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Tutela ruling (T)June 18, 2013

T-348 de 2013

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva

✓Claimant Maria Melba Quiguanas Valencia Como Agente Oficiosa De Luncinda Valencia·Respondent Empresas Municipales De Cali

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho Al Agua Potable
  • Vulneración por suspensión completa del servicio de acueducto por no pago, sin tener en cuenta que se encuentran sujetos de especial protección constitucional
Derecho Al Consumo De Agua Potable
  • Vulneración, en ciertos casos, por la suspensión del servicio de acueducto
Empresas De Servicios Publicos
  • Pueden suspender la forma de prestar el servicio de acueducto y pasar a suministrarle al usuario cantidades mínimas de agua a los sujetos de especial protección constitucional
Accion De Tutela Contra Empresa De Acueducto
  • Procedencia por vulneración de derechos fundamentales como la vida digna, aún si existió conexión fraudulenta del servicio de agua
Carencia Actual De Objeto Por Daño Consumado
  • Fallecimiento de la persona en nombre de quien se interpuso la tutela para solicitar derecho fundamental al agua
Empresa De Servicios Publicos Domiciliarios
  • Suspensión del servicio por mora en el pago de dos facturas sucesivas, siempre y cuando no vulneren el debido proceso
9 topics · 9 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

A través de la figura de la agencia oficiosa se incoa la acción de tutela en representación de una persona de 97 años de edad, quien tiene un delicado estado de salud y padece una parálisis total en todo su cuerpo.

Se demanda a las Empresas Municipales de Cali EIC ESP por haber suspendido el servicio público de agua en la vivienda de la representada, por la mora en el pago de siete facturas y la reconexión ilegal efectuada.

En sede de revisión la Sala pudo verificar la muerte de la agenciada y pese a ello estimó pertinente realizar algunas consideraciones en torno a la jurisprudencia constitucional aplicable al caso, con el fin de realizar ciertas advertencias a los jueces que lo revisaron y a la empresa de servicios demandada.

Se analizan los siguientes temas: 1º.

Procedencia de la acción de tutela para la protección del derecho al agua, el contenido de este derecho y, 3º.

La suspensión de los servicios públicos domiciliarios en los casos de mora en el pago de dos facturas sucesivas.

Se concluye que, cuando se encuentran en grave riesgo los derechos fundamentales de una persona en condición de vulnerabilidad, la acción de tutela procede aún si existió una conexión fraudulenta al servicio público de agua potable, si se demuestra que no están recibiendo el líquido, pues éste es un elemento esencial para poder disfrutar de una vida en condiciones dignas, máxime si se trata de una persona mayor que debe recibir una especial protección, apoyo y solidaridad de la comunidad y de las instituciones.

Se revocan las decisiones de instancia que negaron el amparo solicitado y en su lugar se declara improcedente por carencia actual de objeto.

Se previene a la entidad demandada para que en lo sucesivo y atendiendo las consideraciones de la sentencia, antes de hacer uso de la facultad que tiene de suspender el servicio público de acueducto, verifique si el usuario se encuentra en una situación de vulnerabilidad que haga procedente el amparo a su derecho fundamental al agua y, en consecuencia, deba limitarse únicamente a cambiar la forma en que suministra el agua.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. Primero. LEVANTAR la medida provisional que fue decretada en el auto del 20 de mayo de 2013.
  2. Segundo. REVOCAR la sentencia denegatoria de tutela proferida por el Juzgado
  3. Cuarto. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Santiago de Cali en segunda instancia, que confirmo la providencia emitida por el Juzgado
  4. Octavo. Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Santiago de Cali en primera instancia y, en su lugar, DECLARAR IMPROCEDENTE el amparo pedido por Maria Melba Quiguanas Valencia como agente oficiosa de Lucinda Valencia de Quiguanas, por haberse encontrado una carencia actual de objeto, de acuerdo con las consideraciones expuestas en la parte motiva de la presente sentencia.
  5. Tercero. PREVENIR a Empresas Municipales de Cali para que en lo sucesivo y atendiendo a las consideraciones consignadas en esta providencia, antes de hacer uso de la facultad que tiene de suspender el servicio publico de acueducto, verifique si el usuario ha manifestado estar en una situacion de vulnerabilidad, que haga procedente el amparo a su derecho fundamental al agua, y en consecuencia deba limitarse unicamente a cambiar la forma en que suministra el liquido.
  6. Cuarto. LIBRENSE por Secretaria General las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.