C-818 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Humberto Antonio Sierra Porto
✓Claimant Fernando Charria Garcia·Respondent Ley 397 De 1997 Numeral 6 Articulo 1
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Goza de especial atención del Estado
- Reconocimiento constitucional
- Carácter relacional
- Carácter de valor, principio y derecho fundamental
- Alcance
- Criterios que vincula a los poderes públicos
- Mandatos que comprende
- Es constitucional siempre y cuando sea comprendido como deber estatal de protección de las diversas manifestaciones culturales que integran la Nación
- Fórmula planteada por el legislador, aunque es enderezada por la sentencia para que resulte compatible con la Constitución, podía ser entendida en el
- No desconoce la igualdad y dignidad de todas las culturas que conviven en el país
- Metodología de análisis
- Libertad de configuración legislativa para su promoción y protección
- Método de análisis constitucional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Ley 397 de 1997 “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan otras normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias”, inciso segundo, numeral 6, artículo 1, el artículo demandado regula los principios fundamentales y las definiciones de la ley acusada, el aparte acusado es el siguiente “El Estado colombiano reconoce la especificidad de la cultura caribe y brindará especial protección a sus diversas expresiones”, el demandante considera que dicho aparte, vulnera los artículos 7, 13 y 70, sostiene que se presenta una violación a la consagración constitucional de la diversidad cultural, por cuanto al reconocer una protección especial a una de las culturas existentes en Colombia se consolida en desmedro o la falta de atención de las demás existentes y por ende se pierde de óptica el principio que encierra la diversidad cultural.
La Corte pasa a pronunciarse sobre La Cultura en el ordenamiento jurídico colombiano, el reconocimiento constitucional de la diversidad cultural y la especificidad de la cultura caribe, se realizan algunas consideraciones sobre el principio general de igualdad y el derecho a la igualdad, se observa que la misma ley contiene un mandato genérico de protección de todas las manifestaciones culturales presentes en el territorio colombiano, razón por la cual no le asiste razón al demandante cuando se queja de un presunto trato discriminatorio favorable respecto de las manifestaciones culturales correspondientes a la cultura caribe, por lo tanto referente a los cargos estudiados frente a la norma acusada, se decide declararla EXEQUIBLE.
What it decided
Holdings on Ley 397/97. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Declarar exequible, por los cargos estudiados en la presente decision, la expresion El Estado colombiano reconoce la especificidad de la cultura caribe y brindara especial proteccion a sus diversas expresiones, contenida en el numeral
- sexto. del articulo 1 de la Ley 397 de 1997.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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