T-995 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva
✓Claimant Julieta Movilla Jimenez·Respondent Fondo De Pensiones Y Cesantias Porvenir S.A.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Violatorio del principio de progresividad en materia de derechos pensionales
- Naturaleza, objeto y finalidad
- Naturaleza, finalidad y principios constitucionales
- Procedencia excepcional
- Subreglas en casos de reconocimiento
- Constituye una medida regresiva para la protección del derecho fundamental al mínimo vital
- En materia de seguridad social se presume la inconstitucionalidad de toda norma que se aprecie regresiva
- Orden a demandada de iniciar trámites tendientes a reconocer y pagar pensión de sobrevivientes sin tener en cuenta el requisito de fidelidad declarado inexequible mediante Sentencia C-556 de 2009
- Procede por cuanto el requisito de fidelidad al sistema de pensiones dejó de ser una exigencia esencial para el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes mediante Sentencia C-556 de 2009
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Seguridad social, mínimo vital.
La accionante solicitó el reconocimiento y pago de pensión de sobrevivientes, causada con ocasión de la muerte de su esposo, el Fondo de Pensiones se negó a realizar este reconocimiento, alegando que el causante no cumplió con el requisito de fidelidad, por lo tanto se le informó que tiene derecho a la devolución de saldos.
La Sala se pronuncia sobre la procedencia la acción de tutela para el reconocimiento de las prestaciones sociales, la naturaleza, objeto y finalidad de la sustitución pensional y sus elementos característicos, se aclara que el derecho al reconocimiento y pago de la substitución pensional es imprescriptible, se encuentra que PORVENIR, revivió una norma que ha desaparecido del ordenamiento jurídico, por lo tanto la resolución que negó la substitución pensional incurrió en una vía de hecho, se ordena por lo tanto reconocer y pagar la pensión de sobrevivientes solicitada por la accionante.
Concedida.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia del Juzgado
- Quinto. Penal del Circuito de Barranquilla. En consecuencia, CONFIRMAR el fallo proferido por el Juzgado Doce Penal Municipal de Barraquilla, con funciones de control de garantias, que concedio la tutela impetrada por la senora JULIETA MOVILLA JIMENEZ.
- SEGUNDO. CONCEDER la tutela a la senora JULIETA MOVILLA JIMENEZ. En consecuencia, ORDENAR a la Sociedad Administradora de Pensiones y Cesantias, Porvenir S.A. que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de la presente providencia, inicie los tramites tendientes a reconocer y pagar la pension de sobrevivientes a la accionante, desde la fecha de la solicitud de reconocimiento. En todo caso, el termino efectivo a partir del cual se generaran los pagos no podra superar 15 dias habiles.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.