C-536 de 2006
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Humberto Antonio Sierra Porto
✓Claimant Guillermo Otalora Lozano
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Trámites y actuaciones para los que se requiere
- Antecedentes
- Concepto
- Hechos generadores de la tasa
- Imposibilidad de estudiar constitucionalidad del valor de la tarifa
- No se puede confundir con el derecho a recibir información sobre situación judicial
- Obligación de suministrar gratuitamente y a petición del interesado información sobre sus antecedentes judiciales
- Características
- Ausencia de cargo de inconstitucionalidad
- No vulneración porque tasa para la expedición del certificado de antecedentes puede ser una tasa uniforme
- No aplicación
- No univocidad ni precisión respecto a la denominación de los tributos
- Integración excepcional
- Casos en que procede integración
- Improcedencia de integración
- Diferencias
- Características
- Diferencias
- Incumplimiento de requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia en los cargos
- Características
- No cobro por renovación
- Semejanzas y diferencias
- Desconocimiento en interpretación según la cual DAS está autorizado a informar sobre antecedentes judiciales solamente través de certificado
- Acceso gratuito
- Acceso no puede condicionarse al pago de contraprestación económica
- Expedición, renovación y disponibilidad electrónica sobre antecedentes judiciales se considera como un servicio público
- Concepto
- Cobro para expedición de documentos que permiten acceder a beneficios y servicios estatales
- Distribución de competencias entre legislador y la administración para fijarla
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Ley 961 de 2005 articulos 1 y 3 (parciales).
Se regulan las tasas por la prestacion de los servicios del departamento administrativo de seguridad das y se dictan otras disposiciones.
Servicios de certificados sobre los antecedentes judiciales de nacionales o extranjeros residentes en el pais.
Hechos generadores.
Estima el actor que las normas demandadas vulneran el preambulo y los articulos 1 2 5 13 15 25 40.7 95.9 y 333 constitucionales.
Considera el demandante que la tasa prevista en dichas disposiciones es desproporcionada y restringe los derechos de los ciudadanos al habeas data al trabajo a la libertad economica y a la igualdad y contraria al principio de solidaridad.
Supuesta ineptitud de la demanda y la integracion de la unidad normativa.
Las tasas y las distintas modalidades tributarias en la constitucion de 1991.
Criterios jurisprudenciales en materia de tasas.
La tasa prevista por la expedicion y renovacion del certificado de antecedentes judiciales.
El certificado de antecedentes judiciales es un documento expedido por el departamento administrativo de seguridad en el cual se certifica la situacion judicial de un ciudadano frente a la justicia y autoridades colombianas.
Estipula si el titular no tiene asuntos pendientes con las autoridades judiciales y de policia o si no es solicitado por las mismas autoridades y se encuentra regulado por el decreto 3738 de 2003.
Considera esta corporacion que la tasa prevista por la expedicion de un documento publico como el certificado de antecedentes judiciales puede ser una tasa uniforme en aras de garantizar la eficiencia tributaria siempre y cuando atienda exclusivamente los gastos en que incurra el estado por la prestacion de este servicio sin que esto constituya una vulneracion al principio de progresividad tributaria.
Exequibles e inhibida para pronunciarse sobre el numeral 2 del literal a del articulo 3 de la ley 961 de 2005
What it decided
Holdings on Ley 961/05. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (22 points)
- PRIMERO. Declarar exequible la expresion "certificados sobre los antecedentes judiciales de nacionales o extranjeros residentes en el pais" contenida en el articulo 1o de la Ley 961 de 2005, por los cargos examinados en la presente decision.
- SEGUNDO. Declarar exequible el numeral 1 del literal a) del articulo 3o de la Ley 961 de 2005, por los cargos examinados en la presente decision.
- TERCERO. Declararse inhibida para emitir pronunciamiento de fondo sobre el numeral 2 del literal a) del articulo 3o de la Ley 961 de 2005, salvo la expresion "por el interesado o" contenida en el mismo numeral, que se declara inexequible.
- JAIME CORDOBA TRIVINO
- Presidente
- JAIME ARAUJO RENTERIA
- Magistrado
- MANUEL JOSE CEPEDA ESPINOSA
- Magistrado
- RODRIGO ESCOBAR GIL
- Magistrado
- MARCO GERARDO MONROY CABRA
- Magistrado
- NILSON PINILLA PINILLA
- Magistrado
- HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO
- Magistrado
- ALVARO TAFUR GALVIS
- Magistrado
- CLARA INES VARGAS HERNANDEZ
- Magistrada
- MARTHA VICTORIA SACHICA DE MONCALEANO
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.