T-054 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Manuel Obdulio Pineda Franco·Respondent Empresa Aguas De Girardot
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Vulneración por no resolver recursos administrativos
- Alcance y contenido de la respuesta
- Procedencia en caso de perjuicio irremediable
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Petición, debido proceso, igualdad, vida digna, seguridad social, derechos adquiridos.
El accionante solicita se ordene a la empresa accionada resolver de fondo la petición de reclamación, respecto del consumo de agua de su vivienda ya que a su parecer el cobro es exagerado y no esta dispuesto a cancelar el valor de la factura hasta tanto no sea reajustada.
La Sala se pronuncia sobre la procedencia excepcional de la acción de tutela contra actos administrativos proferidos con ocasión de la prestación de servicios públicos domiciliarios, el alcance y contenido del derecho constitucional de petición y las reglas que la jurisprudencia ha trazado para la efectividad de la garantía fundamental, se decide deja sin efectos las decisiones proferidas por la entidad accionada que rechazaron las solicitudes interpuestas por el accionante, se ordena a la entidad accionada realizar una visita técnica al actor, para que con base en los resultados de la misma y en la información que reposa en el expediente administrativo, de una respuesta que contenga una explicación precisa a la desviación significativa del consumo del predio del peticionario.
Concede.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (8 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de Girardot, que confirmó la sentencia proferida en primera instancia por el Juzgado
- Segundo. Penal Municipal de Girardot y en su lugar, CONCEDER el amparo de tutela para los derechos fundamentales de petición y al debido proceso del señor Manuel Obdulio Pineda Franco.
- Segundo. DEJAR SIN EFECTOS la decisión proferida el 10 de marzo de 2009 por el Jefe de Servicio Atención al Cliente de la empresa Aguas de Girardot, Ricaurte y la Región S.A., ESP que rechazó de plano los recursos de reposición y de apelación y la Resolución No.SSPD-20098150069075 del 28 de abril de 2009, proferida por la Dirección Territorial Centro de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, mediante la cual rechazó el recurso de queja interpuestos por el actor.
- Tercero. ORDENAR a la empresa Aguas de Girardot, Ricaurte y la Región S.A. ESP, Acuagyr que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, practique una visita técnica a la vivienda del señor Manuel Obdulio Pineda Franco para que con base en los resultados de la misma y en la información que reposa en el expediente administrativo adelantado ante la empresa Acuagyr S.A. ESP, expida dentro del término de setenta y dos (72) horas siguientes a la visita técnica, una respuesta que contenga una explicación precisa a la desviación significativa del consumo del predio del peticionario durante los periodos de diciembre de 2008 y enero de 2009, teniendo en cuenta para ello la incidencia que en el consumo tuvieron los daños presentados en los contadores que la empresa ha instalado durante dichos periodos.
- La empresa Acuagyr S.A. ESP, deberá remitir copia de la respuesta y de las actuaciones adelantadas al Juzgado
- Segundo. Penal de Girardot que conoció de la primera instancia en la presente tutela, para verificar el cumplimiento de lo aquí ordenado y de lo solicitado por el actor.
- Cuarto. LÍBRENSE por Secretaría las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.