T-457 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva
✓Claimant Victor Gregorio Bonilla Ipia Y Otros·Respondent Union De Trabajadores De La Industria Energetica Nacional -Uten- Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
- Deben ventilarse ante el juez natural
- Hipótesis mínimas que permiten establecer la vulneración de esta garantía
- Naturaleza jurídica y características relevantes
- Unico caso en que procede la tutela como mecanismo transitorio para evitar prejuicio irremediable
- Acción de tutela no debe ser empleada para exigir el cumplimiento de obligaciones específicas derivadas de éstos
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Mínimo vital, trabajo, debido proceso, vida digna, seguridad social.
Los accionantes, cuarenta y seis en total, en su calidad de asociados a la Unión de Trabajadores de la Industria Energética Nacional (UTEN), presentan la acción de tutela para reclamar a las entidades accionadas el pago de salarios, aportes a la seguridad social y otras acreencias laborales, correspondientes a los meses de julio, agosto y septiembre de 2009, que se derivaron del contrato colectivo laboral suscrito entre su agremiación y la Sociedad de Ingenieros de Colombia SOINCO Proyectos Limitada.
La Sala reitera que las controversias que se derivan del incumplimiento de las obligaciones dinerarias adquiridas por el sindicato en beneficio de sus afiliados partícipes; o entre el empresario contratante y el sindicato de trabajadores en el marco de un contrato colectivo sindical, deben ventilarse ante la justicia laboral o ante el tribunal de arbitramento competente según lo pactado y; que la única excepción para que en dichos casos proceda la acción de tutela como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable, es cuando se afecta el derecho al mínimo vital, circunstancia que no se presentó en el caso concreto, por lo que la acción constitucional resulta improcedente.
NEGADA.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 21 de mayo de 2010 por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayan, la cual a su vez modifico parcialmente el fallo de fecha 6 de abril de la misma anualidad, dictado por el Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Popayan, que concedio el amparo a los derechos al trabajo, a la seguridad social y al minimo vital alegados por Victor Gregorio Bonilla Ipia y otros (ver anexo 1) contra la Union de Trabajadores de la Industria Energetica Nacional "UTEN", la Sociedad de Ingenieros de Colombia SOINCO Proyectos Limitada, la Compania de Electricidad del Cauca S.A. E.S.P. "CEC" y las Centrales Electricas del Cauca S.A. E.S.P. "CEDELCA", y en su lugar, NEGAR el amparo constitucional deprecado, por las razones expuestas en la parte motiva de este proveido.
- Segundo. Por Secretaria General librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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