C-1192 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Rodrigo Escobar Gil
✓Claimant Angela Viviana Bohorquez Cruz
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Naturaleza participativa
- Cargas mínimas
- Definición como “expresión artística”
- Necesidad de regularla
- No pueden equipararse a derechos fundamentales de tercera generación
- Reconocimiento como práctica social permitida no implica que sea un “patrimonio intangible de nuestra cultura”
- Son actividades o expresiones culturales permitidas entretanto el Legislador no decida limitarlas o prohibirlas
- Inexistencia de norma constitucional que las justifique
- No son objeto de promoción estatal
- No revisión oficiosa de leyes
- Concepto
- Promoción y fomento por el Estado
- Fundamento de la nacionalidad
- Obligación del legislador de garantizar y divulgar el desarrollo libre de las distintas manifestaciones culturales de la comunidad
- Derecho a participar en la vida cultural
- Alcance de la carga de especificidad
- Cargos deben ser claros, ciertos, específicos, pertinentes y suficientes
- Carga de pertinencia
- Formulación de un cargo concreto de naturaleza constitucional
- Razones de inconstitucionalidad
- No sujeción a excesivo formalismo
- Fundamental
- Alcance
- Cambios que introdujo en la concepción jurídica de los niños
- Finalidad de las medidas de asistencia y protección
- Asistencia de niños
- Debe examinarse bajo el prisma de los valores establecidos en la Constitución
- Concepto
- Asistencia de niños
- Fundamental
- Ambigüedad de la norma que lo considera como "expresión artística del ser humano"
- Exigencia de que menores de diez años asistan acompañados de un adulto
- Forman parte del patrimonio intangible de nuestra cultura
- Aplicación territorial
- Determinación de actividades que corresponden a expresiones artísticas y culturales
- Fijación de edad para acceso a actividades o espectáculos públicos
- Ausencia de cargos
- Decisión sobre inexistencia de cargos puede adoptarse también en fallo
- Fundamento jurídico
- Derecho a participar en la vida cultural
- Aplicación en todo el territorio nacional
- Señalamiento de las actividades que son consideradas como expresiones artísticas
- No desconocimiento de la prohibición de tortura, penas y tratos crueles
- No desconocimiento de la dignidad humana, vida e integridad personal
- Medidas de protección del niño
- Medidas de protección por el Estado
- Clasificación
- Dimensiones
- Asistencia de niños
- Regulación de la actividad taurina
- Medidas de carácter fáctico y normativo
- Fundamental
- Cautela especialísima del legislador en regulación
- Posición activa del Estado para promoción y efectiva realización
- Relativismo
- Concepto
- Facultad para establecer títulos de idoneidad
- No entraña un acto de violencia en el que se le de a una persona un trato incompatible con la dignidad humana
- Protección constitucional
- Ejercicio pleno de sus derechos
- Medidas de protección del niño
- Aplicación en la determinación de actividades que pueden considerarse como expresiones artísticas o culturales del Estado
- Incumplimiento de los requisitos de certeza, especificidad y pertinencia en los cargos
- Visión antropológica de la persona
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Ley 916 de 2004 artículos 1º 2º 22 y 80 parciales.
Por la cual se establece el reglamento nacional taurino.
Regulacion organizacion y desarrollo de los espectaculos taurinos aplicacion regulacion y fomento de la fiesta de toros.
La demandante considera que las disposiciones acusadas vulneran los artículos 1° 2° 7° 19 22 26 44 70 71 y 72 de la constitución política y además el artículo 1° de la ley 84 de 1989.
Inhibición por indebida formulación de cargos.
Esta corporación ha establecido que aun cuando la acción de inconstitucionalidad es pública e informal los demandantes tienen unas cargas mínimas que deben cumplir para que se pueda adelantar el juicio de inexequibilidad.
De la competencia del legislador para definir las expresiones artísticas (ley 916 de 2004 artículo 1°.
La tauromaquia puede ser reconocida por el legislador como una expresión artística del ser humano razón por la cual la corte encuentra que la acusación impetrada no está llamada a prosperar y por ello en la parte resolutiva de esta providencia declarará la constitucionalidad de la expresión: "los espectáculos taurinos son considerados como una expresión artística del ser humano" por los cargos analizados.
Del ámbito de aplicación del reglamento nacional taurino.
(ley 916 de 2004 artículo 2°).
Del espectáculo taurino y de la asistencia de los menores de edad (ley 916 de 2004 artículo 22).
Exequibles e inhibida
What it decided
Holdings on Ley 916/04. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. Declarar EXEQUIBLE por los cargos estudiados, la expresion "Los espectaculos taurinos son considerados como una expresion artistica del ser humano", contenida en el articulo 1deg de la Ley 916 de 2004.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE por los cargos estudiados, la expresion "sera de aplicacion general en todo el territorio nacional" contenida en el articulo 2deg de la Ley 916 de 2004.
- Tercero. Declarar EXEQUIBLE por los cargos estudiados, la expresion "Los menores de diez (10) anos de edad deberan ingresar en compania de un adulto", contenida en el articulo 22 de la Ley 916 de 2004.
- Cuarto. Por las razones expuestas en la parte considerativa de esta providencia, declararse INHIBIDA en relacion con los articulos 22, inciso 3deg, y 80 de la Ley 906 de 2004.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.