T-210 de 2006
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jaime Córdoba Triviño
✓Claimant Maria Patricia Castaño Aristizabal Vs. Comfenalco
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Vulneración por cuanto EPS no respondió sobre licencia de maternidad
- Derechos no invocados
- Ampliación del término al primer año de vida del niño para presentar la tutela
- Pago por allanamiento a la mora por EPS
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho de peticion y a la seguridad social en conexidad con el derecho al minimo vital de afiliada a quien la entidad se niega a reconocerle la licencia de maternidad.
Solicita se ordene el reconocimiento de la prestacion requerida.
Proteccionn constitucional de los derechos no invocados en la solicitud de tutela y principio de informalidad.
La falta de tecnica juridica en la solicitud no puede ser obstaculo para que el juez constitucional desentrañe el interes del peticionario y analice los hechos y las pruebas que surjan de la tramitacion de la accion.
Violacion del derecho fundamental de peticion.
El allanamiento a la mora y la procedencia excepcional del reconocimiento de la licencia de maternidad a traves de la accion de tutela en el presente caso.
A la accionante le asiste el derecho de gozar de la prestacion economica por licencia de maternidad sin que para este caso en concreto tenga relevancia el que su empleador haya cancelado de forma extemporanea los aportes al sistema de seguridad social en salud porque la eps se allano a la mora.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida en el asunto de la referencia por el Juzgado Promiscuo de Familia de El Santuario Antioquia. En consecuencia, se CONCEDE la tutela de los derechos fundamentales de petición y la seguridad social en conexidad con el derecho al mínimo vital.
- Segundo. ORDENAR al representante legal de la E.P.S. Comfenalco, que en el término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, proceda, si aún no lo hubiere hecho, a notificar la respuesta de la petición del 2 de agosto de 2005 formulada por la señora María Patricia Castaño Aristizábal. Dentro del mismo término, deberá reconocer y pagar la licencia de maternidad a la que tiene derecho la mencionada señora y su menor hijo.
- Tercero. Cumplidas las órdenes de protección constitucional indicadas, el representante legal de la E.P.S. Comfenalco deberá informar este hecho al Juzgado Promiscuo de Familia de El Santuario Antioquia, so pena de incurrir en desacato.
- Cuarto. Dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.