2014
Diversidad Del Pueblo Raizal
  • Decisiones constitucionales del período 1994-1999
Regimen Especial De Control De Densidad Poblacional En Archipielago De San Andres
  • Alcance dado en sentencia C-530/93 al Decreto 2762 de 1991
Convenio 169 De La Oit Y Bloque De Constitucionalidad
  • Fundamento del derecho a la consulta previa
Pueblos Indigenas
  • Titulares de derechos fundamentales y sujetos de especial protección constitucional
13 topics · 19 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Los accionantes, quienes pertenecen al pueblo raizal de Providencia, consideran que las entidades demandadas vulneraron su derecho fundamental a la consulta previa, al no haber agotado dicho trámite respecto del convenio suscrito en el marco de un proyecto conjunto para fortalecer la industria musical dentro del Archipiélago.

Concretamente, el convenio mencionado tiene por objeto diseñar e implementar un esquema de operación, mantenimiento y funcionamiento del Complejo Cultural Midnight Dream, así como la capacitación de agentes locales para su operación, en el marco más amplio de preservar, fortalecer y promocionar la cultura isleña, dentro de la política pública denominada Plan Fronteras para la Prosperidad.

Se aborda la siguiente temática: 1º.

Elementos culturales del pueblo raizal y el déficit jurisprudencial que se percibe en la protección de sus derechos. 2º.

Contenido y alcance del derecho a la consulta previa y, 3º.

La protección especial de la que es titular el pueblo raizal del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

Se CONCEDE.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (11 points)
  1. Primero. Levantar la suspension de terminos ordenada en el proceso T-5618422.
  2. Segundo. REVOCAR la sentencia proferida, en segunda instancia, por la Seccion Segunda, Subseccion "A" del Consejo de Estado el catorce (14) de abril de dos mil dieciseis (2016) que nego el amparo invocado dentro de accion de tutela presentada por Carmelina Newball y otros134 contra el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Cultura, el Fondo Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres representada por la Fiduciaria La Previsora S.A., el municipio de Providencia y Santa Catalina y el Consorcio Teatro R101-Llorona conformado por la Fundacion para el Desarrollo Gestion y Difusion Cultural Llorona y la entidad sin animo de lucro Teatro R101. En su lugar CONCEDER el amparo del derecho fundamental a la consulta previa.
  3. Tercero. SUSPENDER la ejecucion del convenio de asociacion No. 9677-SAPII0013-445-2015 suscrito entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Cultura, el Fondo Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres representada por la Fiduciaria La Previsora S.A., el municipio de Providencia y Santa Catalina y el Consorcio Teatro R101-Llorona.
  4. Cuarto. ORDENAR a las autoridades administrativas vinculadas a este tramite que, de forma inmediata a la notificacion de esta providencia, adelanten las acciones necesarias y conducentes para la suscripcion de actas parciales de obra a traves de las cuales se establezca y reconozca el costo de las obligaciones ejecutadas hasta la fecha por el contratista.
  5. Quinto. ORDENAR al Ministerio del Interior que inicie un proceso de consulta previa con un comite compuesto por representantes del pueblo raizal de la Isla de Providencia y Santa Catalina, mediante un procedimiento previamente consultado (preconsulta), establezca los criterios de diseno, e implementacion futura del esquema de operacion, funcionamiento y mantenimiento del complejo cultural Midnight Dream, asi como las condiciones que debera acreditar su operador.
  6. Para implementar las medidas correspondientes, debera contarse con el consentimiento previo, libre e informado del pueblo raizal.
  7. De la anterior actuacion se informara a la Sala Unica del Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Andres, Providencia y Santa Catalina para que en el termino de diez (10) dias evalue el proceso de consulta adelantado.
  8. Sexto. PREVENIR al Municipio de Providencia para que, en el futuro, se abstenga de permitir cualquier medida administrativa que intervenga sobre los territorios habitados por comunidades raizales, sin agotar el requisito de consulta previa en las condiciones precisadas en esta providencia.
  9. Septimo. SOLICITAR a la Defensoria del Pueblo y a la Procuraduria General de la Nacion que brinden su apoyo y acompanamiento al proceso de consulta dispuesto en esta providencia y que vigilen el pleno cumplimiento del presente fallo, con el fin de garantizar de manera efectiva los derechos aqui protegidos. Para el anterior efecto, por las Secretaria General de esta Corporacion oficiese a las entidades referenciadas.
  10. Octavo. ORDENAR al Ministerio del Interior que adelante los tramites pertinentes para la traduccion de esta sentencia al idioma ingles, en un termino improrrogable de 15 (dias) comunes, contados desde su notificacion.
  11. Noveno. LIBRESE, por la Secretaria General de esta Corporacion, la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
Partial dissentGloria Stella Ortiz Delgado
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 42cited by 31 →SU.097/17SU.039/97 — Debido Proceso. Der. A La Participacion. Integridad Etnica Y Cultural De La Comunidad Uâ´wa. Explotacion De Hidrocarburos. Occidental. Conce · cited 301 timesSU.039/971997C-175/09 — Consulta Previa De Comunidades Y Grupos Etnicos. Incumplimiento Respecto De Las Normas Que Integran El Estatuto De Desarrollo Rural · cited 253 timesC-175/092009C-030/08 — Inexequibilidad Por Omision Del Deber De Consulta Y No Por Contenido Material De La Ley. Configuración Por Vulneración Del Derecho Fundament · cited 234 timesC-030/082008SU.383/03 — Derechos A La Diversidad E Integridad Etnica Y Cultural Participacion Y Libre Desarrollo De La Personalidad. Erradicacion De Cultivos Ilicit · cited 214 timesSU.383/032003C-530/93 — Dec. 2762/91. Densidad Poblacional En San Andres Providencia Y Santa Catalina. Exequible. · cited 209 timesC-530/931993T-380/93 — Explotacion Ilicita De Maderas. Recursos Naturales. Diversidad Etnica Y Cultural. Agencia Oficiosa. Concedida Parcialmente. · cited 193 timesT-380/931993C-169/01 — Participacion En Camara De Representantes De Residentes En El Exterior. Requisitos De Candidatos · cited 179 timesC-169/012001T-129/11 · cited 163 timesT-129/112011T-307/18 — Accion De Tutela En Materia De Consulta Previa A Comunidades Indigenas. Improcedencia. · cited 59 timesT-307/182018T-733/17 — Consulta Previa Y Principio De Precaucion En Materia Ambiental. Afectacion A La Salud Y Al Medio Ambiente Por Explotacion De Niquel Por Cerr · cited 52 timesT-733/172017SU.011/18 — Concurso De Meritos De Etnoeducadores. Aval De Reconocimiento Cultural. · cited 39 timesSU.011/182018SU.133/17 — Derecho De Los Mineros De Marmato A Participar En La Adopcion De Decisiones Que Autorizaron La Cesion De Los Derechos Mineros Sobre Titulo C · cited 33 timesSU.133/172017T-281/19 — Derecho A La Consulta Previa. Afectacion Directa Para Determinar Su Procedencia. · cited 27 timesT-281/192019T-444/19 — Pluralismo Juridico, Multiculturalismo, Identidad Y Autonomia Etnica, Consulta Previa Y Afectación Directa. · cited 26 timesT-444/192019T-103/18 — Derecho A La Consulta Previa De Comunidad Indigena. Vulneracion Por Supersalud Al Trasladar A Los Usuarios De Epsi Intervenida A Otras Eps Q · cited 24 timesT-103/182018T-080/18 — Proteccion Especial A Los Niños Indigenas. Vulneracion Por Problemas De Desnutricion, Desatencion En Salud Y Fallecimeinto De Menores. · cited 23 timesT-080/182018
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.