C-1074 de 2002
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant Omar Edgar Borja Soto
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Enajenación voluntaria o negociación directa
- Intensidad del test
- Carácter
- Eventos de procedencia
- Regla general
- Intervención de ramas del poder público
- Negociación directa
- Procedimiento
- Oferta de compra
- Procedimiento
- Enajenación voluntaria
- Regulación
- Regulación de pago del precio de adquisición en etapa previa de enajenación voluntaria
- Voluntad del que vende es limitada en la etapa previa
- Garantías
- Indemnizaciones simbólicas o irrisorias no son justas
- Técnica de conversión de derechos
- Compensación por obras públicas
- Compensación sin que medie proceso contencioso administrativo
- Definición
- Indemnización previa
- Intervención ramas del poder
- Sujetos especialmente protegidos por la Constitución
- Alcance del valor justo
- Cálculo del resarcimiento
- Características constitucionales
- Criterios jurisprudenciales
- Fijación del valor
- Función reparatoria en principio
- Función restitutiva para vivienda
- Funciones que cumple
- Monto y condiciones de pago
- No tiene que pagarse en dinero en efectivo salvo vivienda familiar
- Pago antes del traspaso del dominio del bien
- Pago con derechos de construcción y desarrollo y derechos de participación en el proyecto a desarrollar o permuta
- Pago parcial en efectivo y saldos con títulos valores o documentos de deber
- Realización en forma previa
- Reparación integral
- Alcance
- Alcance del carácter previo y justo
- Carácter justo
- Carácter previo, justo y compensatorio
- Características para pago por medios distintos al dinero en efectivo
- Debe ser justa
- En ciertos casos no cumple función restitutiva
- Limitación no puede llegar hasta el punto de no reconocer ningún valor al particular
- Medios de pago
- No es siempre restitutiva
- No es siempre restitutiva pero puede serlo respecto de sujetos y bienes especialmente protegidos por la Constitución
- No tiene que ser integral
- Oportunidad de pago
- Pago diferido desconoce la Constitución
- Pérdida de valor de saldos respaldados con títulos valores
- Posibilidad de reducción del valor por función social de la propiedad
- Previo al traspaso del dominio del bien
- Reglas del derecho internacional
- Regulación de forma de pago e instrumentos de cancelación por función social de la propiedad
- Valor justo
- Competencia del juez para armonizar intereses
- Intereses de sujetos especialmente protegido por la Constitución ante menoscabo de derechos
- Juez debe consultar función social de la propiedad e intereses de afectados
- Necesidad de condicionamiento adicional
- Etapa de negociación
- Etapa previa de negociación
- Entrega anticipada de inmuebles
- Oferta de compra
- No vulneración
- Elementos
- Reparación por el Estado
- Vía general
- Desarrollo legal
- Inexistencia
- Distinción
- Pago en efectivo ante patrimonio familiar
- Función social
- Alcance de la potestad legislativa de regulación
- Fines sociales y de utilidad pública
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Ley 388 de 1997.
Arts. 61 inc. 3 62 num. 3 67 inc. 1 y parags. 1 y 2 (ps.) 70 nums. 1 2 y 4 (ps.) num. 5 inc. 3 (p.) y 128 incs. 1 y 2 (ps.) y 3.
Ley 9 de 1989.
Arts. 29 y 30 (p.).
Decreto 624 de 1989.
Art. 37 (p.) modificado por ley 233 de 1995 art. 171.
What it decided
Holdings on Ley 9/89. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (11 points)
- Primero. INHIBIRSE, por ineptitud de la demanda, de pronunciarse respecto de las siguientes normas o expresiones:
- (i) La expresion "el monto de la compensacion podra ser pagado en dinero, en titulos valores de derechos de construccion y desarrollo, en pagares de reforma urbana, o a traves de descuentos del impuesto predial", contenida en el inciso 3 del articulo 128 de la Ley 388 de 1997;
- (ii) La expresion "permuta" incluida en los articulos 61 y 67 de la Ley 388 de 1997
- (iii) La expresion "en especie" contenida en el articulo 61 de la Ley 388 de 1997.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE el articulo 29 de la Ley 9 de 1989 en el entendido de que en caso de expropiacion de vivienda personal o familiar, unica y actual, procede el pago en efectivo y en un solo contado, salvo acuerdo en contrario.
- Tercero. Declarar EXEQUIBLES el inciso 1o del articulo 30 de la Ley 9 de 1989, el inciso 3 del articulo 61, y el inciso primero, en lo demandado, del articulo 67 de la Ley 388 de 1997, por los cargos analizados.
- Cuarto. Declarar EXEQUIBLES el paragrafo
- primero. del articulo 67, y las expresiones acusadas contenidas en los numerales 1, 2 y 4, e inciso final del articulo 70 de la Ley 388 de 1997, en el entendido de que en caso de expropiacion de vivienda personal o familiar, unica y actual, procede el pago en efectivo y en un solo contado, salvo acuerdo en contrario.
- Quinto. Declarar EXEQUIBLE el numeral 3 del articulo 62 de la Ley 388 de 1997.
- Sexto. Declarar EXEQUIBLES, por los cargos analizados, la expresion "mediante negociacion directa", contenida en el articulo 37 del Estatuto Tributario (D.E. 624 de 1989), modificado por el articulo 171 de la Ley 223 de 1995, y, en lo demandado, el paragrafo 2 del articulo 67 de la Ley 388 de 1997.
- Septimo. Declarar EXEQUIBLES los apartes demandados del articulo 128 de la Ley 388 de 1997.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.