C-734 de 2002
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant Humberto De Jesus Longas Londoño
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Dotación en salud y educación corresponde a objetos que constituyen inversión social
- Erogaciones corresponden a inversión social
- Competencia de la Corte Constitucional
- Contenidos normativos que solo existen en la imaginación
- Requisitos de razones en que se funda
- Existencia de verdaderos cargos
- Rigor en el examen de la aptitud
- Zonas donde habitan personas marginadas
- Criterio para evitar carga excesiva o beneficio exagerado
- Factores de los cuales se predica
- Vertical y horizontal
- Impuesto general
- Referencia a un sector económico no implica que pueda recaer en sujetos pasivos ajenos
- Características del impuesto
- Cumple las características de generalidad del impuesto
- Naturaleza
- Todos son potencialmente sujetos contribuyentes
- No relación directa e inmediata con beneficio derivado del contribuyente
- Destinación de parte del mismo a un fin específico
- Referencia a un sector económico no implica que pueda recaer en sujetos pasivos ajenos
- Destinación específica
- Excepciones a destinación específica
- Generalidad
- Vigencia de norma limitada en el tiempo y no producción de efectos
- Cargos no específicos ni pertinentes
- No cumplimiento de requisitos propios de la demanda
- Recuperación
- Justificación de consagración
- Inversión social
- No reducción de renta bruta
- Componentes
- Consagración
- Inclusión de potenciales contribuyentes
- Sujeto pasivo no es el mismo para los distintos impuestos
- Destinación sectorial es característica inherente
- Justificación de sacrificios
- Problema de seguridad jurídica y economía procesal
- No control oficioso
- Relación y distinción
- Producción de consecuencias jurídicas aunque no se encuentra vigente
- Recaudo
- Referencia a un sector económico no implica que pueda recaer en sujetos pasivos ajenos
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Ley 633 de 2000.
Art. 1 2 3 y 55 inc.1.
Normas en materia tributaria.
Tratamiento a los fondos obligatorios para la vivienda de interes social.
Fortalecimiento finanzas de la rama judicial.
Gravamen a movimientos financieros.
Hecho generador.
Tarifa.
What it decided
Holdings on Decreto 624/89. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. Declarar la EXEQUIBILIDAD de los articulos 870 a 878 del Estatuto Tributario, adicionados a este por el articulo 1deg de la Ley 633 de 2000, por los cargos analizados en esta sentencia.
- Segundo. Declarar la EXEQUIBILIDAD del articulo 2deg de la Ley 633 de 2000 en el entendido de que la dotacion en salud y educacion a la que se hace referencia en dicho articulo corresponde a objetos que constituyen inversion social.
- Tercero. Declarase INHIBIDA para conocer de la exequibilidad de los articulos acusados respecto del cargo segun el cual estos vulneran el derecho a la igualdad.
- Cuarto. Declarase INHIBIDA para conocer de la exequibilidad de los articulos 879, 880 y 881 del Estatuto Tributario, adicionados a este por el articulo 1deg de la Ley 633 de 2000.
- Quinto. Declarase INHIBIDA para conocer de la exequibilidad de los articulos 3deg y 55 de la Ley 633 de 2000.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.