T-661 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Claudia Ines Herrera Diaz Del Castillo Como Agente Oficioso De German Herrera Jimenez·Respondent Conjunto Residencial Colinas De San Jorge, Martha Ramirez Y Manuel Quintero, Como Administradora Y Presidente Del Consejo Residencial Colinas De San Jorge
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Administrador de Conjunto residencial debe permitir el ingreso de camión que transporta oxígeno a anciano de 85 años con problemas de salud
- Inaplicación de manual de convivencia de conjunto residencial en relación con la prohibición de ingreso de vehículos de servicio público y de vehículos de más de seis toneladas de peso bruto
- Límites constitucionales y legales
- Inaplicación del manual de convivencia cuando contraria la Constitución
- Límites constitucionales y legales
- Facultades
- Procedencia en casos de conflictos entre habitantes de copropiedad o bienes sometidos al régimen de propiedad horizontal, cuando afecta derechos fundamentales
- Protección constitucional especial
- Coexistencia de unidades privadas y comunes
- Constitución
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la salud y a la vida de persona de la tercera edad que padece de fibrosis pulmonar y de arritmia cardiaca, a quien los representantes del conjunto residencial donde habita no permiten el ingreso del vehiculo que le suministra el oxigeno que requiere las 24 horas del dia, como quiera que en el manual de convivencia expedido por el conjunto se prohibio el ingreso de vehiculos de mas de 6 toneladas de peso, por lo que se le sugirio transportar el cilindro de oxigeno desde la entrada del conjunto hasta la residencia.<br>solicita se ordene el ingreso del vehiculo de carga que suministra el termo de oxigeno liquido que requiere permanentemente por su delicado estado de salud.<br>procedencia de la accion de tutela contra particulares que administran conjuntos residenciales en caso de presentarse controversias con respecto a reglamentos de copropiedad si estos vulneran derechos fundamentales.
Caracter fundamental del derecho a la salud cuando se trata de personas de la tercera edad.
Las facultades para regular las zonas comunes no debe limitar arbitrariamente los derechos fundamentales.<br>las juntas administradoras y los demas organos de la copropiedad no pueden contrariar el principio de la dignidad humana, el cual es una condicion para el ejercicio de la libertad y la seguridad, ni estan facultadas para impedir la satisfaccion minima de las condiciones de existencia vital para los habitantes, pues se encuentran sujetos a parametros constitucionales y legales entre los cuales sobresale el respeto a los derechos fundamentales de los residentes.<br>concedida.
Se inaplica la prohibicion de ingreso de vehiculos de mas de 6 toneladas contemplada en el manual de convivencia adoptado por la asamblea general de copropietarios y se ordena a la administracion del conjunto tomar las medidas locativas y de adecuacion necesarias que permitan el ingreso del vehiculo hasta la residencia del tutelante.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Octavo. Civil Municipal y el Juzgado Veintiuno Civil del Circuito ambos de Bogota, el 27 de noviembre de 2007 y el 30 de enero de 2008 respectivamente, para decidir la accion de tutela instaurada por Claudia Ines Herrera Diaz del Castillo como agente oficioso de German Herrera Jimenez contra el Conjunto Residencial Colinas de San Jorge, Martha Ramirez y Manuel Quintero, como administradora y presidente del Consejo Residencial Colinas de San Jorge.
- Segundo. CONCEDER al senor German Herrera Jimenez el amparo de sus derechos fundamentales a la salud y a la vida.
- En consecuencia ORDENAR a la Administracion del Conjunto Residencial Colinas de San Jorge que inmediatamente sea notificada la presente sentencia, permita el ingreso del camion que transporta el oxigeno del senor German Herrera Jimenez, y tome las medidas locativas y de adecuacion del conjunto que permitan el ingreso hasta la vivienda del actor, del Termo Oxigeno Liquido -Helios Reservor, que le fue ordenado.
- TERCERO. INAPLICAR para el caso concreto la prohibicion de ingreso de vehiculos de servicio publico y vehiculos de mas de mas de seis (6) toneladas de peso bruto al conjunto residencial Colinas de San Jorge contemplada en el Manual de Convivencia adoptado por la Asamblea General de Copropietarios en su sesion de diciembre de 200451.
- CUARTO. Librese por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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