C-669 de 2006
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alvaro Tafur Galvis
✓Claimant Luis German Ortega Ruiz
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Aplicación
- Compensación en dinero a trabajadores dedicados a la aplicación de rayos x
- Importancia
- Compensación en dinero a trabajadores cuyas vacaciones tienen sistema de causación semestral
- Compensación en dinero según Convenio 132 de la OIT
- Finalidad
- No pueden ser objeto de compensación en dinero o acumulación en su uso y disfrute salvo casos excepcionales
- Pago proporcional sin importar el tiempo laborado
- Reconocimiento en caso de retiro del servicio o terminación del contrato de trabajo
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Ley 995 de 2005 articulo 1º expresion "por año cumplido".
Se reconoce la compensacion en dinero de las vacaciones a los trabajadores del sector privado y a los empleados y trabajadores de la administracion publica en sus diferentes ordenes y niveles.
El demandante afirma que las expresiones acusadas vulneran el preambulo y los articulos 2 13 y 53 de la constitucion politica.
Antecedentes y contexto de la norma acusada.
La figura de la compensacion de las vacaciones en dinero.
Las vacaciones no representan un simple derecho patrimonial libremente sustituible o negociable por el trabajador en ellas se unen como en un todo descanso y remuneracion elementos que solo excepcionalmente pueden escindirse pues el derecho al descanso exige la cesacion en la prestacion del servicio y no la simple retribucion del mismo a traves del pago de una compensacion monetaria.
Las vacaciones y su compensacion son derechos propios del trabajador publico o privado que el legislador no puede eliminar o sujetar a plazos desproporcionados para su reconocimiento.
La norma acusada y su relacion con los trabajadores cuya exclusion se acusa como inconstitucional.
No existe fundamento constitucional para entender que los trabajadores dedicados a la lucha contra la tuberculosis o a la aplicacion de rayos x quedaron excluidos de la regla general de compensacion en dinero prevista en el articulo 1 de la ley 995 de 2005.
Exequibilidad condicionada
What it decided
Holdings on Ley 995/05. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E:
- Declarar EXEQUIBLE la expresion "por ano cumplido", contenida en el articulo 1 de la Ley 995 de 2005, en el entendido que no excluye a los trabajadores dedicados a la lucha contra la tuberculosis o a la aplicacion de rayos X", que conforme a las normas vigentes, causen sus vacaciones por cada seis meses de servicio.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.