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Constitutional review ruling (C)November 21, 2023Full bench

C-505 de 2023

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger

✓Claimant Dueñas Gómez Yefferson Mauricio·Respondent Ley 2276 De 2022

✓
Topic · hard data
Presupuesto De Rentas Y Recursos De Capital Y Ley De Apropiaciones Para La Vigencia Fiscal De 1 De Enero Al 31 De Diciembre De 2023. Creación Sección Presupuestal Entes Autónomos Universitarios Estatales - Universidades Públicas
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Autonomía Universitaria
  • Definición
  • Alcance y contenido
  • Garantía constitucional
Juicio Integrado De Igualdad
  • Criterio de comparación, patrón de igualdad o tertium comparationis
Principio De Igualdad
  • Alcance
  • Mandatos que comprende
Juicio De Igualdad
  • Intensidad intermedia
Universidad Publica
  • Naturaleza jurídica
Autonomia Universitaria Y Principio De Igualdad
  • Vulneración por medida para financiar gastos de inversión de las universidades públicas del orden nacional, pero no del orden territorial
10 topics · 13 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Acción de inconstitucionalidad contra el “Anexo Entes Autónomos Universitarios Estatales – Universidades Públicas”, incorporado a la Ley 2276 de 2022 mediante el artículo 77 de la misma.

El demandante alego que la disposición acusada desconoce los artículos 13, 67 y 69 de la Carta Superior, porque destinó recursos para financiar los gastos de inversión de las Universidades Públicas del orden nacional, pero no lo hizo para las del orden territorial, lo cual impide que dichas entidades administren autónomamente los recursos que la Nación debe transferirles.

La Corte concluyó que la medida incorporada en el Anexo demandado no solo desconoce el principio de igualdad, sino que atenta contra la garantía institucional de la autonomía universitaria que reconoce el ordenamiento tanto a las universidades del orden nacional como territorial.

Con base en lo anterior declaró la INEXEQUIBILIDAD diferida hasta el 31 de diciembre de 2023 del del último inciso del primer párrafo del artículo 77 de la Ley 2276 de 2022.

Así mismo, ordenó la inclusión en el Presupuesto Nacional para el año 2025 y, vigencias siguientes, de los rubros para gastos de inversión de las Universidades que fueron creadas por una autoridad distinta al Congreso de la República, acorde con los criterios mencionados en la presente providencia.

De otro lado, se exhortó al Congreso de la República para que no reincida en desconocer lo definido por la Corte Constitucional en la sentencia C-346/21 y, reiterado en el presente fallo, en el sentido de que i) “en el Presupuesto General de la Nación deben apropiarse recursos para gastos de funcionamiento y de inversión de todas las Universidades Públicas” y ii) “el detalle del gasto para cada una de las 33 Instituciones de Educación Superior Pública del país deberá estar contenido en un anexo que formará parte del Presupuesto General de la Nación.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

Holdings on Ley 2276/22. Hard data, verified against the operative part — citable.

Art. 77Ley 2276/22STRUCK DOWN
Phrase struck down«diferida hasta el 31 de diciembre de 2023 el último inciso del primer párrafo del»
1 holding · source: operative part of the ruling
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (2 points)
  1. PRIMERO. DECLARAR la inexequibilidad diferida hasta el 31 de diciembre de 2023 del último inciso del primer párrafo del artículo 77 de la Ley 2276 de 2022 y ORDENAR la inclusión en el Presupuesto Nacional para el año 2025 y, vigencias siguientes, de los rubros para gastos de inversión de las Universidades que fueron creadas por una autoridad distinta al Congreso de la República, acorde con los criterios mencionados en la presente sentencia.
  2. SEGUNDO. EXHORTAR al Congreso de la República para que no reincida en desconocer lo definido por la Corte Constitucional en la sentencia C-346 de 2021 y, reiterado en la presente sentencia, en el sentido de que i) "en el Presupuesto General de la Nación deben apropiarse recursos para gastos de funcionamiento y de inversión de todas las Universidades Públicas" y ii) "el detalle del gasto para cada una de las 33 Instituciones de Educación Superior Pública del país deberá estar contenido en un anexo que formará parte del Presupuesto General de la Nación".
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
DissentAntonio José Lizarazo Ocampo
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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constitutional review unification tutela

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