T-111 de 2016
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Claimant X·Respondent Colpensiones
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Caso en que se debió determinar la fecha inicial de reconocimiento de la prestación económica solicitada, a efectos de contabilizar la prescripción
- Reglas establecidas por la Corte Constitucional para determinar la fecha de estructuración de la invalidez en los casos de enfermedad degenerativa, crónica o congénita
- Orden a Colpensiones reconocer pensión de invalidez por cuanto el actor no sólo cumple con las 50 semanas exigidas, sino que excede de tal número, gracias a las cotizaciones que en virtud de la capacidad laboral residual el accionante
- Se deben tener en cuenta historia clínica y exámenes médicos
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
El actor tuvo un diagnóstico de neurosífiles y en virtud de éste, una calificación de pérdida de capacidad laboral cercana al 70%.
La accionada le negó su solicitud de reconocimiento y pago de la pensión de invalidez, argumentando que no cumplía con el requisito de 50 semanas de cotización dentro de los 3 años anteriores a la estructuración de la misma, pero sin tener en cuenta que sí las cotizó con posterioridad a dicha fecha.
Se aborda la siguiente temática: 1º.
La procedencia excepcional de la acción de tutela para el reconocimiento de derechos pensionales. 2º.
La pensión de invalidez y los requisitos para su reconocimiento y 3º.
El dictamen de pérdida de capacidad laboral y la fecha de estructuración.
En aplicación de las reglas jurisprudenciales relacionadas con la contabilización de las semanas cotizadas con posterioridad a la fecha de estructuración, en el caso puntual de enfermedades degenerativas, crónicas o congénitas, la Sala decide CONCEDER el amparo de los derechos al mínimo vital y a la seguridad social.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida el 27 de julio de 2015 por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Pereira, que a su vez confirmó la decisión adoptada el 12 de junio de 2015 por el Juzgado
- Primero. de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la misma ciudad. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos al mínimo vital y a la seguridad social del señor X.
- SEGUNDO. En consecuencia, ORDENAR a la Administradora Colombiana de Pensiones -COLPENSIONES-, por conducto de su representante legal o de quien haga sus veces, que en el término máximo de cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de esta sentencia, proceda a reconocer, liquidar y pagar la pensión de invalidez a la que tiene derecho el señor X, atendiendo a las consideraciones expuestas en esta providencia, y sin perjuicio de la prescripción establecida en el artículo 488 del Código Sustantivo del Trabajo.
- TERCERO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.