JurídicoESEN
Tutela ruling (T)December 3, 2013

T-888 de 2013

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva

✓Claimant Josefina Mercedes Rivero Restrepo Y Otros·Respondent Unidad Para La Atencion Y Reparacion Integral A Las Victimas

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Ayuda Humanitaria
  • Naturaleza, características y modalidades
Derecho Fundamental A La Ayuda Humanitaria
  • Ayuda no puede suspenderse por la sola afiliación al régimen contributivo en salud, ya que no elimina la condición de vulnerabilidad en la que se encuentra la población desplazada
  • Diagnóstico de las falencias en la entrega de la ayuda, según auto 099/13
  • Deber del Estado de garantizar la entrega de la ayuda humanitaria a población desplazada
  • Subreglas en las cuales se pone en riesgo y/o vulnera mínimo vital
Registro Unico De Victimas Contenido En La Ley 1448 De 2011
  • Requisito declarativo y no constitutivo de la condición de víctima de desplazamiento para acceder a los beneficios legales y a los diferentes mecanismos de protección
Ayuda Humanitaria A Poblacion Desplazada
  • Entrega no puede suspenderse hasta que condiciones de vulneración desaparezcan, se supere la urgencia extraordinaria y se haga tránsito y consolide estabilización socioeconómica que garantice el autosostenimiento
Principios Rectores De La Ayuda Humanitaria
  • Contenido en los principios rectores de los desplazamientos internos
Prorroga De La Ayuda Humanitaria De Emergencia Para La Poblacion Desplazada
  • Orden a UARIV proceda a la entrega efectiva y completa de la ayuda humanitaria
Victimas De Desplazamiento Forzado Interno Y Ayuda Humanitaria
  • Componentes, etapas y fases, entrega efectiva, términos y prórrogas y garantía del tránsito hacia soluciones duraderas de estabilización socioeconómica
11 topics · 13 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Ayuda humanitaria, mínimo vital.

Se acumulan expedientes por unidad de materia.

En este caso los accionantes, todos víctimas del desplazamiento forzado, aseguran que sus derechos fundamentales son vulnerados por la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas –UARIV- al negarles la prórroga de la ayuda humanitaria de emergencia, argumentando que ellos o algunos de los miembros de sus grupo familiar se encuentran afiliados al sistema contributivo en salud, lo que le permite inferir que han alcanzado su nivel autosostenimiento económico y en consecuencia, tener que excluirlos de recibir el auxilio solicitado.

Se analizan los siguientes temas: 1º.

El marco constitucional de protección a las personas en condición de desplazamiento y el contexto de atención humanitaria existente en nuestro país. 2º.

El fundamento jurídico de la ayuda humanitaria en el nuevo marco jurídico colombiano.

Su naturaleza, características, etapas de entrega y mecanismos o procedimientos de la entidad accionada para caracterizar la población desplazada, atendiendo sus calidades individuales, su grupo familiar, su grado de vulnerabilidad y la forma para asignar y entregar las ayudas humanitarias y, 3º.

Falencias advertidas en el Auto 099 de 2013 dictado por la Sala de Seguimiento de la sentencia T-025/04; respecto de la vulneración del derecho al mínimo vital de la población desplazada, cuando la negativa a la prórroga obedece únicamente a requisitos, formalidades y apreciaciones que no se compadecen con la real situación en la que se encuentra esa población.

Se TUTELAN los derechos fundamentales invocados y se imparten una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo su goce. <br> <br>

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (22 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por Juzgado
  2. Tercero. de Familia de Valledupar que nego la tutela de la senora Josefina Mercedes Rivero Restrepo (expediente T-3.882.370). En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la ayuda humanitaria y al minimo vital.
  3. Segundo. REVOCAR la sentencia proferida por Juzgado
  4. Quinto. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellin que nego la tutela del senor Julio Manuel Mendoza Sena (expediente T-3.965.845). En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la ayuda humanitaria y al minimo vital
  5. Tercero. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala de Decision Penal para Adolescentes del Tribunal Superior de Medellin que confirmo la sentencia proferida por el Juzgado
  6. Cuarto. Penal de Adolescentes con Funcion de Conocimiento de Medellin que habia negado la tutela de la senora Johana David Zapata (expediente T-3.965.931). En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la ayuda humanitaria y al minimo vital
  7. Cuarto. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala de Decision Penal para Adolescentes del Tribunal Superior de Medellin que revoco para negar la sentencia del Juzgado Veinticinco Penal del Circuito de Medellin que habia amparado los derechos de de la senora Ana Maria Giraldo Guisao (expediente, T-3.965.937). En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la ayuda humanitaria y al minimo vital
  8. Quinto. REVOCAR la sentencia proferida por Juzgado
  9. Primero. Penal de Conocimiento de Valledupar que nego la tutela de la senora Herminia Judith De Angel Gonzalez (expediente T-3.970.137). En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la ayuda humanitaria y al minimo vital
  10. Sexto. REVOCAR la sentencia proferida por Juzgado Penal del Circuito de Santuario (Antioquia) que nego la tutela del senor Argiro de Jesus Gomez Gallego (expediente T-3.972.541). En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la ayuda humanitaria y al minimo vital
  11. Septimo. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogota que confirmo la decision proferida por el Juzgado Veintidos Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogota que habia negado la tutela del senor Mario Andres Ruiz Rubio (expediente T-3.974.370). En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la ayuda humanitaria y al minimo vital
  12. Octavo. REVOCAR la sentencia proferida por Juzgado
  13. Decimo. Laboral del Circuito de Medellin que nego la tutela de la senora Nelly Margoth Sibaja Martinez (expediente T-3.974.501). En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la ayuda humanitaria y al minimo vital
  14. Noveno. REVOCAR la sentencia proferida por Juzgado
  15. Sexto. Laboral del Circuito de Medellin que nego la tutela de la senora Luz Adriana Zuluaga Moreno (expediente T-3.974.550). En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la ayuda humanitaria y al minimo vital
  16. Decimo. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellin que confirmo la sentencia proferida por el Juzgado
  17. Segundo. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de la misma ciudad que habia negado la tutela de la senora Maria Aida Godoy Vargas (expediente T-3.989.886). En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la ayuda humanitaria y al minimo vital
  18. Decimoprimero. ORDENAR a la Unidad para la Atencion y Reparacion Integral a las Victimas - UARIV-, para que en todos los casos objeto de decision en esta sentencia, exceptuado el expediente T-3.974.501 (Nelly Margoth Sibaja Martinez, y dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente providencia, adelante todas las gestiones pertinentes a efectos de hacer entrega de la prorroga de la ayuda humanitaria a todos los accionantes de los expedientes de la referencia, entrega que debera cumplirse de manera completa y efectiva en un plazo razonable que no genere afectacion a los turnos que para tal efecto se encuentren ya programados.
  19. Decimosegundo. ORDENAR a la UARIV, que en el cumplimiento de esta sentencia, proceda a la realizacion de la verificacion de la situacion de vulnerabilidad de los accionantes, ya sea en forma directa o a traves del Comite Territorial de Justicia Transicional del lugar en donde reside la persona.
  20. Decimotercero. ORDENAR a la UARIV, que si en el cumplimiento de las ordenes impartidas en esta sentencia y de la verificacion de la real situacion de vulnerabilidad y debilidad manifiesta de los accionantes, advierte que estos han mejorado sustancialmente su citacion particular, proceda en todos los casos, a ofrecer de manera oportuna y plena, el acceso a las otras ayudas o programas de apoyo que los puedan impulsar a su etapa de transicion, para si alcanzar la autosuficiencia socio economica.
  21. Decimocuarto. Para el caso del expediente T-3.974.501 (Nelly Margoth Sibaja Martinez, por haberse advertido que por las circunstancias especiales de la accionante, el enfoque diferencial que ha de aplicarse permite que la prorroga de la ayuda humanitaria se haga de manera automatica. Asi, la UARIV, debera en un plazo maximo de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia y en un plazo maximo de quince (15) dias, proceda a hacer entrega efectiva y completa de la ayuda humanitaria a la actora. Luego de ello, podra proceder a verificar el real estado de vulnerabilidad de la accionante, a efectos de determinar si dicha ayuda habra de suspenderse o no a futuro.
  22. Decimoquinto. Por Secretaria General librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 56cited by 18 →T-888/13T-025/04 — Derechos A La Vida Integridad Personal Igualdad Trabajo Salud Seguridad Social Educacion Minimo Vital Y Peticion. Goce Efectivo. Atencion In · cited 801 timesT-025/042004T-881/02 — Derechos A La Dignidad Humana Salud Y Vida De Reclusos. Autonomia Individual. Suministro Servicio Publico De Energia. Corte Suspension O Rac · cited 495 timesT-881/022002SU.250/98 — Debido Proceso. Motivacion De Los Actos Administrativos. Interes General De La Funcion Notarial. Retiro De Notaria Sin Motivacion Alguna. Co · cited 422 timesSU.250/981998T-153/98 — Estado De Cosas Inconstitucional En Los Centros De Reclusion Del Pais. Hacinamiento En La Carcel De Bellavista. Concedida. · cited 283 timesT-153/981998C-355/06 — Aborto. Casos En Que No Constituye Delito · cited 265 timesC-355/062006SU.913/09 — · cited 187 timesSU.913/092009SU.1150/00 — Derecho Al Albergue Temporal E Inclusion En Los Programas Existentes Referidos A La Poblacion Desplazada. Suspension Orden De Desalojo Del T · cited 180 timesSU.1150/002000C-250/12 — Limite Temporal En Medidas Previstas A Favor De Las Victimas. Tiene Justificación En Finalidades Constitucionalmente Legítimas Y No Resulta · cited 163 timesC-250/122012T-626/16 — Prorroga De La Ayuda Humanitaria A Poblacion Desplazada. · cited 53 timesT-626/162016T-067/20 — Inscripción En El Registro Único De Víctimas Por Hechos De Desplazamiento Forzado U Homicidio. · cited 42 timesT-067/202020SU.032/22 — Pandemia De Covid-19 Y La Dimension De Sus Efectos Y Posibles Consecuencias Sobre El Proceso Educativo De Las Niñas, Niños Y Adolescentes · cited 31 timesSU.032/222022SU.648/17 — Restitucion De Tierras Como Elemento Esencial De La Reparacion De Las Victimas Del Conflicto Armado En Colombia, · cited 20 timesSU.648/172017T-142/17 — Entrega Y Prorroga De Ayuda Humanitaria. Reglas Jurisprudenciales. · cited 20 timesT-142/172017T-707/14 · cited 16 timesT-707/142014T-038/18 — Derecho A La Ayuda Humanitaria De Poblacion Desplazada, · cited 15 timesT-038/182018T-004/18 — Derecho De Peticion Y Entrega De Ayuda Humanitaria A La Poblacion Desplazada · cited 15 timesT-004/182018
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.