C-027 de 2012
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Henao Pérez
✓Claimant Felipe Ortega Escovar Y Otro·Respondent Ley 1382 De 2010
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Posición de la Corte Constitucional
- Elementos
- Cosa juzgada constitucional
- Modulación de efectos
- Corte Constitucional debió realizar un cambio de precedente con relación a los efectos de la cosa juzgada absoluta
- Línea jurisprudencial
- Clasificación
- Debe en consonancia con el principio de eficacia y celeridad de las resoluciones judiciales, verificar los efectos de sus fallos y decidir en cada caso concreto de qué manera opera la cosa juzgada constitucional de las leyes inconstitu
- Jurisprudencia constitucional
- Derecho comparado
- Posibilidad de efectos lesivos para principios y valores contenidos en la Constitución
- Necesidad de que el efecto de cosa juzgada sea relativa cuando se trata de nuevos cargos relacionados con aspectos materiales
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad en contra de la Ley 1382 de 2010, por la cual se modifica la Ley 685 de 2001.
Código de Minas.
Se acumulan expedientes por unidad de materia.
A juicio de los demandantes, la norma acusada vulnera varios artículos de la Constitución Política y el artículo 200 de la Ley 5ª de 1992, en razón a que en el trámite de las objeciones presidenciales no se cumplió con las mayorías calificadas necesarias y se retiraron dichas objeciones violando lo establecido en el Reglamento del Congreso.
Así mismo alegan violación constitucional por no haberse llevado a cabo la consulta previa a las comunidades indígenas en la aprobación de la ley.
La Corte constata la existencia del fenómeno de la cosa juzgada constitucional y decide ESTARSE A LO RESUELTO en la decisión adoptada en la sentencia C-366/11, que ordenó declarar inexequible la ley 1382 de 2010 y diferir los efectos de tal declaratoria por el término de dos años.
Se subraya, que la declaratoria de inexequibilidad implica de manera ineludible que la ley demandada desaparecerá del ordenamiento jurídico una vez transcurra el plazo fijado por la Corporación, decisión que no puede ser modificada en pronunciamiento posterior, bien sea de declararla exequible o para disponer un efecto inmediato de inexequibilidad, revocando la decisión de diferir los efectos de la sentencia.
What it decided
Holdings on Ley 1382/10. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C- 366 de 2011 que declaro INEXEQUIBLE la Ley 1382 de 2010 "Por la cual se modifica la Ley 685 de 200, Codigo de Minas" y que difirio los efectos de la inexequibilidad declarada por el termino de dos (2) anos.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.