T-162 de 2004
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alvaro Tafur Galvis
✓Claimant Miguel Mariano Martinez Iris Vs Empresa M Y S Asociados Ltda
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia para cobro deudas pendientes
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
- Procedencia pago de salarios desde que se interpuso la acción y hacia el futuro
- Asunción de responsabilidad por mora en aportes en salud y pensión
- Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer pago de salarios
- Conlleva vulneración de otros derechos fundamentales
- Reclamación de deudas pendientes por concepto de salarios
- Cobro deudas pendientes
- Indefensión
- Pago oportuno de salarios
- Vulneración por no pago de salarios
- Definición
- Causales taxativas
- Efectos jurídicos
- Obligación de empresa de cancelar salarios adeudados a sus trabajadores
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado
- Tercero. Civil Municipal de Sincelejo y Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Sincelejo dentro de la acción de tutela instaurada por Miguel Mariano Martínez Iris contra la Empresa M y S Asociados Ltda. de Bogotá y en su lugar CONCEDER la tutela para proteger los derechos fundamentales al mínimo vital y a la vida digna del Señor Miguel Mariano Martínez Iris.
- Segundo. ORDENAR a la Empresa M y S Asociados Ltda. que dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente providencia proceda a cancelar la totalidad de las sumas de dinero adeudadas al actor por concepto de salarios que se causaron desde el momento en que se interpuso la presente acción y hacia el futuro, si ya no lo hubiere hecho. De lo contrario, en el mismo término deberá efectuar todas las gestiones necesarias a fin de conseguir los recursos para cumplir con el pago aquí ordenado, actuación que no podrá exceder el término de un (1) mes.
- Tercero. ORDENAR a la Empresa M y S Asociados Ltda. que dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente providencia cancele la totalidad de los aportes por concepto de seguridad social en salud que adeuda a la EPS Humanavivir a la que se encuentra afiliado el accionante desde el momento en que se inició la presente acción y hacia el futuro en tanto se encuentre vigente la relación laboral.
- Cuarto. PREVENIR a la entidad accionada para que en lo sucesivo siga asumiendo directamente el pago de las prestaciones asistenciales o una enfermedad no profesional que llegue a padecer el actor, mientras subsista el no pago de los aportes por concepto de salud a la EPS.
- Quinto. Líbrense por Secretaría, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.