T-1246 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Humberto Antonio Sierra Porto
✓Claimant Juan José García Romero·Respondent Sala De Casación Penal De La Corte Suprema De Justicia
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por cuanto el fallo acusado no incurre en ninguna causal especifica de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Competencia para investigar y juzgar a Congresistas
- Reiteración de jurisprudencia
- Caracterización
- Garantías
- Concepto y alcance
- Ausencia de valoración probatoria por parte del funcionario judicial
- Reiteración de jurisprudencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al debido proceso y acceso a la justicia de sujeto dentro de un proceso penal en el cual la sala de la corporación accionada emitió fallo condenatorio en el que, a su juicio, se cometieron los siguientes errores: (i)defecto orgánico, porque ésta no era competente para juzgarlo en primera instancia; (ii)defecto procedimental, porque no fue indagado por todos los hechos con fundamento en los cuales se formularon los cargos de la resolución de acusación; (iii) defecto fáctico por masiva denegación de la pruebas solicitadas, supuesta valoración de pruebas ilegales y por análisis subjetivo de las mismas. <br>procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales.
Reiteración jurisprudencial.
Para la prosperidad de la tutela que se interpone en contra de una providencia judicial, es menester la satisfacción de ciertos requisitos, unos catalogados como causales generales y otros como causales especiales de conducencia de la tutela contra decisión judicial. <br>los primeros hacen referencia a: (i)la relevancia constitucional del asunto; (ii)la inexistencia o ineficacia de medios ordinarios de defensa judicial; (iii) la verificación de una relación de inmediatez entre la solicitud de amparo y el hecho vulnerador; (iv) la identificación de los hechos generadores de la vulneración y (v) que la acusación no se haga contra una sentencia de tutela. <br>igualmente, se hace necesario el cumplimiento de los segundos es decir, que se haya configurado uno de las modalidades reconocidas como defectos por la jurisprudencia constitucional, a saber: Orgánico, sustantivo, procedimental, fáctico, por error inducido, falta de motivación, desconocimiento del precedente y violación directa de la constitución. <br>referenciados cada uno de los defectos alegados por el actor y constatada la satisfacción de los requerimientos generales, se determinó en particular si cada uno de ello había tenido ocurrencia.
En primer medida, se descaró la supuesta incursión en error orgánico, pues si bien éste dejó de ostentar la calidad de congresista desde 1998, los hechos por los cuales ha sido investigado están relacionados con el desempeño de sus labores como tal.
Así mismo, fueron desestimados los demás cargos propuestos, por lo cual, se encontró ajustada a derecho la decisión objeto de revisión <br>negada <br>
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. Levantar la suspension de terminos decretada en el presente proceso.
- SEGUNDO. Por las razones expuestas en esta sentencia, CONFIRMAR la sentencia de tutela sometidas a revision proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura (24) de septiembre de dos mil siete (2007), mediante la cual se desato la segunda instancia de la accion de tutela impetrada por Juan Jose Garcia Romero contra la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia.
- TERCERO. Por Secretaria LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.