JurídicoESEN
Unification ruling (SU)March 21, 2013Full bench

SU- de 2013

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice María Victoria Calle Correa

✓Claimant Patricia Elena Nanclares Taborda·Respondent Sala Laboral De La Corte Suprema De Justicia

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Corte Suprema incurrió en defecto por desconocimiento de la Constitución por cuanto aplicó norma inconstitucional del requisito de fidelidad para pensión de sobrevivientes
  • En la sentencia C-590/05 la Corte Constitucional sistematizó y unificó los requisitos de procedencia y motivos de procedibilidad
Pension De Sobrevivientes Y Derecho Al Minimo Vital
  • Caso en que se aplicó una norma manifiestamente contraria a la CP
Accion De Tutela Y Principio De Inmediatez
  • Excepciones para aceptar que se presente en un extenso espacio de tiempo entre vulneración y presentación
Derecho De Acceso A La Administración De Justicia
  • Consejo Seccional de la Judicatura es competente para conocer y tramitar acción de tutela contra la Corte Suprema de Justicia, según auto 004 de 2004 y auto 100 de 2008
6 topics · 6 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Sentencia de Unificación.

Tutela contra providencia judicial.

La actora instauró la acción de tutela en contra de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, por considerar que esta Corporación violó sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y a la seguridad social, al casar una sentencia que ordenaba reconocerle una pensión de sobrevivientes, argumentando que se había resuelto la demanda sin aplicar la norma legal aplicable al caso, esto es, la Ley 797 de 2003, que exigía cumplir el requisito de fidelidad.

A juicio de la actora se incurrió en una violación directa de la Constitución.

La Sala concluye, que ninguna autoridad judicial puede, sin violar el derecho a la seguridad social, aplicar o exigir que se empleen las normas que establecían el requisito de fidelidad para adquirir el derecho a una pensión de sobrevivientes.

Indica que, dado que esa exigencia de fidelidad desde siempre ha sido incompatible con la Carta, debe inaplicarse en todos los casos.

Se CONCEDE la tutela a los derechos fundamentales al debido proceso y a la seguridad social en pensiones y se ordena al ISS cumplir las órdenes dictadas en primera y segunda instancia dentro del proceso ordinario laboral iniciado por la actora en su contra, mediante las cuales se accedió a las pretensiones de la demanda y se ordenó el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida en el tramite de la referencia por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, el diez (10) de noviembre de dos mil once (2011), en segunda instancia, por medio de la cual se modifico el fallo de primera instancia y se declaro la improcedencia de la accion, y la decision adoptada en primera instancia por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura de Antioquia, el veintiocho (28) de septiembre de dos mil once (2011), mediante la cual se decidio negar la solicitud de amparo presentada por la senora Patricia Elena Nanclares Taborda y, en su lugar, CONCEDER LA TUTELA a sus derechos fundamentales al debido proceso y la seguridad social en pensiones.
  2. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS la sentencia proferida por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia el veintisiete (27) de abril de dos mil diez (2010) dentro del proceso ordinario laboral promovido por la senora Patricia Elena Nanclares Taborda contra el Instituto de Seguros Sociales, Seccional Antioquia, en la que se decidio (i) casar el fallo dictado el once (11) de marzo de dos mil ocho (2008) por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellin en el proceso laboral iniciado por Patricia Elena Nanclares Taborda contra el Instituto de Seguros Sociales y, en sede de instancia, (ii) revocar la decision adoptada el Juzgado Catorce (14) Laboral del Circuito Medellin, el veinte (20) de abril de dos mil siete (2007) dentro del mismo proceso.
  3. En consecuencia, las sentencias adoptadas dentro del tramite ordinario laboral iniciado por Patricia Elena Nanclares Taborda e identificadas plenamente en el parrafo precedente produciran plenos efectos legales.
  4. Tercero. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales que, en el termino de cuarenta y ocho horas contadas desde la notificacion de esta providencia, cumpla las ordenes contenidas en la sentencia dictada en primera instancia por el Juzgado Catorce (14) Laboral del Circuito de Medellin, el veinte (20) de abril de dos mil siete (2007), dentro del proceso ordinario laboral iniciado por la senora Patricia Elena Nanclares Taborda contra el Instituto de Seguros Social, las cuales fueron confirmadas por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellin, mediante fallo de segunda instancia de once (11) de marzo de dos mil ocho(2008).
  5. Cuarto. ORDENAR al Gerente del Instituto de Seguros Sociales que remita copia a la Corte Constitucional del acto administrativo mediante el cual se de cumplimiento a las ordenes impartidas en el ordinal precedente, dentro de los quince (15) dias siguientes a la notificacion de esta providencia, con constancia de su notificacion a los interesados.
  6. Quinto. Por Secretaria General, librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
ConcurrenceNilson Pinilla Pinilla
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 75cited by 83 →SU.158/13C-543/92 — Dec. 2591/91. Art 11 12 25 Y 40. Tutela Contra Sentencias. Cosa Juzgada. Caducidad. Unidad Normativa. Inexequibles Salvo Art 25. · cited 2,419 timesC-543/921992C-590/05 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. No Vulnera Los Principios De Seguridad Jurídica Y De Autonomía Funcional Del Juez · cited 2,128 timesC-590/052005SU.961/99 — Derecho De Igualdad Al Trabajo Debido Proceso Der De Acceso A Desempeñar Cargos Publicos. Lista Elegibles Magistrados Tribunal. Proteccion O · cited 1,531 timesSU.961/991999T-008/98 — Tutela Contra Sentencias Proferidas Por La Justicia Regional. Via De Hecho. Error En El Juicio Valorativo De Las Pruebas. Negada. Ver Auto 0 · cited 1,091 timesT-008/981998T-462/03 — Derecho De Peticion. Solicitud Pension De Vejez. Respuesta Pronta Y Oportuna. Regimen De Transicion. Compartibilidad Pensional. Tutela Contr · cited 1,088 timesT-462/032003SU.159/02 — Derecho A La Intimidad. Via De Hecho Por Defecto Factico En Juicio Penal. Defectos Sustantivos Y Procedimentales En Actuacion De Demandados. · cited 1,059 timesSU.159/022002T-522/01 — Derecho A La Libertad Igualdad Debido Proceso. Sustitucion De Medida De Aseguramiento Teniendo Como Criterio El Juez Competente Y No El Dere · cited 1,025 timesT-522/012001T-1625/00 — Derecho Al Trabajo Libertad Debido Proceso Y Defensa. Tramite Del Recurso De Casacion. Interpretacion Judicial. Principios De Favorabilidad · cited 801 timesT-1625/002000SU.499/16 — Inconstitucionalidad Del Requisito De Fidelidad Para Acceder A Pensione De Sobrevivientes. · cited 163 timesSU.499/162016SU.210/17 — Desconocimiento Del Tope Maximo De Pensiones Especiales Reconocidas En El Regimen Especial De Congresistas Y Magistrados De Altas Cortes. · cited 135 timesSU.210/172017T-603/15 — Principio De Subsidiariedad En Materia De Salud. Improcedencia De Tutela Por Cuanto Mecanismo Jurisdiccional Ante La Supersalud Es Idoneo Pa · cited 134 timesT-603/152015T-361/17 — Derecho De Participación En Materia Ambiental, En El Marco De La Expedición De La Resolución Que Delimitó Páramo De Santurban · cited 115 timesT-361/172017C-284/14 — Medidas Cautelares Previstas En El Código De Procedimiento Administrativo Y De Lo Contencioso Administrativo · cited 104 timesC-284/142014C-077/17 — Zonas De Interés De Desarrollo Rural, Económico Y Social, Zidres. · cited 87 timesC-077/172017T-332/15 — Drecho De Peticion. Importancia De La Calificacion De La Perdida De Capacidad Laboral · cited 84 timesT-332/152015T-326/13 · cited 76 timesT-326/132013
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.