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Tutela ruling (T)December 6, 2019

T-596 de 2019

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

✓Claimant Jairo Landazabal Florez·Respondent Unidad Administrativa Especial De Gestion En Restitucion De Tierras Despojadas

✓
Topic · hard data
Derecho A La Restitucion Como Componente Esencial De La Reparacion De Victimas De Desplazamiento Forzado.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Accion De Tutela Para Solicitar Restitucion De Tierras Despojadas O Abandonadas
  • UAGRTD fundamentó de manera suficiente las razones por las cuales los no podían ser incluidos en el RTDAF
  • Procedencia excepcional
Proceso De Restitucion De Tierras Despojadas
  • Principios
  • UAGRTD, aplicó adecuadamente las disposiciones que rigen la materia
Derecho A La Restitucion De Tierras Despojadas
  • Orden de estudiar de nuevo las solicitudes de inscripción en el RTDAF presentadas por el accionante sobre sus bienes
Victimas Del Conflicto Armado Interno
  • Procedencia de tutela por ser sujetos de especial protección constitucional
Derecho A La Restitucion De Tierras
  • Jurisprudencia constitucional
8 topics · 10 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

El accionante se encuentra inscrito en el RUV y aduce que fue víctima de despojo de distintos predios.

Por lo anterior, solicitó a la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas su inscripción en el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente y la entidad negó la petición, con el argumento de la falta de demostración de los requisitos establecidos en los artículos 3, 74 y 81 de la Ley 1448 de 2011.

Se analizan los siguientes temas: 1º.

La procedibilidad de la acción de tutela para la protección de los derechos de las víctimas del desplazamiento forzado. 2º.

El derecho a la restitución como componente esencial de la reparación de dichas víctimas y el fundamento de las medidas de protección de tierras y protección. 3º.

El Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente como herramienta para garantizar el derecho a la restitución y, 4º.

La protección y garantías de atención, asistencia y reparación integral de las víctimas del conflicto armado de la Ley 1448 de 2011.

Se CONCEDE el amparo del derecho fundamental a la restitución y se imparten unas órdenes conducentes a hacer efectivo el goce de esta garantía constitucional.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos decretada en este proceso mediante el auto del auto del 12 de junio de 2019.
  2. SEGUNDO. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga -Sala Laboral- del 13 de febrero de 2019, que confirmo la sentencia del Juzgado
  3. Segundo. Laboral del Circuito de la misma ciudad dictada el 16 de enero de 2019. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la restitucion del senor Jairo Landazabal Florez, en el marco de lo expuesto.
  4. TERCERO. Dejar sin efectos las Resoluciones 304 del 23 de febrero de 2016, 1140 del 3 de junio 2016, 306 del 23 de febrero de 2016, 1141 del 3 de junio de 2016, 301 del 23 de febrero de 2016, 1142 del 3 de junio de 2016; y, ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial de Gestion de Restitucion de Tierras Despojadas, estudiar de nuevo las solicitudes de inscripcion en el RTDAF presentadas por el accionante sobre los bienes de matricula inmobiliaria nums. 300-28937, 300-28938 y 300-22065, para resolver si los hechos aducidos se enmarcan en lo dispuesto por el inciso 3o del art. 3o de la Ley 1448 de 2011, en un termino no mayor a quince (15) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion de esta providencia.
  5. CUARTO. ORDENAR a la Defensoria del Pueblo Regional de Santander que informe al senor Jairo Landazabal Florez sobre los derechos de la poblacion desplazada, atendiendo a su grado de instruccion y a sus condiciones especiales por su estado de salud, y le brinde asesoria legal y acompanamiento personalizado en los tramite que deba surtir para acceder a los programas destinados a la poblacion desplazada a los que tenga derecho. Para ello, debera contactar al senor Jairo Landazabal Florez, en un termino no mayor a cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir del dia siguiente de la notificacion de esta providencia.
  6. QUINTO. Por Secretaria General LIBRESE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
Partial dissentCarlos Libardo Bernal Pulido
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.