C-078 de 2006
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant Romeo Pedroza Garces
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Consecuencias de la no presentación en procesos regulados por el artículo 407 del Código de Procedimiento Civil y los de pertenencia de vivienda de interés social
- Diferencias entre los procesos regulados por el artículo 407 del Código de Procedimiento Civil y los de vivienda de interés social
- Finalidad
- Persona obligada a aportarlo
- Personas de escasos recursos
- Elementos
- Certeza y claridad de los derechos de propiedad
- Diferencia de cargas en el acompañamiento del certificado de registro de instrumentos públicos no resulta discriminatoria
- Admisión de demanda aunque registrador omita aportar certificado no vulnera derecho de defensa
- Función social
- Función social
- Alcance
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Ley 9 de 1989 articulo 52 parcial.
Procesos de pertenencia de viviendas de interes social.
El demandante considera que el artículo 52 (parcial) de la ley 9 de 1989 vulnera el artículo 13 de la constitución por establecer una diferencia entre los requisitos necesarios para la presentación de la demanda en los procesos de declaración de pertenencia de viviendas de interés social y los procesos de declaración de pertenencia regulados por el artículo 407 del código de procedimiento civil.
Los procesos de declaración de pertenencia y su trascendencia social.
La función jurídica de los procesos de declaración de pertenencia.
La función social de la propiedad y los derechos a acceder a ella.
La función social de los procesos de declaración de pertenencia.
El certificado de registro de instrumentos públicos: Su finalidad y las consecuentes cargas procesales.
La diferencia establecida por el legislador responde al carácter de "vivienda de interés social" de los bienes que por tener dicha condición delimitan el grupo social a que va dirigido el beneficio.
El principio de igualdad en las normas que rigen el procedimiento civil.
La diferencia de cargas en el acompañamiento del certificado de registro de instrumentos públicos en los procesos de declaración de pertenencia ordinarios y los procesos de declaración de pertenencia de vivienda de interés social no discrimina entre grupos de personas comparables.
Exequible
What it decided
Holdings on Ley 9/89. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLE la expresión "viviendas de interés social" contenida en el artículo 52 de la Ley 9 de 1989, por el cargo analizado.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.