T-1249 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jaime Córdoba Triviño
✓Claimant Gerardo Antonio Lozano Caldas·Respondent Seguro Social Pensiones
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Reconocimiento de la pensión de vejez por cumplir con los requisitos de edad y tiempo de servicio para acceder a la prestación
- Factores a valorar para la procedencia como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable
- Vulneración por haberse exigido requisitos adicionales para el reconocimiento y pago de la pensión de vejez
- Procedencia excepcional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la seguridad social, debido proceso y mínimo vital de ciudadano de 65 años de edad que ha solicitado de manera infructuosa el reconocimiento de la pensión ante la entida al sistema. <br>procedencia de la acción de tutlela.
Existencia de otro medio de defensa judicial.
La tutela como mecanismo transitorio ante la existencia de un perjuicio irremediable.
Reiteración jurisprudencial. <br>en eventos tales como el revisado, en los cuales la persona por circunstancias como su avanzada edad o su precaria situación económica, se encuentra en estado de indefensión, la tutela deviene procedente a fin de evitar la incidencia de un perjuicio irremediable, pese a la existencia de un medio ordinario de defensa judicial. <br>la violación al debido proceso por la negativa en el reconocimiento de la pensión sin sustentoen las exigencias legales y constitucionales.
Reiteración jurisprudencial.
En el caso en cuestión, la accionada reclama del actor el cumplimiento de un número de semanas que excede la cantidad exigida por la ley.
Ello, en razón de que se omitió la consideración de una cantidad de semanas que este cotizó de manera independiente.
Por ello, se le ordenó a éste proceder a tramitar y reconocer la respectiva prestación económica al actor. <br>concedida <br> <br>
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. REVOCAR los fallos dictados por el Juzgado Catorce Civil del Circuito de Bogotá y la Sala de Decisión Civil del Tribunal Superior de Bogotá, que resolvieron la acción de tutela promovida por Gerardo Antonio Lozano Caldas, y en su lugar, CONCEDER la protección invocada para el amparo de sus derechos a la seguridad social, el debido proceso y el mínimo vital.
- Segundo. ORDENAR al ISS que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, proceda a tramitar el reconocimiento de la pensión al señor Gerardo Antonio Lozano Caldas, con efectos desde la fecha de la Resolución 021899 de 2005, en un acto sujeto a los recursos de ley, y se lo comunique oportunamente, teniendo en cuenta todos los aportes realizados al Sistema General de Pensiones incluidos los efectuados a partir de marzo de 2003, sin exigir requisitos adicionales que no están previstos en la Constitución o en la Ley.
- Tercero. Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.