C-410 de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alberto Rojas Ríos
✓Claimant Abraham Antonio Haydar Berrocal·Respondent Ley 1682 De 2013 (Articulo 21 Parcial) Y Ley 1450 De 2011 (Articulo 245 Parcial)
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Cualificación
- Carácter imperativo sin que quiera decir que se trata de una norma de ius cogens
- Jurisprudencia constitucional
- Requisitos
- Contenido y alcance
- Antijuridicidad
- Alcance
- Contenido y límites
- Función social
- Instrumento internacional
- Obligación imperativa de la administración de acceder a bienes necesarios para el desarrollo de sus fines por la vía de la enajenación voluntaria o de expropiación y no por la mera ocupación del mismo
- Principios
- Utilidad pública e interés social como unos de los límites constitucionales que determinan su alcance
- No es absoluto
- Garantías que constituyen límites materiales al alcance de las facultades del Estado
- Relación
- Procedencia excepcional
- Condiciones para su procedencia
- Procedencia
- Atribuciones o elementos
- Concepto
- Derecho subjetivo propio de los regímenes liberales
- Naturaleza
- Concepto
- Jurisprudencia constitucional
- Premisas jurídicas distintas
- Requisitos que debe cumplir la entidad pública con el fin de garantizar el derecho a la oponibilidad de terceros
- Antecedente legislativo
- Contenido y alcance
- Saneamientos por motivos de utilidad pública
- Contenido y alcance
- Criterios esenciales según la jurisprudencia interamericana
- Parámetro de control constitucional
- Limitación
- Características
- Concepto
- Descripción según la jurisprudencia contencioso administrativa
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Requisitos mínimos
- Constituye una vulneración de los derechos de propiedad y de acceso a la administración de ju
- Saneamientos por motivos de utilidad pública
- Cláusula general
- Modos para su adquisición
- Instrumentos internacionales
- Jurisprudencia constitucional
- Parámetro de control constitucional
- Contenido y alcance
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 21 (parcial) de la Ley 1682 de 2013, por la cual se adoptan medidas y disposiciones para los proyectos de infraestructura de transporte y se conceden facultades extraordinarias y, del artículo 245 (parcial) de la Ley 1450 de 2011, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014.
El demandante solicita a la Corporación declarar la inconstitucionalidad de las expresiones “diferentes a la entidad pública adquiriente”, por resultar contrarias a los artículos 90, 58 y 229 de la Constitución Política, al establecer a favor del Estado el saneamiento automático de cualquier vicio relativo a la titulación y tradición de inmuebles adquiridos por motivos de utilidad pública o interés social, prohibiendo la posibilidad de que acciones indemnizatorias se dirijan contra la entidad adquirente, sin perjuicio de que sí las puedan interponer por cualquier causa en contra de otros titulares inscritos en el folio de matrícula.
Se declara la INEXEQUIBILIDAD de la expresión acusada, porque constituye una vulneración de los derechos de propiedad y de acceso a la administración de justicia, como también, un desconocimiento a la cláusula general de responsabilidad del Estado por el daño antijurídico.
What it decided
Holdings on Ley 1450/11. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar INEXEQUIBLE la expresion "diferentes a la entidad publica adquirente", contenida en los articulos 21 de la Ley 1682 de 2013, 245 de la Ley 1450 de 2011 y 156 de la Ley 1753 de 2015.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.