T-587 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Humberto Antonio Sierra Porto
✓Claimant Ruth Sarmiento Garzon Y Otras·Respondent Presidencia De La Republica, Ministerio De Comunicaciones, Colombia Telecomunicaciones S.A. Esp Y El Patrimonio Autonomo De Remanentes P.A.R
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Requisitos
- Protección especial de origen supralegal
- Estipulan el derecho preferencial a la reincorporación a un empleo de la nueva planta de personal igual o equivalente
- Unificación de jurisprudencia en sentencia SU388/05 y SU389/05
- Debe procurar garantizar la estabilidad laboral de los trabajadores
- Ejercicio arbitrario puede implicar la afectación de derechos fundamentales susceptibles de protección por vía de tutela
- Inciden en la comunidad en general como destinataria de la prestación del servicio y en los trabajadores de la entidad a la que se le aplica la medida
- Retiro de personal debe ir acompañado de garantías necesarias para que el trabajador no quede desprotegido de sus derechos
- Obligación del Estado de garantizar de manera reforzada la permanencia y estabilidad de las madres cabeza de familia
- Incorporación, reincorporación e indemnización son opciones a que tiene derecho un funcionario inscrito en la carrera administrativa al que se le suprime el cargo con el fin de preservar la estabilidad laboral
- Aplicación en el tiempo a servidores públicos retirados del servicio
- Improcedencia de la incorporación o reincorporación por haber concluido el proceso de liquidación de Telecom y no existir equivalencia en el empleo
- No es aplicable la incorporación o reincorporación por no ser el cargo de telefonista nacional de carrera administrativa
- Terminación contrato de trabajo de madres cabeza de familia por supresión de cargo de telefonista nacional por liquidación definitiva de Telecom después de haber sido rei
- Posibilidad de que autoridades implementen programas de reforma institucional en todos los niveles
- Límites a la facultad para adelantar reformas institucionales
- No es intangible, puede reformarse incluyendo una readecuación de la planta física y de personal
- Garantía no constituye derecho absoluto
- Protección es mandato constitucional y no puede limitarse su aplicación
- Creación del retén social
- Aplicación en el tiempo de los beneficios establecidos en la Ley 812 de 2003
- Según Ley 790 de 2002
- Amparo otorgado a madres cabeza de familia trabajadoras de Telecom no puede tener límites temporales arbitrarios
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al debido proceso, a la igualdad y al trabajo de grupo de madres cabeza de familia ex trabajadoras de la empresa nacional de telecomunicaciones cuyos contratos de trabajo fueron finiquitados por la supresion de sus cargos, fundamentado en la liquidacion definitiva de la empresa para la cual prestaban sus servicios.<br>limites a la facultad de la administracion para adelantar reformas institucionales.
Se recordo que, dentro de los procesos de reestructuracion administrativa, la administracion debe proteger los derechos de los trabajadores, en particular su derecho a la estabilidad laboral.<br>la proteccion constitucional y legal de las madres y padres cabeza de familia, la estabilidad laboral reforzada y el reten social en los procesos de modernizacion del estado.
Limite temporal.
Sobre este punto, se insistio en que, si bien el amparo constitutivo de reten social no puede tener limites temporales arbitrarios, su garantia solo puede extenderse mientras esta en vigencia el proeso liquidatorio.<br>en ultimas, la sala declaro improcedente la tutela, por un lado, en atencion a que las figuras de la incorporacion y reincorporacion que pretenden les sean aplicables, no son ajustables al caso particular de las accionantes, pues estas se predican unicamente de los funcionarios pertenecientes a la carrera administrativa; De otra parte, se establecio plenamente la extincion de la empresa accionada, lo cual extingue, a su vez, la proteccion que reclaman.<br>negada<br>
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. LEVANTAR la suspension del termino del tramite de revision decretada mediante auto del 28 de mayo de 2007.
- Segundo. CONFIRMAR, por las razones expuestas, la sentencia de fecha siete (7) de noviembre de 2006, proferida por la Seccion Segunda - Subseccion A de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, que nego la proteccion de los derechos invocados por las senoras Ruth Sarmiento Garzon, Marisol Castano Losada, Patricia Roldan Arevalo, Antonia de Jesus Mosquera Palacios, Belen Herrera, Rosa Maria Vargas Mendez, Sofy Alexandra Cruz Ortiz y Claudia Margarita Lopez Moncada, contra
- Segundo. LIBRENSE por Secretaria General las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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