JurídicoESEN
Tutela ruling (T)November 30, 2011

T-892 de 2011

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Nilson Elías Pinilla Pinilla

✓Claimant Registraduria Nacional Del Estado Civil·Respondent Tribunal Administrativo De Nariño, Sala Quinta

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Accion De Tutela Contra Providencia Del Tribunal Administrativo De Nariño
  • Caso en que al enviar por fax poder se omitió trasmitir el reverso del mismo, donde se consignó la nota de presentación personal ante notario de la Jefe de la Oficina Jurídica de la
Personas Juridicas De Derecho Publico
  • Titularidad de derechos fundamentales
  • Legitimación por activa en tutela
Derecho Al Debido Proceso
  • Vulneración por exceso ritual manifiesto del Tribunal al no dar trámite a una impugnación, argumentando que el poder de la Registraduría no contenía la nota de presentación personal
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Reiteración de jurisprudencia sobre requisitos generales y especiales de procedibilidad
6 topics · 7 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Debido proceso, acceso a la administración de justicia.

Tutela contra providencia judicial.

La Registraduría Nacional del Estado Civil presenta la acción de tutela en contra de la decisión proferida por el Tribunal Administrativo de Nariño, que dentro de un proceso de Nulidad y Restablecimiento del Derecho, negó por improcedente un recurso de apelación interpuesto contra un auto que declaró la suspensión provisional de los efectos de un acto administrativo, al encontrar que el respectivo poder, del cual sólo se envío el anverso por fax, carecía de la nota de presentación personal del mandante.

Para la Sala, el rigor legalista del Tribunal accionado afectó derechos sustanciales de la Registraduría, negándole la oportunidad de que se tramitara oportunamente el recurso contra una decisión desfavorable.

Se CONCEDE el amparo solicitado en cuanto a la facultad de interponer recursos, se deja sin efecto el auto que denegó por improcedente el recurso de apelación dentro del proceso administrativo referido y, se solicita que previo reconocimiento del poder, se profiera un auto resolviendo el recurso de apelación.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. REVOCAR el fallo de marzo 3 de 2011, proferido por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, Seccion Cuarta, por medio del cual confirmo el dictado en diciembre 9 de ese mismo ano por la Seccion Segunda, Subseccion B, de dicha corporacion, que nego la tutela pedida, por intermedio de apoderado, por la Registraduria Nacional del Estado Civil. En su lugar, CONCEDER la proteccion del derecho de dicha entidad al debido proceso y el acceso a la administracion de justicia, en cuanto a la facultar de interponer recursos.
  2. Segundo. DEJAR SIN EFECTO el auto dictado por la Sala Quinta del Tribunal Administrativo de Narino en abril 9 de 2010, mediante el cual denego por improcedente el recurso de apelacion interpuesto contra el proferido por el Juzgado
  3. Septimo. Administrativo de Pasto en noviembre 24 de 2009 que, entre otros puntos, decreto la suspension temporal de los efectos de la Resolucion Ndeg 2982 de mayo 19 de 2009 de la Registraduria Nacional del Estado Civil.
  4. Tercero. En consecuencia, SOLICITAR a la Sala Quinta del Tribunal Administrativo de Narino que dentro de los quince (15) dias habiles siguientes a la notificacion de esta providencia, previo reconocimiento del poder especial otorgado para representar en ese proceso a la Registraduria Nacional del Estado Civil, profiera un auto resolviendo el mencionado recurso de apelacion.
  5. Tercero. Por Secretaria General, LIBRAR las comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
ConcurrenceNilson Pinilla Pinilla
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.