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Tutela ruling (T)July 29, 2021

T-247 de 2021

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado

✓Claimant Hernando Ivan Elorza Marin·Respondent Colpensiones

✓
Topic · hard data
Aplicacion Del Principio De La Condicion Mas Beneficiosa A La Pension De Invalidez
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho Al Habeas Data
  • En relación con la información contenida en la historia laboral
  • Fundamental autónomo
  • Manejo de la información por parte de las administradoras de fondos de pensiones
Derecho A La Pensión De Invalidez
  • Orden a Colpensiones reconocer y pagar pensión de invalidez conforme al Acuerdo 049 de 1990
Derecho De Peticion En Materia Pensional Y Debido Proceso Administrativo
  • Vulneración por Colpensiones, por cuanto se abstuvo de adelantar las gestiones pertinentes para reconstruir la historia laboral o indicar trámite a seguir
Aplicacion Del Principio De La Condicion Mas Beneficiosa A La Pension De Invalidez
  • Alcance
  • Existe un régimen de transición, establecido por el Constituyente, aplicable a todos los regímenes pensionales
  • Se desconoció que la noción de régimen de transición lleva implícito el señalamiento de un plazo dentro del cual la norma anterior tendrá efectos ultra activos
Derecho De Petición
  • Núcleo esencial
  • Alcance y contenido
Cosa Juzgada En Materia De Tutela
  • De manera excepcional, la emisión de una sentencia judicial puede constituirse como hecho nuevo para justificar la interposición de una segunda acción
Derecho De Peticion
  • Relación con otros derechos fundamentales
  • Requisitos de la respuesta
Historia Laboral
  • Contenido y finalidad
  • Relevancia constitucional
Principio De La Condicion Mas Beneficiosa En Materia De Pension De Invalidez
  • Reiteración sentencias de unificación SU.442/16 y SU.556/19
Derecho Al Mínimo Vital, Vida Digna Y Seguridad Social En Pensiones
  • Reconocimiento y pago de la pensión de invalidez a sujeto de especial protección constitucional, en aplicación del principio de favorabilidad laboral de la condición más beneficiosa
Derecho A La Seguridad Social En Pensiones
  • Deberes de las Administradoras de pensiones respecto de la información consignada en la historia laboral de sus afiliados
13 topics · 20 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Luego de ser calificado con una pérdida de capacidad laboral del 69% de origen común, el actor le solicitó a Colpensiones el reconocimiento y pago de su pensión de invalidez.

La entidad negó la prestación argumentando el incumplimiento de los requisitos establecidos en la ley vigente al momento en que se estructuró la invalidez, ni con los definidos por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia para aplicar el principio constitucional de la condición más beneficiosa.

El accionante pidió al juez constitucional amparar sus derechos fundamentales y aplicar las Sentencias SU.442/16, SU.556/19 y T-188/20.

Se reiteran las reglas jurisprudenciales relacionadas con: 1º.

El derecho fundamental de petición. 2º.

La procedencia de la acción de tutela para reclamar la aplicación de la condición más beneficiosa en materia de pensiones de invalidez y, 3º.

El derecho al habeas data en este mismo tema.

En este último tema se circunscribió el análisis a los siguientes tópicos: a). la información de la historia laboral.

Expectativas y obligaciones y, b).

La prohibición de modificar unilateral e injustificadamente la información registrada en la historia laboral.

La Sala concluyó que las actuaciones de Colpensiones vulneraron garantías fundamentales del peticionario y, por ello, decidió CONCEDER el amparo de los derechos de petición, habeas data, seguridad social y debido proceso.

Así mismo, ordenó a la entidad reconocer y pagar la prestación reclamada, cuyas mesadas se deben cancelar a partir de la notificación del presente fallo.

Como quiera que el efecto de la presente decisión es declarar la existencia el derecho, se precisa que las demás reclamaciones derivadas de la pensión de invalidez, como lo son los retroactivos, intereses e indexaciones, deberán resolverse por intermedio del juez ordinario laboral.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR el fallo proferido el 5 de octubre de 2020, por la Sala Segunda de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia, en lo atinente al amparo del derecho fundamental de peticion, vulnerado por COLPENSIONES, en lo concerniente a la solicitud presentada por el accionante el 13 de julio de 2020 y a la insuficiencia de la Resolucion DPE 9277 del 7 de julio de 2020 proferida por COLPENSIONES para resolver el recurso de apelacion presentado por el accionante. En consecuencia, MODIFICAR las ordenes del numeral
  2. segundo. de esa providencia y reemplazarlas por la orden del numeral que sigue.
  3. SEGUNDO. ORDENAR a COLPENSIONES que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, resuelva la peticion presentada por el accionante el 13 de julio de 2020, en la que requiere una copia de la desafiliacion al sistema de pensiones efectuada por el empleador Representaciones NIMAR Ltda., el 26 de marzo de 2010, de conformidad con los criterios de claridad, precision, efectividad y suficiencia establecidos por la jurisprudencia de esta Corporacion. En caso de no contar con los documentos requeridos, dicha entidad debera adelantar las gestiones pertinentes para reubicar o reconstruir los documentos y allegar la copia correspondiente al accionante.
  4. TERCERO. CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la seguridad social, al debido proceso y al habeas data del senor Hernando Ivan Elorza Marin.
  5. CUARTO. ORDENAR a COLPENSIONES que, dentro de los diez (10) dias siguientes a la notificacion de esta decision, reconozca la pension de invalidez al senor Hernando Ivan Elorza Marin y, que, en consecuencia, realice el pago de las mesadas pensionales que correspondan, a partir de la fecha en que se notifique esta providencia. Las demas reclamaciones derivadas de la prestacion tales como retroactivos, intereses e indexaciones deberan ser tramitadas por el accionante ante el juez ordinario laboral.
  6. QUINTO. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
DissentCristina Pardo Schlesinger
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 114cited by 6 →T-247/21T-225/93 — Acciones Populares. Acueducto De Nariño (C/Marca). Provision De Agua Potable. Negada. · cited 1,353 timesT-225/931993C-774/01 — Libertad Provisional. Transcurso De Término A Partir De Ejecutoria De Resolución De Acusación · cited 680 timesC-774/012001SU.1219/01 — Derechos A La Vida Trabajo Vivienda Subsistencia Debido Proceso Y Defensa. Cambio Turno. Contrato Individual De Trabajo De Medico. Tutela Co · cited 474 timesSU.1219/012001T-789/03 — Derechos A La Igualdad Familia Minimo Vital Y Seguridad Social De Compañera Permanente. Solicitud Pension De Sobreviviente De Mayor Retirado · cited 380 timesT-789/032003SU.522/19 — Carencia Actual De Objeto Por Acaecimiento De Una Situacion Sobreviniente-Accionante Decidió Voluntariamente Someterse A La Jep · cited 367 timesSU.522/192019T-001/97 — Pago De Prestaciones Sociales Indemnizaciones Reajustes Reliquidaciones. Foncolpuertos. Negada. · cited 359 timesT-001/971997T-456/04 — Derechos A La Vida Minimo Vital Y Seguridad Social De Hermana Discapacitada. Solicitud Reconocimiento Pension Sustitutiva De Sobreviviente. · cited 342 timesT-456/042004SU.195/12 · cited 299 timesSU.195/122012SU.405/21 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. Procedencia Por Defecto Factico Y Desconocimiento Del Precedente Al No Haber Valorado Razon · cited 34 timesSU.405/212021SU.299/22 — Derecho A La Pensión De Invalidez-Desconocimiento Del Precedente Y Principio De La Condición Más Beneficiosa En Materia Pensional. Reiteraci · cited 12 timesSU.299/222022T-264/22 — Corrección Y Modificación De La Historia Laboral- Proceso Administrativo Y Reglas Jurisprudenciales Para La Revocatoria Unilateral De Pensio · cited 6 timesT-264/222022T-026/23 — Derecho Al Habeas Data Y Seguridad Social En Pensiones-Deberes De Las Administradoras De Fondos De Pensiones Y Reconocimiento De Afiliación. · cited 5 timesT-026/232023T-376/21 — Debido Proceso Administrativo En Pension De Invalidez. · cited 4 timesT-376/212021SU.072/24 — Derecho A La Seguridad Social En Pensiones-Desconocimiento Del Precedente Y Principio De La Condición Más Beneficiosa Para La Pensión De Inv · cited 1 timesSU.072/242024
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.