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Tutela ruling (T)January 21, 2014

T-012 de 2014

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

✓Claimant Julio Cesar Parra Y Otros·Respondent Iss Y Otros

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Comite De Derechos Economicos, Sociales Y Culturales De Las Naciones Unidas
  • Derechos de las personas con limitaciones físicas, funcionales, psíquicas y sensoriales
Pension De Invalidez
  • Casos de personas que presentan una pérdida de capacidad laboral superior al 50% y se les niega el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez bajo el argumento de no cumplir con el requisito de semanas de cotización
  • Orden a Colpensiones expedir una nueva resolución que resuelva la solicitud de reconocimiento de la pensión de invalidez aplicando el decreto 758 de 1990
  • Evolución de los requisitos
  • Orden a Horizonte Pensiones y Cesantías estudiar nuevamente solicitud de reconocimiento de la pensión de invalidez aplicando la Ley 860 de 2003
Sujetos De Especial Protección Constitucional
  • Personas con limitaciones físicas, funcionales, psíquicas y sensoriales
Principio De La Condicion Mas Beneficiosa Al Trabajador
  • Aplicación del principio de favorabilidad en materia laboral
8 topics · 10 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

La vulneración de derechos fundamentales se predica de la negativa para reconocer y pagar las pensiones de invalidez solicitadas por el actor, oponiendo el incumplimiento de los presupuestos legales para acceder a esta prestación.

Se analizan los siguientes temas: Contenido del derecho fundamental a la seguridad social en pensiones y la importancia de la pensión de invalidez.

Protección constitucional reforzada de los sujetos de especial protección constitucional como las personas con discapacidad o con alguna enfermedad grave.

Doctrina de la condición más beneficiosa en asuntos laborales, en tanto es un criterio dominante en las solicitudes de tutela.

Requisitos para acceder a la pensión de invalidez.

Se CONCEDE la tutela a los derechos a la seguridad social y al mínimo vital de los actores y se imparten una se imparten una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo el goce de los mismos.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrio Judicial de Pereira el 9 de agosto 2013. En su lugar, CONCEDER la tutela de los derechos a la seguridad social y minimo vital del senor JULIO CESAR PARRA. En consecuencia, DEJAR SIN EFECTO la Resolucion No. GNR 048125 del 26 de marzo de 2013 y todas aquellas que hayan negado la prestacion por invalidez al accionante.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones, que en el termino de cinco dias siguientes a la notificacion de este fallo, expida una nueva resolucion que resuelva la solicitud de reconocimiento de la pension de invalidez pero aplicando para el efecto el articulo 6deg del decreto 758 de 1990 que aprobo el acuerdo 49 del mismo ano en su version original. Ademas, se ordena, que dentro de los diez (10) dias siguientes a su reconocimiento se pague la respectiva pension en el monto que le corresponda de acuerdo a la normatividad aplicable al caso, asi como las mesadas atrasadas a que tenga derecho so pena de incurrir en las sanciones que contempla el articulo 52 del Decreto 2591 de 1991. En el cumplimiento de esta sentencia debera tenerse en cuenta lo dispuesto, para efecto de reconocimientos pensionales, por el Auto 110 de 2013 proferido por esta Corporacion.
  3. TERCERO. REVOCAR la sentencia de 24 de julio de 2013 proferida por el Tribunal Superior de Buga. CONCEDER la tutela de los derechos a la seguridad social y minimo vital del senor GABRIEL ANTONIO MARTINEZ JARAMILLO. En consecuencia, DEJAR SIN EFECTO la Resolucion No. 13921 del 2008 y todas aquellas que hayan negado la prestacion por invalidez al accionante.
  4. CUARTO. ORDENAR a la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones, que en el termino de cinco dias siguientes a la notificacion de este fallo, expida una nueva resolucion que resuelva la solicitud de reconocimiento de la pension de invalidez del senor Gabriel Antonio Martinez Jaramillo, pero aplicando para el efecto el articulo 6deg del decreto 758 de 1990 que aprobo el acuerdo 49 del mismo ano en su version original. Ademas, se ordena, que dentro de los diez (10) dias siguientes a su reconocimiento se pague la respectiva pension en el monto que le corresponda de acuerdo a la normatividad aplicable al caso, asi como las mesadas atrasadas a que tenga derecho so pena de incurrir en las sanciones que contempla el articulo 52 del Decreto 2591 de 1991. En el cumplimiento de esta sentencia debera tenerse en cuenta lo dispuesto, para efecto de reconocimientos pensionales, por el Auto 110 de 2013 proferido por esta Corporacion.
  5. QUINTO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Cuarenta y dos Civil del Circuito de Bogota. CONCEDER la tutela de los derechos a la seguridad social y minimo vital del senor JOSE SIMEON ENCISO AVILA. En consecuencia, DEJAR SIN EFECTO el concepto el concepto emitido en la comunicacion EPJTP 12-7264 del 26 de diciembre de 2012 y todos aquellos que negaron la pension de invalidez del accionante.
  6. SEXTO. ORDENAR Horizonte Pensiones y Cesantias que en el termino de cinco dias siguientes a la notificacion de este fallo, estudie nuevamente la solicitud de reconocimiento de la pension de invalidez del senor Jose Simeon Enciso Avila aplicando para el efecto lo dispuesto en el articulo
  7. primero. de la Ley 860 de 2003, en punto a las 50 semanas de cotizacion exigidas en la norma y de acuerdo a las consideraciones expuestas en esta sentencia. Horizonte debera comunicar esa decision a las aseguradoras Mapfre y Colpatria para lo pertinente. Ademas, se ordena que dentro de los diez (10) dias siguientes a su reconocimiento se pague la respectiva pension en el monto que le corresponda de acuerdo a la normatividad aplicable al caso, asi como las mesadas atrasadas a que tenga derecho so pena de incurrir en las sanciones que contempla el articulo 52 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 19cited by 26 →T-012/14T-043/07 · cited 362 timesT-043/072007T-198/06 · cited 312 timesT-198/062006C-428/09 — Requisito De Semanas De Cotizacion Para Pension De Invalidez. Aumento En El Número De Semanas No Vulnera Principio De Progresividad Del Dere · cited 303 timesC-428/092009C-168/95 — Ley 100/93. Arts 11 Y 36 Parciales. Y 288. Campo De Aplicacion. Regimen De Transicion. Exequibles E Inexequibles. · cited 259 timesC-168/951995T-378/97 — Der. Al Minimo Vital. Der. A La Igualdad. Tutela Transitoria. Sustitucion Pensional Vitalicia. Concedida. · cited 199 timesT-378/971997T-200/07 · cited 122 timesT-200/072007T-658/08 · cited 118 timesT-658/082008T-884/06 · cited 93 timesT-884/062006SU.442/16 — Unificacion De Jurisprudencia En Materia De Condicion Mas Beneficiosa Aplicada A Pension De Invalidez. · cited 61 timesSU.442/162016T-065/16 — Principio De La Condicion Mas Beneficiosa En Aplicacion De Normas Sobre Pension De Invalidez. · cited 36 timesT-065/162016T-194/16 — Pension De Invalidez. Regimen Juridico. Derecho A Esta Prestacion En Casos De Enfermedades Cronicas, Degenerativas O Congenitas. · cited 29 timesT-194/162016T-235/15 · cited 27 timesT-235/152015T-350/15 — Pension De Sobrevivientes A Hijo Con Discapacidad. Calificacion Con Fecha De Estructuracion Posterior A Fallecimiento De Causante. · cited 26 timesT-350/152015T-295/15 · cited 22 timesT-295/152015T-717/15 — Principio De La Condicion Mas Beneficiosa En Casos De Pension De Invalidez. · cited 19 timesT-717/152015T-716/15 — Pension De Invalidez A Personas · cited 17 timesT-716/152015
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.