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Tutela ruling (T)December 16, 2009

T-948 de 2009

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Mauricio González Cuervo

✓Claimant Edda Del Pliar Estrada Alvarez·Respondent Sala Administrativa Del Consejo Superior De La Judicatura Y Cajanal

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Acción De Tutela
  • Procedencia frente a acto administrativo de retiro del servicio sin el consentimiento del empleado de la Rama Judicial por cumplimiento de los requisitos para acceder a la pensión de jubilación
  • Procedencia por cuanto no se calculó la pensión de jubilación con base en el régimen de transición
  • Requisitos de procedencia excepcional para reliquidación de pensiones
  • Subsidiariedad
  • Derecho a seguir laborando como funcionaria judicial no obstante reunir los requisitos para obtener la pensión de jubilación, hasta que decida retirarse voluntariamente o acaezca otra causal de retiro definitivo del servicio
  • Procedencia excepcional contra acto administrativo particular y concreto ante perjuicio irremediable por reconocimiento de pensión de jubilación por valor inferior al 50% del salario devengado
  • Procedencia excepcional por vía de hecho judicial
  • Procedencia frente a acto administrativo de retiro del servicio por cumplimiento de los requisitos para acceder a la pensión de jubilación, sin el consentimiento del empleado de la Rama Judicial
  • Reliquidación de la mesada pensional según lo dispuesto en el Decreto 546 de 1971
Carrera Administrativa
  • Mérito como criterio fundamental para el ingreso, ascenso y retiro
  • Finalidad
Carrera Judicial
  • Causales de retiro según artículo 149 de la Ley 270 de 1996
  • Causal de retiro por derecho a la pensión de jubilación solamente cuando el trabajador ha decidido voluntariamente su retiro por haber llegado a una edad o a unas condiciones laborales que ameriten su reemplazo
Liquidacion De Pensiones
  • Monto y base son componentes inseparables
Via De Hecho
  • Acto administrativo que resuelve pensión sin dar aplicación al régimen especial para la Rama Judicial y el Ministerio Público
  • Clases de defectos en la actuación
  • Cuando para el cálculo de una pensión no se ha tenido en cuenta el régimen de transición del servidor público, ni el salario base sobre el cual se debe calcular la pensión
Accion De Tutela En Materia Pensional
  • Procedencia cuando se evidencia perjuicio irremediable
Debido Proceso
  • Reglas son aplicables a toda clase de actuación judicial y administrativa
Pension De Servidor Publico
  • Ingreso base de liquidación hace parte del régimen de transición
Regimen De Transicion En Pensiones De Empleados De La Rama Judicial Y Ministerio Publico
  • Desconocimiento vulnera el derecho a la seguridad social en conexidad con el derecho fundamental al debido proceso y con los derechos adquiridos
  • Reiteración de jurisprudencia
12 topics · 25 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Debido proceso, seguridad social, igualdad, vida digna.

La accionante en su condición de Magistrada del Tribunal Administrativo de Antioquia, presentó acción de tutela para obtener la protección de sus derechos fundamentales, comenta que se le reconoció su pensión de vejez en un porcentaje que constituye el 33% de el último salario devengado, debido a ello solicitó la reliquidación de su pensión, sinembargo pese a encontrarse en curso dicha solicitud el Consejo Superior de la Judicatura, decidió retirarla del servicio e incluirla en la nómina de pensionados, solicita se ordene la suspensión provisional de la resolución del Consejo Superior que la desvinculó de la Rama Judicial, y que se la incluya en la nómina de servidores públicos de la Rama Judicial ordenándose el pago de sus salarios a partir del 1 de marzo de 2008, hasta tanto se le reliquide su mesada pensional.

La Sala realiza unas consideraciones generales sobre la procedencia de la acción de tutela y su carácter excepcional, en circunstancias relacionadas con la expedición de actos administrativos y decisiones que omiten injustificadamente la aplicación del régimen pensional especial de la Rama Judicial, se concluye que la acción es procedente, se pasa a revisar la normatividad y jurisprudencia relacionada con el retiro de los servidores de la carrera judicial, se estudia la posible existencia de una vía de hecho administrativa por inaplicación del régimen especial de la Rama Judicial, se declara dejar sin valor ni efecto alguno las resoluciones proferidas por el Consejo Superior de la Judicatura, por lo tanto la accionante podrá seguir laborando como Magistrada, hasta que decida retirarse o acaezca otra causal de retiro definitivo del servicio, se ordena a CAJANAL , que profiera un nuevo acto administrativo de reconocimiento pensional.

Concedida.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. Primero. LEVANTAR la suspension de terminos decretada en el proceso de la referencia.
  2. Segundo. REVOCAR el fallo de tutela proferido por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia, del 17 de junio de 2008, que revoco la decision de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellin, del 23 de abril de 2008, dentro de la accion de tutela promovida por Edda del Pilar Estrada Alvarez contra la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura y, en su lugar, TUTELAR los derechos al trabajo, al minimo vital y al debido proceso de la accionante, por las razones expuestas en esta providencia.
  3. Tercero. DECLARAR SIN VALOR NI EFECTO ALGUNO la Resolucion No. No. PSAR07-603 del 19 de diciembre de 2007 "Por medio de la cual se retira del servicio a un servidor vinculado por el regimen de carrera judicial" y la PSAR08-58 de 2008 del 25 de marzo de 2008 que confirmo la primera, proferidas por el Consejo Superior de la Judicatura.
  4. Cuarto. DECLARAR que la accionante tiene derecho a seguir laborando como Magistrada del Tribunal Administrativo de Antioquia, no obstante reunir los requisitos para obtener la pension, hasta que decida retirarse voluntariamente o acaezca otra causal de retiro definitivo del servicio.
  5. Quinto. CONCEDER la solicitud de amparo en la accion de tutela presentada por Edda del Pilar Estrada Alvarez contra la Caja Nacional de Prevision Social -CAJANAL y en consecuencia ordenarle a esa entidad, proferir un nuevo acto administrativo de reconocimiento pensional en los terminos del Decreto 546 de 1971 articulo 6o
  6. Sexto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 91cited by 16 →T-948/09T-225/93 — Acciones Populares. Acueducto De Nariño (C/Marca). Provision De Agua Potable. Negada. · cited 1,353 timesT-225/931993C-037/96 — Proyecto De Ley N°58/94 Senado Y 264/95 Camara Estatutaria De La Admon De Justicia. Exequibles E Inexequibles. · cited 1,231 timesC-037/961996T-1316/01 — Derecho A La Igualdad. Solicitud Incremento De Mesadas Pensionales. Tutela Como Mecanismo Transitorio. Perjuicio Irremediable Y Sujetos De E · cited 672 timesT-1316/012001T-426/92 — Derecho De Peticion. Derecho A La Seguridad Social. Derechos De Las Personas De La Tercera Edad.Concedida Parcialmente. · cited 641 timesT-426/921992T-567/98 — Debido Proceso. Vias De Hecho Por Violacion Del Principio De Favorabilidad Penal. Falta De Defensa Tecnica. Santa Rosa De Viterbo. Concedida · cited 640 timesT-567/981998T-292/06 · cited 614 timesT-292/062006T-158/06 · cited 559 timesT-158/062006SU.250/98 — Debido Proceso. Motivacion De Los Actos Administrativos. Interes General De La Funcion Notarial. Retiro De Notaria Sin Motivacion Alguna. Co · cited 422 timesSU.250/981998SU.712/13 · cited 51 timesSU.712/132013T-762/11 · cited 30 timesT-762/112011T-498/11 · cited 28 timesT-498/112011T-487/10 · cited 26 timesT-487/102010T-660/11 · cited 25 timesT-660/112011SU.567/15 — Derecho A Solicitar La Revision De Las Pensiones Es Imprescriptible Y Se Puede Ejercer La Accion En Cualquier Tiempo. · cited 21 timesSU.567/152015T-154/12 · cited 16 timesT-154/122012T-686/12 · cited 15 timesT-686/122012
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.