T-557 de 1999
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Vladimiro Naranjo Mesa
✓Claimant Alba Lucia Sandoval Lopez
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Investigación disciplinaria
- Irracional despliegue de actos procesales
- Provocación reiterada de decisiones judiciales sobre un mismo asunto
- Improcedencia para revivir términos
- Procedencia excepcional
- Alcance
- Incompetencia para inmiscuirse en trámite de proceso judicial en curso
- Alcance
- Inexistencia respecto a interpretación dada a normas sobre competencia en proceso restitutorio
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E
- Primero. REVOCAR en su integridad, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia, la Sentencia proferida el 8 de febrero de 1999 por el Juzgado 3º Penal del Circuito de Barranquilla que a su vez decidió revocar la decisión de primera instancia proferida por el Juzgado 2º Penal Municipal de la misma ciudad, en el proceso de tutela iniciado por Alba Lucía Sandoval López, socia de la sociedad de Transportes Rafael Sandoval Huertas & Cia. S.C.A. "Transportes Raydo", en contra de la providencia dictada el 10 de noviembre de 1998 por el Juzgado 5º Civil del Circuito de Barranquilla, dentro del proceso de restitución de inmueble arrendado adelantado contra dicha empresa; y en su lugar CONFIRMAR el fallo del a quo.
- Segundo. Por la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la presente Sentencia al Juzgado 18 Civil Municipal de Barranquilla para que, de acuerdo con las previsiones del Capítulo V del Título VI de la Sección Segunda del Libro
- Primero. del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 22 de la Ley 446 de 1998 y con las consideraciones de la Corte Constitucional, hechas en la Sentencia C-196/99, ADELANTE las averiguaciones correspondientes e imponga si hay lugar, las medidas correccionales pertinentes, por razón de la conducta desplegada por los poderdantes y apoderados en el proceso de la referencia.
- Tercero. Por la Secretaría General de la Corte Constitucional, DESE cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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