T-065 de 2016
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Claimant Reinaldo Bonilla Colonia Y Otros·Respondent Juzgado 24 Laboral Del Circuito De Bogota Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Reglas jurisprudenciales aplicables ante la negativa del reconocimiento y pago en razón del tránsito normativo
- Aplicación del régimen de transición frente a medidas regresivas que afecten a sujetos de especial protección
- Inexistencia de régimen de transición a favor de las personas que han cotizado durante la vigencia de las modificaciones legales para el reconocimiento
- Evolución normativa en relación con los requisitos para su obtención
- Inexistencia
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Procedencia por desconocimiento del precedente respecto a inaplicar régimen vigente por cuanto norma anterior Decreto 758/90 resulta más favorable para obtener pensión de invalidez
- Procedencia excepcional por afectación al mínimo vital y vida digna de sujetos de especial protección
- Jurisprudencia constitucional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
En tres acciones de tutela presentadas de manera independiente se reclama la protección de los derechos fundamentales que se consideran vulnerados, en virtud de la falta de reconocimiento y pago de la pensión de invalidez reclamada por los actores luego de ser calificados con una pérdida de capacidad laboral superior al 50%.
La negativa se argumentó en el incumplimiento del requisito de reunir 50 semanas de aportes en los tres años previos a la fecha de estructuración de la invalidez.
Se analizan los siguientes temas: 1º.
Requisitos generales y específicos de tutela contra providencia judicial. 2º.
Procedencia de la acción de tutela para el reconocimiento de la pensión de invalidez. 3º.
Evolución legislativa de la pensión de invalidez, en particular, la regulación del Decreto 758 de 1990 –que aprobó el Acuerdo No. 049 de 1990-, la Ley 100 de 1993 y la Ley 860 de 2003 y, 4º.
Las reglas jurisprudenciales sobre aplicación del principio de condición más beneficiosa ante la ausencia de un régimen de transición en materia de pensión de invalidez.
Se CONCEDE la protección invocada.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (11 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia del 3 de septiembre de 2015, proferida por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, que confirmo la decision de la Sala Laboral de la misma Corporacion, en el sentido de negar la accion de tutela presentada por Reinaldo Bonilla Colonia. En su lugar CONCEDER amparo al derecho al debido proceso del actor. (Expediente T-5.161.226).
- SEGUNDO. En consecuencia, ORDENAR a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, que en un plazo maximo de diez (10) dias habiles contados a partir de la notificacion del presente fallo emita una nueva sentencia, acorde con el precedente de la Corte Constitucional en el proceso del senor Reinaldo Bonilla Colonia, teniendo en cuenta las consideraciones de esta providencia.
- TERCERO. REVOCAR el fallo del 29 de julio de 2015, emitido por el Juzgado Veinticuatro Administrativo de Bogota que nego el amparo solicitado por Reinaldo David Catano. En su lugar, CONCEDER la proteccion al derecho al minimo vital y a la seguridad social del accionante. (Expediente T-5.169.150).
- CUARTO. En consecuencia, ORDENAR al representante legal de COLPENSIONES que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, reconozca la pension de invalidez del senor Reinaldo David Catano.
- QUINTO. REVOCAR el fallo del 21 de agosto de 2015 de la Sala de decision Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia, que confirmo el fallo del Juzgado
- Primero. de Familia de la misma ciudad y nego la pretension del senor Isaias Ortiz Ramirez (Expediente T-5.176.711).
- SEXTO. En su lugar, CONCEDER la tutela de los derechos al minimo vital y a la seguridad social del senor Isaias Ortiz Ramirez. En consecuencia, ORDENAR al representante legal de COLPENSIONES que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, le reconozca su pension de invalidez, teniendo en cuenta las consideraciones de esta sentencia. La proteccion otorgada sera transitoria mientras en Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Armenia toma una decision definitiva en el proceso promovido por el accionante.
- SEPTIMO. COMUNICAR al Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Armenia la presente sentencia, para lo de su conocimiento, en relacion con el proceso iniciado por el senor Isaias Ortiz Ramirez.
- OCTAVO. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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