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Tutela ruling (T)May 25, 2016

T-276 de 2016

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

✓Claimant Kadir Crisanto Pilonieta Diaz·Respondent Gobernacion De Santander Y Otros

✓
Topic · hard data
Privacion De La Liibertad En Salas De Retenidos De La Policia No Puede Sobrepasar Las 36 Horas.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Control De Legalidad De La Captura
  • Límite temporal de treinta y seis (36) horas
Derecho A La Dignidad Humana De Personas Privadas De La Libertad
  • Goce efectivo de los derechos fundamentales en prisión, indicador de la importancia real de la dignidad humana
  • Vulneración por hacinamiento carcelario y falta de salubridad al interior de los establecimientos carcelarios
Derechos De Las Personas Privadas De La Libertad
  • Orden a autoridades reubicar a personas privadas de la libertad que se encuentran en estación de policía en establecimientos penitenciarios y carcelarios
  • Vulneración a personas que se encuentran privadas de la libertad en estación de policía por encontrarse en una situación insostenible de hacinamiento
Derecho A La Libertad Personal
  • Condiciones para su limitación
  • Alcance y concepto
Derechos Fundamentales De Personas Privadas De La Libertad
  • Clasificación en tres grupos: derechos suspendidos, derechos intocables y derechos restringidos o limitados
Derecho A La Salud De Personas Privadas De La Libertad
  • Protección integral, continua y en condiciones de calidad por parte del Estado
  • Orden a Alcaldía Municipal garantizar el acceso efectivo a todos los servicios de salud de detenidos en estación de policía
Derecho A La Visita Conyugal Del Interno
  • Visita íntima debe darse en condiciones dignas
Hacinamiento Carcelario
  • Jurisprudencia constitucional
Libertad Personal
  • Triple naturaleza jurídica
Principio De Resocializacion Y Derechos De Las Personas Privadas De La Libertad
  • Derecho a regresar a la sociedad en libertad y democracia
Sustitucion De La Detencion Preventiva Por Detencion Domiciliaria
  • Algunos reclusos gozan del beneficio de detención domiciliaria, pero no han podido acceder al mismo por algún error en la nomenclatura urbana
Derecho De Peticion De Las Personas Privadas De La Libertad En Centros Penitenciarios Y Carcelarios
  • Responsabilidad del Estado de garantizar su protección de manera eficaz
21 topics · 21 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

El Defensor del Pueblo Regional Santander incoa la acción de tutela en representación de las personas privadas de la libertad en su condición de detenidos preventivamente en una estación de policía, alegando la vulneración de sus derechos fundamentales a raíz de las condiciones inhumanas de hacinamiento a las que son expuestas, además der la inactividad que presentaron las entidades accionadas en la solución de esta problemática.

Se analizan los siguientes temas: 1º.

La limitación del derecho a la libertad personal en el Estado Social de Derecho. 2º.

Los derechos de las personas privadas de la libertad. 3º.

La privación preventiva y contravencional de la libertad. 4º.

Los establecimientos de privación preventiva de la libertad y, 5º.

La vulneración de los derechos fundamentales a través del hacinamiento carcelario.

Se CONCEDE el amparo solicitado y se imparten una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo el goce de los derechos tutelados.

Se exhorta al Consejo Superior de Política Criminal para que tenga en cuenta las recomendaciones formuladas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el “Informe sobre el uso de la Prisión Preventiva en las Américas”, con el objeto de adoptar las medidas necesarias para que la detención preventiva en los procesos penales tenga un carácter excepcional.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (13 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado 1o de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Bucaramanga, el diez (10) de julio de 2015 y, por la Sala Penal de Decision del Tribunal Superior de Bucaramanga, el tres (03) de septiembre de 2015, dentro del tramite de la accion de tutela promovida por Kadir Crisanto Pilonieta Diaz.
  2. SEGUNDO. CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la dignidad humana, a la integridad personal, a la salud, a la familia y a la salubridad de las personas que se encuentran privadas de la libertad en la Estacion de Policia Norte de Bucaramanga.
  3. TERCERO. ORDENAR a la Alcaldia de Bucaramanga y al INPEC que en el termino de quince (15) dias a partir de la notificacion de la presente providencia, celebren un convenio con el objeto de realizar la reubicacion gradual de las personas privadas de la libertad que se encuentran en la Estacion de Policia del Norte de esta ciudad en los establecimientos penitenciarios y carcelarios que se encuentren en el Departamento de Santander.
  4. CUARTO. ORDENAR a la Direccion del INPEC que en el termino de tres (03) meses a partir de la notificacion de la presente providencia, proceda a trasladar a las personas privadas de la libertad de la Estacion de Policia Norte de Bucaramanga, cuya custodia este en titularidad del INPEC, a Establecimientos Penitenciarios y Carcelarios del Municipio de Bucaramanga, del Departamento de Santander o de los municipios ubicados en departamentos aledanos, para lo cual debera tener en cuenta las reglas de equilibrio y equilibrio decreciente senaladas en la sentencia T- 388 de 2013.
  5. QUINTO. ORDENAR a la Procuraduria General de la Nacion que como Ministerio Publico dentro de las actuaciones penal que se surten en contra de las personas privadas de la libertad en la Estacion de Policia Norte de Bucaramanga solicite el cumplimiento de las ordenes de detencion domiciliaria respectivas.
  6. SEXTO. ORDENAR a la Defensoria del Pueblo que realice un estudio de si las demas personas privadas de la libertad en la Estacion de Policia Norte de Bucaramanga tambien cumplen con los requisitos para que se les otorgue un subrogado penal y en ese evento les prestara apoyo a quienes deseen solicitarlo.
  7. SEPTIMO. ORDENAR a la Alcaldia Municipal de Bucaramanga que de manera subsidiaria y en virtud del principio de solidaridad garantice el acceso efectivo a todos los servicios de salud de los detenidos en la Estacion de Policia Norte de Bucaramanga, a traves de su Secretaria de Salud y Ambiente verificando su estado de afiliacion al Sistema de Seguridad Social en Salud y realizando todas las gestiones pertinentes para que los mismos no queden por fuera de este sistema
  8. OCTAVO. ORDENAR a la Alcaldia Municipal de Bucaramanga que de manera subsidiaria y en virtud del principio de solidaridad garantice el acceso efectivo a todos los servicios de salud de los detenidos en la Estacion de Policia Norte de Bucaramanga, a traves de su Secretaria de Salud y Ambiente impulse y garantice la prestacion de los servicios de salud requeridos por los detenidos en la Estacion de Policia Norte de Bucaramanga, en especial de aquellos que sufren especiales afecciones de salud, como el Virus de la Inmunodeficiencia Humana -VIH-.
  9. NOVENO. ORDENAR a CAPRECOM E.S.P. o a la entidad que tenga un contrato con el INPEC o la USPEC para que dentro de los ocho (08) dias siguientes a la comunicacion de esta sentencia, disponga brigadas de atencion periodica para que realicen visitas a la estacion de Policia Norte de Bucaramanga y presten la atencion en salud requerida por los detenidos.
  10. DECIMO. EXHORTAR al Consejo Superior de Politica Criminal para que tenga en cuenta las recomendaciones formuladas por la Comision Interamericana de Derechos Humanos en el "Informe sobre el Uso de la Prision Preventiva en las Americas" con el objeto de adoptar las medidas necesarias para que la detencion preventiva en los procesos penales tenga un caracter excepcional.
  11. UNDECIMO. La Sala Septima de Revision de Tutelas de la Corte Constitucional hara un seguimiento estricto del cumplimiento de las ordenes contenidas en la presente providencia.
  12. DECIMO.
  13. SEGUNDO. Por Secretaria General librese las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 137cited by 26 →T-276/16C-774/01 — Libertad Provisional. Transcurso De Término A Partir De Ejecutoria De Resolución De Acusación · cited 680 timesC-774/012001T-079/93 — Derechos Fundamentales De Los Niños. Adopcion De Un Menor (San Andres). Tutela Contra Sentencias Arbitrarias. Concedida. · cited 637 timesT-079/931993C-370/06 — Inhabilidades Para Ejercer Funciones Publicas Por Sancion Disciplinaria. No Resulta Desproporcionada O Irrazonable Porque Busca La Salvaguar · cited 318 timesC-370/062006T-153/98 — Estado De Cosas Inconstitucional En Los Centros De Reclusion Del Pais. Hacinamiento En La Carcel De Bellavista. Concedida. · cited 283 timesT-153/981998T-743/08 · cited 233 timesT-743/082008T-596/92 — Derechos De Los Internos. Castigo Carcelario. Carcel Peñas Blancas. Concedida. · cited 229 timesT-596/921992C-024/94 — Dec. 1355/70 Varios Arts. Dec. 522/71. Arts. 111 Y 118. Allanamientos Sin Orden Judicial. Exequibles E Inexequibles. · cited 212 timesC-024/941994T-235/10 · cited 184 timesT-235/102010SU.122/22 — Carencia Actual De Objeto Por Daño Consumado-Reglas Jurisprudenciales Relacionadas Con La Privación De La Libertad. Extensión Del Estado De · cited 57 timesSU.122/222022C-395/21 — Revision Constitucional De La Ley 2055 De 2020. Ley Aprobatoria De Tratado. · cited 51 timesC-395/212021C-003/17 — Becas Postgrados. Pérdida De La Beca Por La Ocurrencia De Hechos Delictivos. · cited 45 timesC-003/172017T-714/16 — Proteccion A La Unidad Familiar De Personas Privadas De La Libertad. · cited 28 timesT-714/162016T-009/22 — Derechos A La Resocializacion Y A La Educacion De La Población Privada De La Libertad · cited 24 timesT-009/222022C-342/17 — Libertad Del Acusado. El Juez Puede Disponer La Continuación De La Libertad Del Acusado Hasta El Momento De Dictar Sentencia U Ordenar, Si A · cited 23 timesC-342/172017T-193/17 — Derecho A La Salud De Personas Privadas De La Libertad. · cited 22 timesT-193/172017C-634/16 — Uso Del Espectro Radioléctrico. Inhabilidad Para Obtener Permiso Para Su Uso Para Quienes Hayan Sido Condenados A Penas Privativas De La Lib · cited 22 timesC-634/162016
constitutional review unification tutela

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