JurídicoESEN
Tutela ruling (T)July 27, 2012

T-595 de 2012

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Nilson Elías Pinilla Pinilla

✓Claimant Jaime Enrique Camelo Daza·Respondent Instituto De Seguros Sociales

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Acción De Tutela
  • Reconocimiento excepcional de prestaciones sociales
Derecho A La Pension
  • Fundamental cuando está íntimamente relacionado con la vida, integridad física, trabajo y mínimo vital
Derecho A La Seguridad Social, Igualdad, Minimo Vital Y Vida Digna
  • Expedir resolución de reconocimiento de la pensión de invalidez
Principio De Igualdad Material
  • Tratamiento preferencial de personas en situación de vulnerabilidad
Aplicacion Del Principio De La Condicion Mas Beneficiosa A La Pension De Invalidez
  • Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia
  • Jurisprudencia constitucional
Pensión De Invalidez
  • Marco normativo
  • Requisitos para obtener reconocimiento y pago
Accion De Tutela Contra Instituto De Seguros Sociales
  • Reconocimiento y pago de la pensión de invalidez con retroactivo no prescrito
Derecho A La Pension De Personas Con Discapacidad
  • Procedencia de la acción de tutela
Principio De La Condicion Mas Beneficiosa
  • Reiteración de jurisprudencia
Principio De La Condicion Mas Beneficiosa En Materia Pensional
  • Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia
13 topics · 15 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Seguridad social, igualdad, mínimo vital, vida digna.

Se presenta la acción de tutela contra el Instituto de Seguros Sociales, por haber negado la pensión de invalidez al accionante, no obstante dictaminarle una pérdida de la capacidad laboral de 67.35% y haber cotizado el actor 785 semanas antes de la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993.

La accionada fundamentó la negativa en la falta de acreditación de 50 semanas de cotización dentro de los tres años anteriores al momento de la estructuración de la invalidez.

La Sala se pronuncia sobre la siguiente temática: 1º.

Procedencia de la tutela para personas de especial protección constitucional. 2º.

Reconocimiento excepcional de prestaciones sociales mediante la acción constitucional. 3º.

Derecho a la pensión de invalidez y 4º.

Principio de la condición más beneficiosa.

Se CONCEDE el amparo solicitado y se ordena al ISS expedir la resolución de reconocimiento de la pensión de invalidez.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (3 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia dictada en febrero 24 de 2012 por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, que confirmo la proferida en diciembre 6 de 2011por el Juzgado 3deg Laboral del Circuito de esta ciudad, mediante la cual nego el amparo pedido por el senor Jaime Enrique Camelo Daza contra el Instituto de Seguros Sociales, ISS.
  2. Segundo. En su lugar, se dispone TUTELAR los derechos fundamentales a la seguridad social, la igualdad, el minimo vital y la vida digna del demandante, ordenando al Instituto de Seguros Sociales, ISS, por conducto del Gerente II del Centro de Atencion al Pensionado de la Seccional Cundinamarca y D.C, que si aun no lo ha efectuado, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta sentencia expida la resolucion de reconocimiento de la pension de invalidez del senor Jaime Enrique Camelo Daza, en la suma que corresponda, que empezara a pagar en la periodicidad debida y cubrira retroactivamente, en lo que no este prescrito, en un termino no superior a los diez (10) dias habiles subsiguientes.
  3. Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.