SU- de 2020
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Superintendencia De Servicios Publicos Domiciliarios·Respondent Consejo De Estado, Seccion Cuarta
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Características materiales del tributo
- Como tributos vinculados, compensan el beneficio percibido por el contribuyente
- Fundamento y finalidad
- Autoridades pueden fijar tarifa cuando la ley, ordenanza o Acuerdo señalen el sistema y método para definir costos y beneficios, así como su reparto
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Improcedencia por inexistencia de defectos sustantivo y desconocimiento del precedente en materia tributaria
- Efectos en el tiempo
- Líneas jurisprudenciales del Consejo de Estado
- Diferencias
- No implica que el legislador deba agotar la regulación de todas las materias hasta el menor detalle
- Término para solicitar devolución de lo pagado en exceso
- Formas en que puede ser desconocida la jurisprudencia
- Reiteración de jurisprudencia
- Potestad reglamentaria en materia de contribuciones especiales
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios considera que la autoridad judicial accionada vulneró sus derechos fundamentales, al proferir sentencia en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho iniciado en su contra por las Empresas Públicas de Medellín.
Se aduce que dicho fallo incurrió en defecto sustantivo y en desconocimiento del precedente, en tanto declaró la nulidad de los oficios mediante los cuales la Superintendencia negó a las EPM la solicitud de devolución de lo pagado en exceso por concepto de la contribución especial a cargo de las empresas de servicios públicos domiciliarios durante los años 2008, 2009 y 2010, con fundamento en la nulidad de la Resolución que establecía la base del cálculo de esa contribución.
Según la accionada, la sentencia que declaró la nulidad de la Resolución en mención no tenía efectos retroactivos y, por lo tanto, no podía afectar situaciones consolidadas.
Se analiza temática relacionada con: 1º.
La procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales y actos administrativos. 2º.
Las contribuciones especiales en servicios públicos. 3º.
La potestad reglamentaria de la Superintendencia de Servicios Públicos en materia de contribuciones especiales. 4º.
Los efectos de la sentencia de nulidad sobre obligaciones tributarias no consolidadas y, 5º.
Los defectos sustantivo y desconocimiento del precedente alegados.
Por no encontrar la vulneración de los derechos fundamentales alegada, la Corte decidió declarar IMPROCEDENTE la acción de tutela con respecto a los asuntos no alegados en el medio de control ordinario y negar la protección de los derechos invocados.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. CONFIRMAR el fallo de segunda instancia emitido por la Seccion Primera del Consejo de Estado el 16 de junio de 2016. En ese sentido, declarar IMPROCEDENTE la accion de tutela con respecto a los asuntos no alegados en el medio de control ordinario y NEGAR la proteccion de los derechos invocados por la Superintendencia de Servicios Publicos Domiciliarios.
- SEGUNDO. Por Secretaria General de la Corte Constitucional, librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto Estatutario 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.