T-503 de 2002
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Claimant Hernan Morales Cevallos Y Otros Vs. Productora De Hilados Y Tejidos Unica S.A. En Liquidacion
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Subordinación
- Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer obligaciones laborales
- Asunción de responsabilidad por mora en aportes en salud y pensión
- Sanciones por desacuerdo y no transferencia de aportes a seguridad social
- Se mantiene atención en salud de trabajadores
- Se mantiene prestación de seguridad social
- Alcance
- Mora en aportes a seguridad social en pensiones y salud
- Pago de aportes por concepto de seguridad social
- Conexidad con la vida
- Pago preferente de salarios y mesadas pensionales
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por los Juzgados
- Primero. y
- Segundo. Laboral de Manizales. En su lugar, TUTELAR el derecho a la seguridad social de los accionantes Hernán Morales Cevallos, Alberto Aguirre Osorio, José Hoover Rodríguez, Liliana Martínez Montoya, Luz Marina Arias de Rodríguez, Gustavo Buitrago Berrío, María Elsa Valencia Mejía y María Luz Dary López Zulúaga
- Segundo. ORDENAR a la empresa Productora de Hilados y Tejidos Única S.A. -en liquidación obligatoria- a través del señor Liquidador de la misma y bajo el control y vigilancia de la Superintendencia de Sociedades y el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social que dentro de los dos (2) meses siguientes a la notificación del presente fallo, y si aún no lo hubiere hecho, inicie y culmine las gestiones administrativas y financieras necesarias para pagar a los fondos administradores de pensiones y al Instituto de Seguros Sociales a las cuales se encuentren afiliados sus trabajadores, los aportes que se adeuden por concepto de seguridad social
- Tercero. COMPULSAR copias de los expedientes objeto de revisión y de esta decisión a la Fiscalía General de la Nación, para lo de su competencia.
- Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.