T-232 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Clara Inés Vargas Hernández
✓Claimant Jose Gabriel Cubillos Morron Y Otro·Respondent Municipio De Cienaga Magdalena
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Pago de salarios atrasados
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
- Pago oportuno de salarios
- Hipótesis fácticas mínimas de vulneración
- Hipótesis fácticas mínimas de vulneración por no pago de salarios
- Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer pago de salarios
- Consecuencia jurídica
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al minimo vital de ex empleados del municipio a quienes les adeudan los salarios correspondientes a los meses de diciembre de 2006, enero, febrero y marzo de 2007, entre otras prestaciones.<br>solicitan se ordene el pago de las prestaciones sociales adeudadas.<br>para la corte, dado que el monto de la deuda corresponde a mas de tres meses de salario, debe presumirse la afectacion del minimo vital de quienes impetraron la accion de tutela.
Ademas, por un lado, se acredito que el señor cubillos tiene pendiente una cuenta de cobro por concepto de servicios educativos prestados a sus hijos, lo cual, aunado a la omision de la entidad en la contestacion de la tutela, crea a su vez una presuncion de veracidad en contra de la autoridad publica que actua en el proceso de manera desinteresada o negligente.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (8 points)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas el 5 de junio de 2007, y el 23 de julio de 2007, respectivamente, por el Juzgado Penal Municipal de Ciénaga, Magdalena, y el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de Ciénaga, Magdalena, en el trámite de la acción de tutela interpuesta por el señor José Gabriel Cubillos Morrón. (Expediente T-1742304). En su lugar, CONCEDER el amparo solicitado para proteger su derecho al mínimo vital.
- Segundo. REVOCAR la sentencia proferida el 9 de agosto de 2007, por el Juzgado
- Segundo. Civil Municipal de Ciénaga, Magdalena, dentro del trámite de la acción de tutela interpuesta por la señora Margarita Hernández Orellano contra el Municipio de Ciénaga Magdalena (Expediente T-1787374). En su lugar, CONCEDER el amparo solicitado para proteger su derecho al mínimo vital, y a la protección laboral reforzada por su condición de madre cabeza de familia.
- Tercero. ORDENAR al Municipio de Ciénaga, que dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente providencia, si aún no lo hubiere hecho, cancele al señor José Gabriel Cubillos Morrón y a la señora Margarita Hernández Orellano, los salarios adeudados desde el mes de diciembre de 2006, hasta el momento en que los mismos fueron desvinculados del municipio accionado, así como las demás acreencias laborales que les fueren debidas, siempre que hubiere la correspondiente disponibilidad presupuestal.
- De no ser posible su cumplimiento por razones netamente presupuestales o de manifiesta iliquidez, el Municipio de Ciénaga, Magdalena deberá informar sobre esto en forma motivada al a quo, debiendo iniciar los trámites necesarios que deberán culminar con el pago en un término máximo de dos (2) meses, contados a partir de la notificación del presente fallo.
- Cuarto. COMPULSAR copias de esta decisión, dirigidas a la Fiscalía General de la Nación y a la Procuraduría General de la Nación, de acuerdo a la parte motiva de esta providencia, para que determinen, si hay lugar a sanciones disciplinarias y/o penales por parte del Municipio de Ciénaga, Magdalena. Para este efecto, por Secretaría General expídanse las copias respectivas.
- Quinto. Por Secretaría General líbrese las comunicaciones previstas en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.