C-239 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Vanessa Suelt Cock Y Otros·Respondent Ley 890 De 2004, Articulo 7
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Diferencia
- Coherencia con la Constitución y la filosofía implica avanzar hacia una Política Criminal del Estado en el proceso legislativo de tipificación de conductas
- Debe garantizar la pacífica convivencia a través de la tipificación de conductas punibles
- Se enmarca en el principio de mínima intervención
- Criminalización de conductas como última ratio
- Debe tenerse como herramienta de última ratio
- Jurisprudencia constitucional
- Protección internacional
- Separación excepcional del niño de su familia
- Debió dilucidarse la naturaleza y alcance de la necesidad de tipificación al existir sanciones alternativas a la configuración del delito penal
- Diferencia conforme Convenio sobre Aspectos Civiles del secuestro internacional de niños
- Sentido y alcance
- Núcleo fundamental de la sociedad
- Instrumentos internacionales
- Carece de contenido material específico
- Triple papel en el ordenamiento constitucional
- Instrumentos internacionales
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia constitucional
- Protección internacional
- Prueba
- Criterios jurídicos para determinarlo
- No es claro por qué el derecho a visitar al hijo deba ser protegido exclusivamente por el ius puniendi
- Tanto tipo como sanción penal deben someterse a juicio estricto de idoneidad
- Protección por medio de acción de tutela
- Facultad sancionatoria criminal debe operar cuando las demás alternativas de control han fallado
- Grados de intensidad
- Proceso de formación
- Etapas
- Alcance
- Límites
- Alcance
- Se encuentra limitada por postulados constitucionales y principios rectores del derecho penal moderno
- Aspectos a tener en cuenta en decisión sobre custodia y cuidado personal del niño
- Vicisitudes pueden encontrar protección más adecuada en el derecho policivo o civil
- Cuando se puede presentar la intervención del Estado
- Excepción
- No es admisible alegar la intervención estatal porque no son óptimas las condiciones económicas o educativas de sus progenitores
- Tipificación de conductas que realmente representen amenaza para el orden social
- Principios de necesidad y de exclusiva protección de bienes jurídicos
- Inexistencia de Omisión Legislativa Relativa por no estar en el mismo plano de igualdad
- Debió profundizarse en el estudio de la necesidad de tipificar la conducta por el derecho penal cuando existen otras opciones en los regímenes civiles y de familia
- Derecho penal debe ser usado como ultima ratio
- Resocialización como fin último de la pena
- Jurisprudencia constitucional
- Límites
- Desarrollo del principio del interés superior del menor
- Derechos a favor del interés superior del hijo menor
- Debe ser el último recurso a usar para corregir conductas que atenten contra la sociedad
- Debe fundarse siempre en el interés superior del niño
- Protección y prevalencia de sus derechos sobre los derechos de los demás
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 7 de la Ley 890 de 2004, por la cual se modifica y adiciona el Código Penal.
Considera el demandante que la norma acusada es violatoria de los artículos 13 y 44 de la Constitución Política.
Se plantea un cargo de omisión legislativa relativa, en tanto establece una pena de uno a tres años de prisión y de uno a dieciséis smlmv de multa para el padre que arrebate, sustraiga, retenga u oculte a uno de sus hijos menores sobre el que ejerce la patria potestad, cuando obre con el propósito de privar al otro padre del derecho de custodia y cuidado personal, sin prever la misma pena cuando esta conducta la realice el padre con el propósito de privar al otro padre del derecho de visitas.
La Corte concluyó que el artículo 7º de la Ley 890 de 2004 no desconoce la igualdad de trato y el derecho fundamental del niño a la unidad familiar, por la circunstancia de no penalizar la misma conducta del padre que tiene la custodia y cuidado personal del menor con el propósito de privar al otro padre del derecho de visitas, porque ambas situaciones de hecho no son equiparables y porque la decisión sobre la custodia se toma a partir de considerar el interés superior del niño.
Se declara EXEQUIBLE la norma acusada, por el cargo analizado.
What it decided
Holdings on Ley 599/00. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLE el artículo 7 de la Ley 890 de 2004, que adiciona el artículo 230 A al Código Penal, por el cargo analizado.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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