C-406 de 2004
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Clara Inés Vargas Hernández
✓Claimant Angela Maria Muñoz Carrillo
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Nuevo pronunciamiento de fondo frente a la Constitución vigente
- Grado de movilidad
- Carácter de Superintendencia a partir de la Constitución vigente
- Concepto indeterminado que consagra una descripción típica determinable de manera razonable
- No es demandable el mismo grado de rigurosidad que se exige en materia penal
- Alcance
- Ambigüedad y vaguedad de expresión
- Carácter determinable de la forma típica
- Remisión normativa
- Consagración en instrumentos internacionales
- Determinación de las operaciones no representativas del mercado
- Posibilidad de flexibilización
- Aspectos mínimos que debe establecer el legislador directamente
- Alcance de la rigurosidad
- No idéntica aplicación
- Posibilidad de flexibilización con excepción del derecho penal
- Alcance
- Integración
- Alcance
- Valores de relevancia constitucional que se promueven
- Necesidad de haber incluido consideraciones básicas para el desarrollo
- Importancia y necesidad de desarrollo
- Necesidad de desarrollo según reglas constitucionales
- Desarrollo
- Ambigüedad y vaguedad de expresión "suficientemente" en relación con las operaciones no representativas del mercado
- Facultad reglamentaria y funciones de inspección, vigilancia y control
- Organo encargado de regulación debe ser diferente al que ejerce la inspección, vigilancia y control
- Previamente al hecho o acto objeto de investigación establecerá de manera general los criterios técnicos y especializados con los cuales determinará qué es una operación no representativa del mercado
- Desarrollo en concreto mediante normas generales de entes administrativos o por actividades de control, inspección y vigilancia
- Mínimo de separación funcional
- Atribución a autoridades diferentes
- Uso de conceptos indeterminados
- Desarrollo de normas constitucionales
- Manifestaciones
- Finalidad
- Especies
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Ley 32 de 1979.
Arts. 12 num. 3 lit.
B).
Y 8.
Decreto 1172 de 1980.
Num. 4.
Ley 27 de 1990.
Art. 6 lit.
B).
Comision nacional de valores.
Comisionistas de bolsa.
Bolsas de valores.
Mercado publico de valores.
Depositos centralizados de valores.
What it decided
Holdings on Ley 32/79. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. DECLARAR EXEQUIBLE el literal b) del numeral 3 del articulo 12 de la Ley 32 de 1979, en el entendido de que previamente al hecho o al acto objeto de investigacion, la Superintendencia de Valores establecera de manera general los criterios tecnicos y especializados con los cuales determinara que es una operacion no representativa del mercado, salvo la expresion "suficientemente" que se declara INEXEQUIBLE.
- Segundo. DECLARAR EXEQUIBLE el numeral 4 del articulo 8deg del Decreto Ley 1172 de 1980, en el entendido de que la expresion "a juicio de la Comision Nacional de Valores" se refiere a que previamente al hecho o al acto objeto de investigacion la Superintendencia de Valores establecera de manera general los criterios tecnicos y especializados con los cuales determinara que es una operacion no representativa del mercado.
- Tercero. DECLARAR EXEQUIBLE el literal b) del articulo 6deg de la Ley 27 de 1990, en el entendido de que previamente al hecho o al acto objeto de investigacion la Superintendencia de Valores establecera de manera general los criterios tecnicos y especializados con los cuales determinara que es una operacion no representativa del mercado, salvo la expresion "suficientemente" que se declara INEXEQUIBLE.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.